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Justicia
Los países agresores, contra la activación del crimen de agresión en la Corte Penal Internacional
Varios países presionan para que los Estados miembro de la Corte Penal Internacional, reunidos estos días en Nueva York, no activen, o lo hagan de manera muy restringida, el crimen de agresión, que va dirigido a los líderes responsables de atacar y agredir militarmente a otros países.
“Ha sido un proceso muy largo y estamos en la fase final, y aunque todavía hay algunos problemas, soy bastante optimista, pues en una reunión mantenida entre las partes interesadas, todas las delegaciones están de acuerdo en activarlo, y esa base es muy importante, pero todavía hay diferentes opiniones sobre la interpretación de una parte muy específica del régimen jurídico”, explica a El Salto Stefan Barriga, representante permanente adjunto de Liechtenstein ante las Naciones Unidas y presente en las negociaciones sobre el crimen de agresión desde el año 2003.
Hace años que varios países, principalmente los que forman parte del Consejo de Seguridad de la ONU (Estados Unidos, Rusia, China, Francia y Reino Unido), han echado el freno a la activación de las competencias de la CPI sobre este crimen hasta estar seguros de que no se verán afectados por él, y es que el crimen de agresión implica, desde su definición en 2010, “el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado, o en cualquier otra forma incompatible con la Carta de las Naciones Unidas”. Por tanto, está considerado un “crimen de líderes”, ya que “una persona comete un ‘crimen de agresión’ cuando, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, dicha persona planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por sus características, gravedad y escala constituya una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas”. Se trata, como lo definió el catedrático de Derecho Internacional Remiro Brotons, del crimen de “la crême de la crême, incluidos, junto a las autoridades oficiales o institucionales, los representantes de los poderes fácticos”.
Cuando nació la Corte Penal Internacional en 2002, en aplicación del Estatuto de Roma aprobado tres años antes, lo hizo con el mandato de juzgar cuatro tipos de crímenes: el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. Sin embargo, debido al desacuerdo entre los países miembro sobre la definición de este crimen, las competencias de la Corte Penal Internacional para juzgarlo quedaron en suspenso temporalmente. Y este suspenso temporal se extiende hasta hoy, a pesar de que el crimen de agresión fue finalmente definido y la jurisdicción de la corte establecida en el encuentro de Kampala (Uganda) de 2010 de modificación del Estatuto de Roma, donde los 111 países miembro en aquel momento acordaron su activación “lo más pronto posible”. Ese “lo más pronto posible” quedó fijado en la fecha del 1 de enero de 2017. Pero a día de hoy solo 34 los países miembro han ratificado estas enmiendas, y es necesaria una mayoría de dos tercios (84 países) para que se activen las competencias de la CPI sobre este crimen.
Entre los actos considerados agresiones en esta definición se incluyen la invasión o ataque por las Fuerzas Armadas de un Estado del territorio de otro, la ocupación militar o anexión del territorio de otro Estado, el bombardeo o el empleo de las armas contra otro Estado, el bloqueo de los puertos o costas de un Estado por las Fuerzas Armadas de otro, la utilización del territorio de un país por parte de otro para atacar a un tercer país, el envío de grupos paramilitares a otro país para llevar a cabo actos armados o la prolongación por la fuerza de la presencia militar de un Estado en otro tras la finalización del acuerdo entre ambos. Es decir, se trataría de poder juzgar, por fin, a los países responsables de lanzar las guerras y agresiones militares.
Unas competencias desvirtuadas
“La decisión final adoptada en Kampala parece estar inspirada en el miedo; en el miedo a no lograr el consenso, en el miedo a que los Estados vean peligrar un régimen jurisdiccional inspirado en su consentimiento”, escribía la doctora en Derecho Internacional Público Carmen Quesada Alcalá. Debido a la presión ejercida en las últimas décadas por los países que forman parte del Consejo de Seguridad de la ONU y otros Estados, las competencias del CPI a la hora de juzgar el crimen de agresión se hallan mucho más restringidas que con los demás crímenes.Por ejemplo, el fiscal solo podrá presentar casos de agresión ante el tribunal si estos casos han sido remitidos por el Consejo de Seguridad o, en caso contrario, siguiendo un largo procedimiento, aunque los países del Consejo de Seguridad siempre tendrán la opción de invocar el artículo 16, que les permite suspender los procedimientos de la Corte durante un año si consideran que suponen “una amenaza a la paz y a la seguridad internacional”.
Casualmente, de los cinco países que forman parte del Consejo de Seguridad, las tres grandes potencias (Estados Unidos, China y Rusia) ni siquiera son miembros del Estatuto de Roma y la CPI, y las otras dos, Francia y Reino Unido, siguen sin ratificar las enmiendas de Kampala que permitirán la activación de las competencias de la corte sobre este crimen. Todas ellas apostaron en los últimos años por que el Consejo de Seguridad sea el único organismo con competencias sobre el crimen de agresión.
Además, mientras que los responsables de crímenes de guerra, genocidio y crímenes contra la humanidad pueden ser juzgados por este tribunal internacional aunque no pertenezcan a un Estado miembro siempre que hayan cometido esos crímenes en el territorio de un Estado que sí lo sea, el crimen de agresión se ha limitado para que los Estados que no han ratificado el Estatuto de Roma no puedan ser juzgados si el crimen ha sido cometido por los nacionales de ese Estado o en su territorio. “El papel de Estados Unidos fue muy importante en Kampala, tenían la mayor delegación aunque no son Estado parte del Estatuto de Roma. Su posición, al igual que la de Rusia, China y otros países, fue muy fuerte para que se excluyera a los Estados no parte de la jurisdicción del tribunal, y lo lograron”, dice Stefan Barriga.
