Justicia
El juzgado de Violencia contra la Mujer de Granada deniega protección al hijo menor de Juana Rivas

La jueza no considera los hechos denunciados, y por tanto las medidas de protección del hijo menor de la pareja Arcuri Rivas, de su competencia y devuelve el caso al Juzgado nº4. El equipo de Juana afirma que esto “no altera la medida cautelar adoptada el pasado martes y Daniel se queda aquí”
Manifestación por el indulto a Juana Rivas (Granada, 07/06/2021) - 8
La manifestación de apoyo a Juana Rivas ha terminado en la Fuente de las Batallas donde se han leído distintos mensajes como los que advierten del peligro para los menores o el fin de la justicia patriarcal Susana Sarrión

El equipo jurídico de Juana Rivas ha informado hoy que la jueza del Juzgado de Violencia contra la Mujer nº2 de Granada, el juzgado en el que se inhibieron tanto el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Granada como el Juzgado de Guardia, dictó dos autos con fecha 9 de enero, horas después de que le fuera asignado el caso. En el primero, considera, según los abogados de Rivas, que “los hechos no son constitutivos de violencia de género y que no resultan de su competencia” y en el segundo, “deniega las medidas de protección legalmente previstas en el artículo 158 del Código Civil al hijo menor de la pareja Arcuri Rivas”.

Los autos, a los que ha tenido acceso este medio, comunican efectivamente en primer lugar el rechazo de la inhibición del Juzgado de Instrucción nº 4 de Granada y devuelve el procedimiento a este juzgado, que se encontraba el martes de guardia y fue el que dictó las medidas cautelares de no reintegración del menor a su padre después de escuchar a Daniel el martes 7 en una exploración tras la cual dictaminó que el relato del menor era lo suficientemente “serio y convincente en la expresión de la situación de temor por su seguridad y peligro extremo para su integridad física que siente padecer en caso de retorno con su padre a Italia”. La jueza del Juzgado de Violencia contra la Mujer nº2 de Granada considera que el procedimiento no es de su competencia por tratarse de un presunto delito de violencia doméstica y no de género. 

Respecto a las medidas cautelares, la jueza del Juzgado de Violencia contra la Mujer nº2 de Granada inadmite a trámite la solicitud de protección del menor del escrito remitido por el equipo jurídico de Juana Rivas al Juzgado de Instrucción nº 4 de Granada, entonces de guardia, por los mismos motivos que rechaza la inhibición, por no considerar el procedimiento de su competencia. Ante esta cuestión de competencias, en las que parece que ningún órgano se considera competente para resolver, según Carlos Aranguez, el letrado de Juana Rivas, “la situación actual de medida de protección del menor en España se prolongaría varios meses”.

Justicia
Juana Rivas Daniel, el hijo menor de Juana Rivas, se queda en Granada con su madre
Daniel ha sido escuchado por el Juzgado de Guardia de Granada, en su primera y única declaración en España, que ha acordado una medida cautelar de suspensión de la entrega del menor a su padre en Italia, de forma temporal, para protegerle.

Como informábamos en este medio, el equipo de Juana Rivas ha intentado en las últimas semanas con diferentes acciones jurídicas evitar que Daniel, el hijo mejor de la pareja Arcuri Rivas, tuviera que volar a Cagliari, Italia, con su padre después de que el menor confesara en España, en sus vacaciones de navidad, que su padre le intimidaba y violentaba con la intención de que su testimonio se ajustara a sus indicaciones en los casos procesales, además de manifestarle un miedo terrible hasta temer por su propia vida si volviera a Italia con él. 

