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Laboral
Apoyo mutuo frente al abuso empresarial
Hace un par de semanas recibimos la notificación de una sentencia de un Juzgado de lo Social de Málaga en la que se desestimaba la petición de la empresa de declarar ilegal una huelga promovida por el sindicato CGT. Es importante poner de manifiesto que la huelga nuca tuvo lugar. Tan solo se llevaron los actos preparatorios de la misma – que consisten en una serie de negociaciones y trámites administrativos previos-. El año pasado obtuvimos otra sentencia similar dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sede de Sevilla). Otra solicitud de declaración de ilegalidad de una huelga que nunca se había llevado a cabo. ¿Qué sentido tiene para la empresa interponer demandas sobre hechos que no han llegado a ocurrir?
Hace tres semanas, tuvimos conocimiento de que otra empresa había comenzado los trámites para interponer una demanda de declaración de huelga ilegal. Esta vez sí estaba teniendo lugar la huelga. Además de la declaración de ilegalidad, se solicitaba en el escrito del que tuvo conocimiento el sindicato y el comité una indemnización por daños y perjuicios que ascendía a 100.000€. El trabajo de intermediación sindical y las acciones llevadas a cabo por la plantilla en huelga concluyeron en un acuerdo que conllevó que la demanda no llegara a interponerse.
¿Cuál es el efecto de estas demandas o escritos en las plantillas que se han declarado en huelga o que están en trámites de hacerlo? Independientemente de que la demanda de solicitud de declaración de huelga ilegal prospere o no ante los Tribunales, las empresas que las promueven juegan su carta para tratar de minar la moral de las trabajadoras y trabajadores que toman parte en la huelga, de los que son miembros del comité de huelga y tratan de desacreditar al sindicato y a las personas a favor de la huelga, quienes se dibujan como irresponsables, sin conocimiento del procedimiento y cuya actuación irresponsable e intereses particulares sitúan a las trabajadoras y trabajadores -que ya de por sí están haciendo un esfuerzo económico para ejercer su derecho a huelga- ante la amenaza de condenas dinerarias monstruosas.
No es diferente el resultado que persigue la empresa del que puede obtener despidiendo a huelguistas, representantes de las trabajadoras, miembros del comité de huelga… Aunque sí más económico. El despido de las huelguistas y demás actoras relacionadas con la huelga o con la acción sindical puede llegar a ser declarado nulo o improcedente en los Juzgados, lo que va a tener un coste económico para la empresa. Sin embargo, dicho coste suele ser menor que el de soportar las pérdidas de una huelga que se prolongue en el tiempo o de los quebraderos de cabeza que implica la conflictividad en la empresa.
Estas conductas empresariales antisindicales se benefician enormemente del colapso de los Juzgados de la Jurisdicción Social. En el mejor de los casos -salvo excepciones muy contadas-, un juicio por despido va a tardar unos 8 meses en celebrarse. En el peor de los casos, ya hemos visto fechas que van más allá de los dos años. El resultado del juicio aunque pueda ser favorable y llegar incluso a concluir con la reincorporación del trabajador o la trabajadora despedida, va a llegar tarde.
Es muy complicado mantener la moral y sostener una lucha en el tiempo en determinadas condiciones. No es imposible. Las empresas saben que es muy difícil y que un despido -aunque luego pueda ser declarado nulo- es muy eficaz para desmovilizar.
Aunque el escenario esbozado es pesimista, es importante resaltar que también hay victorias. El contexto en el que nos movemos hay que conocerlo para anticipar las respuestas y reforzar las luchas -ya sea en el ámbito laboral o en cualquier otro-. Quizás nos deba servir para pensar cómo se revitalizan y activan las herramientas y dispositivos a favor de las luchas de las personas trabajadoras -y no trabajadoras-.
No hay porqué inventar nada nuevo -o sí-, existen ejemplos pasados y actuales de cajas de resistencia que permiten sostener huelgas durante meses; o comunidades en lucha cuyas redes de apoyo permiten acompañar a trabajadoras huelguistas o compañeras despedidas, no solo económicamente, sino también emocionalmente durante todo el proceso. Cada día hay trabajadoras que acompañan a sus compañeras despedidas cuando van a los juzgados, o compañeras de trabajo sosteniendo acciones de protesta durante semanas delante de la sede de la empresa. Son estos los ejemplos con los que se sigue construyendo la lucha por los derechos laborales -y no solo laborales-.