Fronteras
Regularización extraordinaria o limbo apátrida: una perspectiva saharaui
El 8 de marzo de 2025, Mulai Mahyub Brahim presentó su solicitud de apatridia. Saharaui, la apatridia es el cauce por el cual, personas como Mahyub, que no tienen el pasaporte de un país reconocido, pueden acceder a los derechos de residencia en territorio español. Un proceso que puede durar años durante los que la persona interesada queda en el limbo, sin tener ningún tipo de actualización sobre cómo avanza su proceso. Mahyub consiguió un mail para consultar sobre su trámite, tampoco sirvió: “me responden que tengo que ir a una comisaría de policía para saber el estado de mi solicitud. Hay diferentes casos, pero lo mínimo es un año y diez meses a dos años. Hay personas que más. Mientras tanto, no tengo ningún derecho”.
Cuando en enero de este año saltó a las noticias que Podemos y el PSOE habían negociado abrir un proceso de regularización extraordinaria —el primero en dos décadas— mediante el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, Mahyubi y muchos otros saharauis vieron una posibilidad de acelerar su acceso a la regularización administrativa, una puerta de entrada a los derechos a los que tanto estaba costando llegar a alcanzar. El triunfo del movimiento por la regularización, tras seis años de pulso, parecía abrir una ventana de oportunidad también para las personas apátridas.
“Yo esperaba poder acogerme a la regularización, por ello preparé mis papeles, los antecedentes penales y demás. Pero un día antes de que se publicara el Decreto, vi que los apátridas quedaban fuera”, lamenta Mahyub, quien discrepa con esta decisión: “Dicen que los apátridas no estamos en situación irregular, ¿cómo que no estamos en situación irregular? No tenemos ningún derecho”. El saharaui evoca las declaraciones de Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en las que afirmó, el mismo 15 de abril: “Tenemos que separar claramente la situación de las personas apátridas porque no están en situación irregular y están protegidas por el estatuto de apátrida”.
“Yo esperaba poder acogerme a la regularización, por ello preparé mis papeles, pero un día antes de que se publicara el Decreto, vi que los apátridas quedaban fuera”
El cauce en efecto existe, pero es largo e incierto, insiste Mahyub, en base también a las experiencias de amigos que lo intentaron antes que él. “Un amigo tardó tres años, cada vez que vas a la comisaría a preguntar solo te dicen que está en trámite”, lo único con lo que las personas cuentan durante esa espera es un justificante de la solicitud, explica el saharaui, que evita que la persona pueda ser expulsada: “Puedes estar en el país pero no puedes trabajar”, resume Mahyub.
“Hubiera sido mejor meter a los apátridas en la regularización. Dicen que hay 500.000 migrantes sin papeles. Los apátridas serán un porcentaje mínimo: Si los incluyes o no los incluyes no va a cambiar nada”, reflexiona Mahyub, quien piensa que España tiene una responsabilidad especial hacia la población, por su abandono del territorio en manos de Marruecos, mientras sigue siendo potencia administradora. “Este gobierno nos está dando la espalda”, considera, y califica la decisión de excluirles del Real Decreto, como una decisión política, en el marco más amplio de la cooperación de España con Marruecos.
Un tapón para el estatuto apátrida
La Asociación Juvenil Colectivo Saharaui LEFRIG, es una de las organizaciones de la sociedad civil que se sumó al proceso de regularización cuando se publicó la Orden ISM/164/2026, de 2 de marzo, por la que se regula el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería. La entidad, fundada por cuatro saharauis en Zaragoza en 2012, perseguía en un inicio “sensibilizar en el ámbito universitario y acompañar a estudiantes a hacer sus prácticas curriculares en los campamentos de refugiados”, según explica su coordinador, Ahmed Barca Yeslem. Con el paso de los años, y tras la experiencia de sus integrantes en otras entidades del tercer sector, “un poco desencantados, decidimos volcar nuestra energía en la asociación y hemos ido creciendo y ahora mismo estamos diez personas en plantilla”.
El equipo trabaja en Cooperación y voluntariado internacional en relación con la población saharaui refugiada, también tienen un proyecto en los campamentos de atención a la discapacidad infantil, en colaboración con el Hospital Sant Joan de Déu para operaciones quirúrgicas en Barcelona. Otro de sus ámbitos principales de acción, es el de las migraciones. Por lo que, junto al resto de entidades registradas como colaboradoras de extranjería, está habilitada para tramitar tanto certificados de vulnerabilidad, como solicitudes para acogerse al proceso de regularización extraordinaria que culminará el próximo 30 de junio.
