Un juzgado de Bilbao reconoce la incapacidad absoluta a un celador con covid persistente

El sindicato ELA considera que esta sentencia “abre la posibilidad” solicitar “un recargo de prestaciones por incumplimiento empresarial de medidas preventivas, así como una indemnización de daños y perjuicios”.
Sanitarias del Hospital Jiménez Díaz
Álvaro Minguito Sanitarias del Hospital Jiménez Díaz el día 13 de abril.
6 feb 2023 11:54

El Juzgado de lo Social nº2 de Bilbao ha otorgado la incapacidad permanente absoluta a un celador de la Clínica San Vicente —centro sanitario privado de Donostia— que, tras contagiarse de coronavirus en marzo de 2020, sufre de Log Covid, covid persistente o síndrome de fatiga crónica post covid, según las diferentes nomenclaturas que recibe este diagnóstico. Según indica la sentencia, el trabajador presenta un “síndrome depresivo grave reactivo a covid persistente, además de un deterioro cognitivo moderado”.

Como consecuencia de la patología, el celador padece fatiga, mareos, inestabilidad, niebla mental, taquicardia e insomnio, así como un deterioro cognitivo que afecta a la atención concentrada y sostenida, velocidad de procesamiento y memoria de trabajo, “incompatible con un rendimiento laboral”, señala el sindicato ELA, quien presentó la demanda para conseguir la incapacidad para su afiliado.

ELA se felicita por esta sentencia, “que viene a reconocer tanto la propia enfermedad de covid persistente como las altamente incapacitantes secuelas que produce y que afectan a un número importante de personas trabajadoras”. El sindicato recuerda que las personas que trabajaron en la primera ola de la pandemia lo hacían sin medios de protección adecuados  —EPI y mascarillas—.

La central sindical considera que esta sentencia “abre la posibilidad” para que Bidelagun Fundazioa, la fundación dedicada a la salud laboral de ELA, solicite “un recargo de prestaciones por incumplimiento empresarial de medidas preventivas, así como una indemnización de daños y perjuicios”.

En febrero de 2021 el Consejo de Ministros aprobó que el covid fuera considerado enfermedad laboral entre el personal sanitario. La medida, aprobada con carácter retroactivo, posibilitó que la cobertura por parte de la Seguridad Social alcance toda la vida del trabajador. Sin embargo, en la práctica, no se aplica de oficio para todos los casos, tal y como informó El Salto, y los profesionales deben recurrir a los tribunales para obtener este reconocimiento.

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