Un exasesor de la ONU tacha la sentencia del Procés de “aberración jurídica”

El jurista Alfred de Zayas, asesor de la ONU hasta 2018, emplaza al Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo a decidir si España está violando el artículo 2 del Tratado de Lisboa, en el que se expresa que “la Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de derecho y respeto a los derechos humanos.

Manifestacion en Barcelona proces
Victor Serri Manifestación en Barcelona una vez hecha pública la sentencia del reférendum del 1-O
14 oct 2019 16:48

“Si España no quiere hacer caso a las claras disposiciones del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, habría que denunciarlo”, ha afirmado hace pocos minutos el jurista internacional Alfred de Zayas a través de su cuenta de Twitter. De Zayas, que fue hasta 2018 asesor de la Organización de Naciones Unicas (ONU), se ha referido así a la sentencia dada a conocer hoy por el Tribunal Supremo contra los doce acusados por el Procés. 

La condena, que impone penas de hasta 13 años en el caso de Oriol Junqueras y de nueve años a Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, líderes de Òmnium Cultural y Assemblea Nacional Catalana, es calificada por el expero jurista de “aberración jurídica”.

El jurista emplaza al Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo a decidir si España está violando el artículo 2 del Tratado de Lisboa, en el que se expresa que “la Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías”. También señala que el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU ya le comunicó al Gobierno español su rechazo al proceso llevado contra los doce cargos políticos y líderes sociales, y que “la imparcialidad del Tribunal había sido violada”.

La sentencia dada a conocer hoy fue precedida el pasado sábado de filtraciones que ya adelantaban que el tipo penal elegido finalmente para condenar a nueve de los acusados del Procés sería sedición en vez de rebelión, como pedía Fiscalía. La sentencia rechaza que en las movilizaciones y referéndum hubiera violencia, pero señala que este factor no es necesario para condenar por sedición.

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