Desde que se abriera el plazo, el pasado 16 de abril, son cientos de expedientes los que han tramitado, explica Barca a El Salto. Tras acoger a cualquier persona que acuda a informarse pueden surgir dos casuísticas, desarrolla el coordinador de LEFRIG. Están quienes se apoyan en un abogado, y aunque se les ofrece acompañamiento en todo el trámite sin ningún coste, prefieren contar con ese apoyo jurídico y sólo precisan el certificado de vulnerabilidad —el cual obtienen tras una amplia entrevista abordando la trayectoria vital de cada persona—, y quienes prefieren seguir todo el proceso con la ayuda de la entidad.
“Hay personas que tienen esa idea de que si yo pago me van a hacer bien las cosas. Si tú tienes esa creencia, adelante. Pero hay otras muchas personas que dicen: ‘Ah, vale lo hacéis vosotros gratis. Pues no voy a seguir con mi abogado porque me cobra 400 €’”. Barca recuerda que el de la regularización es un proceso que se puede hacer individualmente —si se cuenta con el certificado digital— o con apoyo de las entidades. Y que entidades como la suya no solo hacen el certificado de vulnerabilidad, sino que pueden ayudar con el resto de la documentación.
Por ejemplo, han estado ayudando económicamente a la gente que necesita traducir sus antecedentes penales, un requisito que implica un coste. “Nosotros los cubrimos porque tenemos un proyecto que ya habíamos contemplado para esta situación, y podemos usarlo hasta que se agote ese presupuesto”. El coordinador de LEFRIG explica que la idiosincrasia de los casos es múltiple, y con todo, tras ser informadas, la mayoría de las personas deciden hacer el trámite completo con la entidad. “A todo el mundo, cuando llega, se le informa de todo. Muchos deciden hacerlo con nosotros porque no tienen recursos económicos, porque confían en lo que hacemos, y porque también hay un boca a boca en la ciudad que nos ha dado cierta credibilidad ante las personas que estamos atendiendo.”
Barca destaca que aunque la suya sea una organización claramente saharaui, “hemos entendido que teníamos que hacer un proceso de acompañamiento migratorio no solo a nuestra gente, sino a todo el mundo”. En su local, custodiado por una bandera de la República Árabe Saharaui Democrática (R.A.S.D.), no se hace “distinción por nacionalidad”. “Nunca hemos tenido problemas”, dice, “tampoco con las personas de Marruecos”, especifica.
Se trata de “facilitar al máximo lo que no deja de ser un proceso administrativo para llegar a acceder a más derechos”
La organización, explica su coordinador, quiere contrarrestar toda “esa lógica occidental policial de voy a dudar siempre de ti, no eres de fiar, no te atiendo sin cita previa…” Atender a la gente en árabe o el idioma que precisen, forma parte de su planteamiento. Se trata, dice Barca, de “facilitar al máximo lo que no deja de ser un proceso administrativo para llegar a acceder a más derechos, y una vez se haya conseguido esto: pues que la gente tenga todos los elementos para poder formarse, estudiar o hacer lo que le da la gana”.
Como saharauis que son, en LEFRIG saben mucho de la apatridia, teniendo una larga trayectoria en este marco, y disponiendo de interlocución con la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), en lo referente a la apatridia. Barca recuerda que si bien hay otros pueblos que se encuentran en esta situación —y pone el caso de un chico de Liberia al que están acompañando— la “mayoría aplastante” de apátridas es saharaui.
El coordinador de LEFRIG explica cómo el reglamento de apatridia, que data de 2001, habilita un cauce específico para este colectivo para acceder a la regularización, “pero no ha sido efectivo hasta que se ha peleado”. No fue, apunta Barca, hasta que el Tribunal Supremo se manifestó en 2012 respecto a esta cuestión “que se abrió ese camino para los saharauis”. Un camino con sus obstáculos y dilaciones “desde que tú registras tu solicitud hasta que te la resuelven, puedes esperar dos años, tranquilamente”.