Así, Estados Unidos, que nunca llegó a ratificar el Estatuto de Roma, no podría ser juzgado por el tribunal. Sin embargo, este país, que sí participa como observador en las conversaciones del organismo, apoya la actual cruzada de Francia y Reino Unido para limitar la jurisdicción de la corte y presiona para que su activación no perjudique sus intereses, y es que teme, según algunas fuentes, que la activación se lo pondría más difícil para encontrar socios de coalición para llevar a cabo acciones militares.
Por último, las enmiendas de Kampala también prevén que un Estado miembro del Estatuto de Roma acusado de agresión podrá evitar que se lo juzgue tan solo presentando, siempre que lo haga previamente a la agresión, un escrito ante la Secretaría del tribunal rechazando la competencia del mismo, lo que se ha conocido como cláusula opt out.
En el último año, Reino Unido y Francia, apoyados por Canadá, Japón y Noruega, pidieron “mayor claridad” sobre la jurisdicción y la aplicación de este crimen por parte de la CPI antes de tomar una decisión sobre su apoyo a la activación, y es que quieren asegurarse de que sus dirigentes no podrán ser perseguidos por la CPI basándose en este crimen. Todos estos países se han negado a ratificar de momento las enmiendas de Kampala, aunque todavía no queda claro si, al haber ratificado el Estatuto de Roma, este se aplicaría o no sobre ellos. Este es el mayor punto de controversia en las discusiones que se desarrollan estos días en Nueva York.
Aunque los países puedan utilizar la cláusula opt out, “esta cláusula es complicada a nivel político; Francia o Reino Unido no quieren utilizar el opt out porque políticamente no tiene buena pinta, no quieren mostrarse como Estados malos, no quieren que parezca que no asumen los principios internacionales”, añade Barriga. Por ello, estos países presionan por otra interpretación del texto, y es que sostienen que aquellos países que no ratifiquen las enmiendas de Kampala no deben verse afectados por ellas. “Francia y Reino Unido dicen que no es necesario el opt out porque si no han ratificado las enmiendas la Corte no tiene jurisdicción. En el Estatuto de Roma pone que, en lo que se refiere a enmiendas que entran en vigor, la Corte no puede ejercer su jurisdicción sobre los Estados que no las hayan ratificado, pero nuestra posición es que esto no se aplica al crimen de agresión, porque este crimen ya figuraba en el Estatuto de Roma en 1998”, y por tanto es de aplicación a todos los Estados miembro, explica Stefan Barriga.
¿Por qué se oponen Reino Unido o Francia?
El 15 de noviembre, el periódico The Guardian publicaba que “el Gobierno británico está haciendo lobby para bloquear la activación del crimen de agresión por la CPI, según activistas, en un intento por proteger a Tony Blair [ex primer ministro] y otros políticos británicos del riesgo de una futura persecución”. A principios de este año, un exgeneral iraquí denunció a Blair ante un tribunal británico por crimen de agresión por su participación en la invasión de Iraq en 2003. Sin embargo, en agosto el juez rechazó las acusaciones con el claro argumento de que no existe este crimen en la legislación británica.También Francia quiere proteger a sus líderes y exlíderes de la activación del crimen de agresión. A primeros de octubre, una quincena de asociaciones y movimientos africanos presentaba una denuncia ante la CPI contra Nicolas Sarkozy por el asesinato de Gadafi en 2011 en Libia. Aunque la denuncia no se basa en el crimen de agresión, sino en el de guerra, esta podría ser la primera de una serie de denuncias por la participación de los líderes franceses en los ataques a Libia, bombardeos sobre Siria o diferentes agresiones e intervenciones militares en África.
Aunque el crimen de agresión sea activado en la asamblea de la CPI que se está celebrando en Nueva York, no veremos a Blair, Bush o Aznar sentados en el banquillo como responsables de crímenes de agresión en la guerra de Iraq, por ejemplo, ni a Sarkozy por su participación en la guerra de Libia, ya que no se ha previsto la retroactividad de las acusaciones. En caso de que se active, está por ver si los actuales o futuros líderes de las grandes potencias occidentales se llegarán a sentar en el banquillo por agresiones presentes o futuras. “Las enmiendas no son una revolución, pero sí son un paso jurídico, un avance, porque sí pueden imaginarse situaciones en las que se puede juzgar el crimen de agresión, en los casos remitidos por el Consejo de Seguridad o en un conflicto entre Estados miembro, pero es verdad que no vamos a ver juzgados muchos casos de agresión”, reconoce Barriga.
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Resumiendo: Se trata de PODER a secas. El Consejo de Seguridad, es decir, la causa principal de la inseguridad reinante, tiene la llave. Los Estados agresores definen el concepto de "agresión" a su gusto. La justicia yace por los suelos bañada en sangre lavada con uranio, coltán, petroleo...y metralla. El gato juega con el ratón antes de comérselo...¡RATONES DE TODOS LOS PAÍSES, UNÁMONOS!