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Represión
Piden tres años de cárcel para las feministas que cortaron la vía del tren en Sant Cugat el 8 de marzo de 2018
Era 8 de marzo del año 2018 y en los Països Catalans, como en todo el mundo, se celebró la primera huelga feminista. Los comités locales y todo tipo de sindicatos y organizaciones se movilizaron en pueblos y ciudades, llevando a cabo cortes en varias líneas de transporte y protestaron ante empresas que no facilitaban el derecho a huelga a sus trabajadoras. En Sant Cugat del Vallès, varias activistas bajaron a las vías del tren, en la bifurcación entre Barcelona, Terrassa y Sabadell, y detuvieron durante cerca de dos horas la circulación de trenes, a la hora matinal punta de un día laborable.
Una dotación de Mossos d'Esquadra intervino para disolver el piquete. Identificaron a nueve activistas, de las que siete fueron acusadas de unos delitos muy específicos de desórdenes públicos y sabotaje en infraestructuras ferroviarias con peticiones de tres años de cárcel. Días más tarde, Ferrocarrils de la Generalitat Catalana (FGC) se personó como acusación con un informe técnico donde calculaba la supuesta pérdida económica causada por la acción y la cifraba en 26.100,34 euros, una cantidad que la fiscalía del juzgado de instrucción de Rubí reclama a las encausadas como responsabilidad civil.
El juicio se está celebrando desde ayer, 27 de mayo, en el Juzgado de lo Penal número 3 de Terrassa. Antes del comienzo de la primera sesión, el colectivo de apoyo a las encausadas, 8 Mil Motius, organizó un acto de apoyo ante los juzgados.
Una pena desproporcionada para un delito excepcional
Laia Serra, una de las dos abogadas defensoras y miembro de la asociación Dones Juristes, denuncia que el juez de instrucción, perteneciente al Juzgado de instrucción número 5 de Rubí, “fue muy incisivo con toda la investigación e hizo resoluciones fuera de lo habitual, muy beligerantes y absolutamente desproporcionadas, cuando otro juez te habría archivado el caso”.
Los delitos de los que las acusa la fiscalía son los descritos en los artículos 560 y 385 del Código Penal. El primero habla de un castigo con pena de prisión de uno a cinco años “para quienes causaran daños que interrumpieran, obstaculizaran o destruyeran líneas o instalaciones de telecomunicaciones, correspondencia postal (…) o causen daños en vías férreas u originen un grave daño por la circulación ferroviaria”. Y el 385 impone una pena de prisión de seis meses a dos años, o pena-multa de 12 a 24 meses y hasta 40 días de trabajos comunitarios a “quien originara un grave riesgo para la circulación (…) colocando en la vía obstáculos imprevisibles, vertiendo sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización por cualquier otro medio, o no restableciendo la seguridad de la vía cuando hubiera obligación de hacerlo”.
“Será un juicio de discusión no sobre qué ocurrió sino de encaje jurídico, si ese corte en la vía merece ser considerado delito o no y, por tanto, es un caso de juicio sobre los límites de los derechos a la protesta”, considera la abogada Laia Serra
Serra afirma que estos son dos artículos “absolutamente infrautilizados, hay muy pocas sentencias en este sentido, por lo que es una rara avis. Miramos jurisprudencia y este tipo de delitos se aplica a casos muy bestias: gente que había puesto bidones de gasolina en la vía, o pinchos con puntas de hierro, piedras… Ese delito está pensado no solo para una interrupción del tráfico ferroviario sino para situaciones que pueden causar peligro en el pasaje, y eso es lo que justifica que haya una pena tan alta”, denuncia la abogada, quien se muestra optimista: “Los hechos están grabados, durante la investigación declararon los guardas de seguridad, una pasajera, las encausadas. Será un juicio de discusión no sobre qué ocurrió sino de encaje jurídico, si ese corte en la vía merece ser considerado delito o no y, por tanto, es un caso de juicio sobre los límites de los derechos a la protesta”. En caso de que la sentencia no fuera favorable, recurrirán a la Audiencia de Barcelona.
Serra también denuncia el papel de la Generalitat de Catalunya en el caso. Durante la primera investigación de los Mossos, los servicios jurídicos de FGC se constituyeron como acusación particular y presentaron este informe técnico reclamando 26.000 euros de daños y perjuicios. A medida que avanzaba la campaña de 8 Mil Motius, “la Generalitat decidió dar un paso atrás y se marchó del procedimiento, pero en ningún momento ha renunciado formalmente a ese dinero, que ahora sigue reclamando la fiscalía”, critica.
En este sentido, durante el juicio también han citado como testigo al representante legal de FGC para, en palabras de la letrada, “ver si sostiene esta petición exorbitada”. El comunicado de prensa del grupo de apoyo de las encausadas critica que la Generalitat “se llena la boca de feminismo”, pero al mismo tiempo “fomenta que se acuse y se condene a las militantes feministas que luchan día a día en la calle, poniendo los cuerpos para mejorar la vida de las mujeres”.
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Totalmente: el grupo de apoyo de las encausadas critica que la Generalitat “se llena la boca de feminismo”, pero al mismo tiempo “fomenta que se acuse y se condene a las militantes feministas que luchan día a día en la calle, poniendo los cuerpos para mejorar la vida de las mujeres”. Molts ànims a totes!