En este marco Barca pensaba, antes de que se publicara el decreto para la regularización, que no se iba a excluir explícitamente a las personas apátridas, permitiendo a quien lo quisiera intentar la vía de la regularización extraordinaria. “Pensábamos que lo razonable era que fueran dos situaciones compatibles en el sentido de que se sabe que en la apatridia hay un tapón”. Con todo, Barca reconoce que en realidad, hubiese sido muy difícil que las personas saharauis hubiesen podido beneficiarse de este proceso, “porque supondría en algún punto que la administración española aceptase documentación emitida por el Frente Polisario”.
Barca hace un receso para explicar el proceso de apatridia, donde apunta, tampoco se aceptan los documentos saharauis. “El Reglamento dice que tú tienes que presentar pruebas sobre tu condición de apátrida”, hasta 2012, la OAR negaba la condición de apátridas a quienes poseían un pasaporte argelino. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Supremo de 2012 asentó que “el pasaporte que Argelia concede a los saharauis, es un título de viaje. No es un pasaporte que conceda Argelia en el sentido de conceder nacionalidad”, de hecho, explica, la numeración de los pasaportes argelinos que se dan a los saharauis es diferente a la de los nacionales del país: antes la numeración empezaba con 09 y ahora la cifra décima del número personal es un 9.
A partir de ahí, la OAR, apoyándose en esta sentencia, empezó a resolver positivamente la apatridia para quienes contasen con este documento de viaje argelino. La historia es distinta para quienes llegan en patera o de otra forma “con un pasaporte saharaui que se emitía hace tiempo —ya se dejó de emitir— y que es válido para viajar a países que reconozcan la RASD como Sudáfrica, México o Uruguay, por no caer en los tópicos de Cuba o Venezuela”. Todos estos documentos emitidos por la República Árabe Saharaui Democrática, incluyendo tarjetas de identidad, certificados de penales, o partidas de nacimiento, “son para ellos pruebas totalmente secundarias. De hecho, si no presentas el pasaporte argelino, tu expediente se puede quedar durmiendo ahí el sueño de los justos”.
“Mientras eres solicitante del estatuto de apátrida, no tienes nada, cuando un solicitante de asilo por lo menos tiene un permiso de trabajo de seis meses”
A pesar de lo difícil que hubiese sido que las personas saharauis se acogieran a la regularización, incluso aunque no hubiesen sido excluidas explícitamente, Barca entiende que las organizaciones y activistas hayan aprovechado esta situación para expresar su frustración, y “marcar que la regulación hoy en día sobre la apatridia no es la mejor, es una mierda. Que la administración encargada de resolver no resuelve con rapidez. Que mientras eres solicitante, no tienes nada, mientras que un solicitante de asilo por lo menos tiene un permiso de trabajo pasados seis meses”. Además, apunta, se trata de una espera sin número de expediente que seguir, sin confirmación de recepción, sin un NIE provisional, sin ningún feedback.
“Por no tener, no tenemos ni citas en la aplicación de citas de extranjería específicas para apátridas, aunque las hay específicas para ucranianos, por ejemplo”, explica Barca. Si bien, admite, cada comisaría funciona de manera distinta, en Zaragoza “si tú quieres que te atienda la persona encargada de apatridia, tienes que ir de 9 a 13 arriesgándote a que esté o que no esté, a que esté ocupado, a que no te quiera atender, a que no pueda atenderte, a que esté de vacaciones”.
Para abordar estas y otras dificultades, desde la asociación tienen un encuentro pendiente con Octavio Rivera Atienza, director general de Protección Internacional, perteneciente a la Subsecretaría del Ministerio del Interior del Interior. “Llevamos mucho tiempo sin tener una reunión en persona para hacer un poco de coordinación de los casos de apatridia. Se está produciendo una serie de fallos por parte del funcionariado de la Policía Nacional a la hora de compulsar documentos”. Barca habla de varios casos en los que las personas han recibido requerimientos después de que los agentes no compulsaran correctamente sus pasaportes. “Muchos policías, también desde el desconocimiento, cogen la documentación, se meten en una sala aparte, salen y dicen, ya está hecho, pero tú no tienes ningún elemento de prueba”. Y a veces pues llegan resoluciones de archivo o denegación por la falta de compulsación de los documentos.
