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Sanidad pública
La Audiencia Nacional avala la opacidad en los precios que paga Sanidad por los medicamentos

Cuando el Ministerio de Sanidad negocia el precio de un medicamento con una empresa farmacéutica lo hace en secreto. Esta confidencialidad, protegida por la ley de garantías y uso racional del medicamento 1/2015, impide que conozcamos el precio final que se paga por los medicamentos. Para romper este secretismos, medios como CIVIO y organizaciones como Salud por Derecho y OCU han emprendido una guerra judicial que en estas últimas semanas se ha visto frenada por la Audiencia Nacional: En tres sentencias conocidas recientemente, impide que se haga público el precio pagado por el medicamento para la pérdida de visión Luxturna y el fármaco para niños y niñas con atrofia muscular espinal Zolgensma, el más caro financiado hasta la fecha por el sistema público de salud, afirman las organizaciones. Ambos medicamentos pertenecen a la farmaceútica Novartis.
La batalla de estas entidades comenzó con la petición de información al Ministerio de Trabajo para conocer el precio final pagado por estos medicamentos, mediante el portal de transparencia del Gobierno durante la pasada legislatura. Tras recibir un 'no' por parte del ministerio, acudieron al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, organismo que se encarga de dirimir sobre las peticiones de información inadmitidas. Este Consejo abaló el derecho de estas entidades a conocer el precio real pagado por estos medicamentos, decisiones que recurrió el anterior ministerio de Sanidad, con Carolina Darias al frente y la farmacéutica Novartis. La Audiencia Nacional acaba de dar la razón a Sanidad. Una de las sentencias incluso reprocha al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno su defensa del derecho de acceso a la información pública esgrimiendo el supuesto “daño al interés de la Administración”.
“Los precios de los medicamentos deben ser públicos, no se puede crear una excepción dentro del ámbito de la contratación pública”, expresa a El Salto Ángela Bernardo, subdirectora de CIVIO
Ventajas para las farmas
“Los precios de los medicamentos deben ser públicos, no se puede crear una excepción dentro del ámbito de la contratación pública”, expresa a El Salto Ángela Bernardo, subdirectora de CIVIO. “El ministerio se agarra a la confidencial, a la propiedad intelectual y a la capacidad negociadora de España. La industria dice que si se mantiene esa opacidad puede garantizar que los países pobres paguen menos, pero con nuestras investigaciones hemos visto que esto no es así, es el caso del sovaldi", relata Bernardo quien explica que el precio que pagan por este medicamento en diferentes partes del mundo dependen más del volumen de negocio que del PIB que tengan.
En este sentido, una reciente investigación del grupo Investigate Europe revela que los medicamentos para la fibrosis quística tienen un precio más alto para los países más pobres de la Unión Europea. Así, mientras Francia ha pagado 71.000 euros por paciente al año, Chipre paga 200.000.
Para Bernardo la puerta a al confidencialidad que se abre con las farmas es muy peligrosa: cualquier empresa de otro sector puede empezar a exigir lo mismo a la administración. En cuanto a los medicamentos, a día de hoy, lo único que es público es el precio máximo que el Estado está dispuesto a pagar, pero este no tiene por qué ser el precio final. El precio máximo de Luxturna es de 690.000 euros y el de Zolgensma 1.945.000 euros. Estamos pues ante medicamentos de alto coste, que requieren un plus de transparencia, denuncian las organizaciones.
El precio máximo de Luxturna es de 690.000 euros y el de Zolgensma 1.945.000 euros. Estamos pues ante medicamentos de alto coste, que requieren un plus de transparencia, denuncian las organizaciones
En las sentencias, la Audiencia considera que conocer el precio final acordado permitiría deducir datos sensibles sobre la estructura de costes y márgenes de beneficio de la empresa, afectando sus intereses comerciales. Para Salud por Derecho y OCU, que formaron la plataforma No es sano, esta interpretación contradice al Tribunal Supremo, “que en varias sentencias ha dejado claro que esa confidencialidad debe ponderarse frente al interés público y no puede aplicarse de forma automática”. Además, cuestionan que revelar el precio financiado permita realmente reconstruir con precisión los costes internos de una compañía, “ya que el precio, lejos de reflejar el coste de la I+D y un beneficio empresarial razonable, responde a las expectativas de maximización de beneficios de las compañías que operan en régimen de monopolio”.
Salud
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“La confidencialidad favorece a las farmacéuticas al mantener su ventaja negociadora y maximizar beneficios, mientras limita la información disponible para los gobiernos y obstaculiza la rendición de cuentas ante la ciudadanía”, concluyen desde No es Sano.