“Daniel se queda aquí, y seguiremos luchando incansablemente para que esa decisión provisional se convierta en definitiva”, Carlos Aranguez, abogado de Juana Rivas

Aurora Angulo, la jueza del Juzgado de Violencia contra la Mujer nº2 de Granada,según apunta el equipo jurídico de rivas, la magistrada que archivó la denuncia que cursó Juana Rivas cuando llegó a España en 2016 desde Italia, “huyendo de su maltratador” y quien, según apuntan los letrados de Juana, dictó el Auto de fecha 20 de julio de 2016, por el cual se acordaba el archivo de las actuaciones. De esta forma, explican los letrados en un comunicado, “se incumplía flagrantemente el artículo 17 del Estatuto de la Víctima, según el cual esta jueza debía haber ordenado la traducción de dicha denuncia, y la tendría que haber remitido a Italia. No lo hizo hasta más de un año después, en concreto el día 3 de agosto de 2017, cuando Francisca Granados desde el Centro de la Mujer del Ayuntamiento de Maracena se dirigió a múltiples instancias administrativas y judiciales, denunciando ese lamentable error judicial”.

Juana Rivas abogados
Carlos Aránguez y Francisca Granados en el Centro de la Mujer de Maracena en Granada. Susana Sarrión

Para los abogados de Juana Rivas es esta “equivocación de la jueza Aurora Angulo” lo que da inicio a lo que ahora denominamos “Caso Juana Rivas”, “porque desde Italia, como es sabido, el señor Arcuri alega sustracción internacional de menores, que ante la falta de consideración del contexto real del que venían huyendo Juana y sus hijos, desencadenó las nefastas consecuencias por todos conocidas”. 

Justicia
Juana Rivas Una campaña mediática reclama protección para el hijo menor de Juana Rivas
El futuro de Daniel, depende de una resolución de la justicia española que evite la vuelta, el 8 de enero, a Italia con su padre al que, según traslada el equipo jurídico de Rivas, “tiene un miedo terrible y teme por su por su vida si vuelta con él"

Carlos Aranguez, abogado de Juana, ha calificado como un hecho gravísimo “que una magistrada especializada en violencia de género no comprenda lo que es la violencia vicaria, que consiste en dañar o controlar a los hijos para hacer sufrir a la madre. Este nuevo conflicto de competencia dilata injustificadamente el procedimiento (una vez más), pero en absoluto altera la medida cautelar adoptada el pasado martes. Daniel se queda aquí, y seguiremos luchando incansablemente para que esa decisión provisional se convierta en definitiva”. El letrado también ha informado que Daniel Arcuri Rivas ya está escolarizado en España y “celebrará el sábado su undécimo cumpleaños en la casa en la que quiere estar y con quien quiere estar”. 

El interés superior del menor

El Ministerio de Igualdad ha emitido hoy una nota de prensa en la que destaca, acerca de la indeterminación o discrepancias sobre el órgano judicial en España que deba decidir sobre la situación del hijo menor de Juana Rivas, que “debe prevalecer el interés superior del menor” y detalla que “este interés consiste en escuchar a Daniel, tener en cuenta su opinión, garantizar su seguridad e impedir que conviva con un maltratador”, según ha explicado la ministra de Igualdad, Ana Redondo.

“El interés superior del menor en este caso consiste en escuchar a Daniel, tener en cuenta su opinión, garantizar su seguridad e impedir que conviva con un maltratador”, Ana Redondo, Ministra de Igualdad.

La Ministra ha recordado que tanto los Juzgados de Violencia contra la Mujer como los de Instrucción y Familia, si entienden que hay violencia de género, vicaria o doméstica, “pueden y deben proteger y amparar al menor” según el CEDAW y el Convenio de Estambul. También ha recordado que el Reglamento 2019/1111 del Consejo de la Unión Europea, deja la puerta abierta a denegar el reconocimiento de una resolución de otro estado en materia de responsabilidad parental si la misma fuera manifiestamente en contra al orden público, “y el orden público en democracia está basado en la defensa y protección de los derechos del menor y de su madre”, apunta Ana Redondo. 

En este sentido, Carlos Aranguez, el abogado de Juana Rivas ha señalado como “evidente” que la protección de un menor español en riesgo, cuando el menor está en en territorio nacional español, es competencia de los juzgados españoles. 

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