Los derechos no deberían ser extraordinarios
“Es verdad que nosotros, los y las saharauis que estamos en el Estado español, cargamos mucho con las decisiones políticas que atañe la cuestión del Sáhara Occidental, pero este caso concreto no creo que responda a un fin político, sino a una cuestión técnica y jurídica”, explica la abogada Loueila Mint el Mamy desde Canarias. Esta letrada, con una larga trayectoria de compromiso con los derechos de las personas migrantes, concede que si bien en los tres primeros borradores a los que se tuvo acceso, se comprendía que tanto solicitantes de asilo como de apatridia podrían acogerse a la regularización extraordinaria, el dictamen del Consejo de Estado que clausuró esa posibilidad, lo habría hecho por razones de “seguridad jurídica”.
Procede a explicarse: de la regularización han quedado fuera no sólo los solicitantes del estatuto de apátrida, si no personas con autorizaciones de residencia derivadas de autorizaciones de protección temporal como en el caso de las personas ucranianas, u otras personas pendientes de la “concesión, prórroga, renovación y modificación de una autorización de estancia o de residencia”. Dados estos parámetros, “no creo que sea un criterio discriminatorio” explica la abogada.
Para Mint al Mamy, el debate no debería ser tanto sobre por qué el proceso de regularización ha dejado fuera a las personas solicitantes de estatuto de apátrida, “sino por qué estamos haciendo una fuga de personas a las que se les puede reconocer un estatuto de refugiado, una protección subsidiaria o unas razones humanitarias —que hemos visto que también va a desaparecer a partir del 12 de junio— o bien de apátrida”, un desplazamiento hacia el cauce de la regularización extraordinaria que encuentra “muy peligroso”.
Y es que, recuerda, “la propia Ley de Procedimiento Administrativo Común obliga a las oficinas de Asilo y Refugio, a la Dirección General de Protección Internacional a resolver los expedientes en un plazo de tres meses”, y sin embargo, la gente se pasa en “el limbo” dos o tres años. Es el no cumplimiento de la propia normativa, lo que condena a tantas personas saharauis y otras apátridas, a permanecer en stand by durante largos periodos, “obligando a que las personas se vean ahora tentadas a abandonar el procedimiento de apatridia para acudir a otro procedimiento en este caso temporal, de una regularización extraordinaria”.
Una regularización extraordinaria que, por otro lado, Mint el Mamy, ve como un triunfo: “este nuevo Real decreto va a ayudar a que este paréntesis en la vida de la gente se cierre y puedan continuar con su vida. A que estén registradas y existan administrativamente”. Sin embargo la abogada urge a tener cuidado en el caso de los solicitantes de protección o de apatridia, para que no renuncien a procedimientos ya en marcha. “Por ejemplo, lo estoy viendo con mujeres que cumplen con el estatuto de refugiado por persecución, por motivos de violencia de género y que pueden renunciar porque se ven tentadas de alguna manera porque el procedimiento de asilo tarda muchísimo y tienen que estar renovando la tarjeta roja”, Mint el Mamy considera que es necesario evitar que las personas renuncien a los cauces a los que tienen derecho, para acogerse, con la regularización, a una residencia temporal de un año.
“En este país tenemos a personas que han nacido aquí, que se veían abocadas a la situación de irregularidad por sus padres”
No se trata de impugnar la regularización, enfatiza Mint el Mamy, quien valora muy positivamente cuestiones como el enfoque de infancia de la norma aprobada. “En este país tenemos a personas que han nacido aquí, que se veían abocadas a la situación de irregularidad por sus padres”, con la regularización, las familias pueden tramitar a la vez las autorizaciones de residencia, y además estas duran cinco años. “Creo que es un triunfo”, apunta la abogada.
Por último, la abogada canaria disputa el sentido limitado del Real Decreto: “abre una puerta que no debería ser temporal ni extraordinaria, que debería ser la regla general. Si hay personas que llegan a este país, que contribuyen en su sostenimiento, tienen que estar registradas administrativamente y tienen que estar con sus derechos porque ya están cumpliendo con sus obligaciones”. La abogada reconoce la labor realizada por el movimiento Regularización Ya, para culminar ese largo pulso y reconocer a toda esa población que ya estaba aquí, pero que no existía administrativamente. “Para aquellos que no lo entiendan —ironiza— creo que no hay mayor control migratorio que tener registrado a tus vecinas y a tus vecinos y que puedan participar activamente en la sociedad”.
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