Transgénicos
Duro golpe del Tribunal Europeo a la nueva ingeniería genética
Los organismos modificados por mutagénesis deberán regularse de igual forma que los Organismos Modificados Genéticamente, según lo que ha dictado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y en contra de lo que exigía la industria agroalimentaria.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que los cultivos destinados a la alimentación humana y animal derivados de determinadas nuevas técnicas de modificación genética deben están cubiertos por la normativa comunitaria vigente sobre Organismos Modificados Genéticamente (OMG).
Algunas técnicas de modificación genética, como la mutagénesis aleatoria, se llevan utilizando para la mejora de semillas desde mediados del siglo pasado. Esta técnica expone a las semillas a agentes, como radiaciones o productos químicos, para provocar mutaciones con la intención de conseguir mejoras. Al elaborarse a principios de los 2000 la legislación sobre OMG en la Unión Europea se decidió que los productos obtenidos mediante estas técnicas, aunque se consideraban Organismos Modificados Genéticamente, llevaban utilizándose el tiempo suficiente como para que no hubiese que regularlos tan estrictamente como otros.
Esto no fue lo que ocurrió con los transgénicos, en los cuales —aunque también pueden darse mutaciones en otros lugares del genoma— lo que se inserta es un gen completo junto con ciertos elementos de regulación que permiten que este gen “funcione” en la planta. A diferencia de los organismos obtenidos mediante mutagénesis aleatoria, la legislación europea exige que los transgénicos superen ciertas pruebas previas a la comercialización y que se cumplan ciertos requisitos de trazabilidad y etiquetado.
Las multinacionales agroindustriales habían exigido que este tipo de técnica fuera considerada una extensión de la mutagénesis aleatoria, pero el TJCE obligará a que cumplan la misma normativa que los OMG
En la última década han adquirido mayor relevancia las llamadas técnicas de mutagénesis dirigida, como la técnica CRISPR, en las que se tiene un mayor control sobre el lugar donde se realiza la modificación genética. Las grandes multinacionales agroindustriales habían presionado y exigido que este tipo de técnica fuera considerada una extensión de la mutagénesis aleatoria, tomar el historial de uso seguro de esta y, por lo tanto, no tener que regularla con las misma legislación que los OMG transgénicos. La sentencia del TJCE obligará a que cumplan la misma normativa que estos últimos.
Para la directora de la campaña sobre agronegocios de Corporate Europe Observatory, Nina Holland, esta es una gran victoria para el medio ambiente, los agricultores y los consumidores, ya que “aclara que los responsables de la toma de decisiones de la UE deben garantizar que los productos derivados de estas nuevas técnicas se evalúan en función de su seguridad alimentaria y de los riesgos medioambientales potenciales, y que están debidamente etiquetados como OMG”.
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