Personas refugiadas
José Carlos Budia: “Se podría evitar que las personas se jueguen la vida en el Mediterráneo ”

Cuando se cumple el plazo para que los estados de la Unión Europea cumplan su compromiso para la acogida de personas refugiadas, hablamos de su incumplimiento y de las políticas europeas de protección internacional con José Carlos Budia, coordinador de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado en Andalucía Occidental.

José Carlos Budia 1
José Carlos Budia en su oficina Julia Rodríguez
26 sep 2017 10:03

José Carlos Budia nos recibe en su oficina en el centro de Sevilla, la misma mañana en la que se constata un hecho que, por esperado, no deja de indignar a quienes trabajan por la defensa de los derechos de las personas migrantes y, más concretamente, las que solicitan protección internacional. Además de hablar de la falta de compromiso de varios países europeo en este ámbito, el coordinador de CEAR en Andalucía Occidental nos ayuda a conocer con más profundidad cómo funciona el proceso de asilo.

¿Qué proceso se sigue en cuanto a la protección internacional y qué condiciones debe cumplir una persona para poder llegar a ser considerada como refugiada?
Una persona, cuando llega a España, se presenta en una oficina de extranjería, en un puesto fronterizo o en una comisaría de policía y solicita protección internacional. Si se admite a trámite su solicitud, entra en el proceso de acogida. Es un primer proceso que dura seis meses y es el Estado el que tiene la obligación de acogerlo. Una vez que finalizan esos seis meses, se tiene que salir de esa acogida tutelada por el estado o por una ONG que tenga convenio con el Estado. Y esa segunda fase duraría un año y medio más.

El procedimiento es administrativo. La Oficina de Asilo y Refugio, dependiente del Ministerio del Interior, valora, en vista a las alegaciones que realiza la persona solicitante de protección internacional, si esa persona es beneficiaria receptora del estatus de refugiado. O de la protección subsidiaria. Esa persona tiene que acreditar que ha tenido que salir de su país por su ideología, religión, etnia, raza, orientación sexual, género o porque huye del conflicto bélico. 

La diferencia es que un solicitante de protección internacional lo es desde que llega al país de acogida y manifiesta su intención de solicitar asilo hasta que se resuelve su expediente. Cuando se resuelve el expediente, si se le concede el estatus es refugiado. Si no se le concede, pues lógicamente, no lo es. Siendo generoso, nos estamos moviendo en torno al 10% de concesiones.

A partir de ahí, en el caso de ser negativo, se puede presentar un recurso contencioso administrativo contra la resolución de denegación y tampoco suelen ser muy elevadas las tasas que se conceden en vía judicial. Una vez se le ha denegado, se le puede expulsar del país. Lo que pasa es que, en España, el proceso de asilo es tan lento que cuando se resuelve la denegación, han pasado dos años y medio o tres años. Entonces se puede acoger al régimen general de extranjería y solicitar la documentación por arraigo social.

La falta de voluntad de España y del resto de la Unión Europea se refleja en las políticas que llevan a cabo para evitar que las personas solicitantes de asilo lleguen a Europa y puedan solicitar protección internacional.

Esa es la parte legal. ¿En cuánto a la voluntad política para que la balanza se incline a un lado o a otro?
Una vez que la persona está en España y solicita protección internacional, el proceso es garantista. Podríamos pedir al gobierno que el proceso fuese más flexible. Es demasiado matemático. A lo mejor hay personas que necesitan estar menos tiempo acogido los seis primeros meses pero necesitan estar más tiempo en la segunda fase. Una vez que el solicitante llega a España, el proceso no es excesivamente malo.

La falta de voluntad de España y del resto de la Unión Europea se refleja en las políticas que llevan a cabo para evitar que las personas solicitantes de asilo lleguen a Europa y puedan solicitar protección internacional. Tenemos el caso de lo que ocurre en Ceuta y Melilla con las “devoluciones en caliente”. Es decir, la Ley de Asilo contempla que se puede solicitar protección en frontera. Eso solo está ocurriendo en Madrid-Barajas.

En Ceuta y Melilla... pues se ha hecho una modificación de la Ley de Seguridad Ciudadana que lo que hace es legalizar es que si una persona se salta la valla, aunque manifieste su deseo de protección internacional, se le devuelve a Marruecos, lo que es una vulneración clarísima de la Convención de Ginebra y de la propia Ley de Asilo.

En España se ha suprimido la posibilidad de solicitar protección internacional en embajadas y consulados. Pensemos la de muertes que se hubiesen ahorrado en el Mediterráneo si una persona pudiera haberse dirigido a una embajada o consulado, solicitar protección internacional, conseguir un visado y coger un avión hasta España. Como esa posibilidad se ha suprimido y la persona necesita llegar a Europa para poder solicitar protección internacional, se tienen que jugar la vida en el Mediterráneo.

Ya te digo, el problema no es tanto el procedimiento interno una vez que la persona llega a España, ya que es mejorable pero no es excesivamente malo, sino las políticas que los estados de la Unión Europea están llevando a cabo para externalizar las fronteras y evitar que lleguen y puedan solicitar protección internacional.

En España puede haber unas 17 mil personas solicitantes de asilo

¿Cuántas personas solicitantes de protección internacional se encuentran a día de hoy en el Estado español? ¿Qué distribución geográfica se sigue y cuál es su procedencia?
La Oficina de Asilo y Refugio es reacia a dar datos. En España puede haber unas 17 mil personas solicitantes de asilo. Las plazas de acogida se reparten entre los centros de acogida. Hay cuatro del gobierno, ademas de las de CEAR o Cruz Roja. En Andalucía están concentradas un gran número de las plazas de acogida. Entre otras cosas, porque las personas no son solo las reubicadas, sino las que llegan por sus propios medios. Llegan constantemente embarcaciones a las costas andaluzas. Andalucía asume gran parte de estas personas que están llegando y solicitan protección internacional.

A día de hoy hay menos sirios aunque siguen llegando. También hay ucranianos. El mayor colectivo a día de hoy es de venezolanos. Desde CEAR somos partidarios que no se vulneren los derechos fundamentales de nadie, independientemente del país y su situación. El agente perseguidor no tiene porque ser solo el gobierno. Debe verse caso por caso de forma individual, uno por uno, no de forma genérica, sin entrar en quien tiene la razón, ya que cada parte cree que la tiene.

José Carlos Budia 2

Hace dos años, la Unión Europea se comprometió a reubicar a 120.000 personas que aguardaban principalmente en los campos de refugiados en Grecia e Italia. Con el plazo vencido, ¿cuál es el grado del cumplimiento de este compromiso?
En julio de 2015 hubo una primera redistribución, se acordaron unas 40.000 personas y España se comprometió a acoger a 1.300. Después, con la foto de Aylan, se amplía a 120.000 en la Unión y España se comprometió a otros 16.000. En total, España se comprometió a acoger unos 17.300.

De los 160.000 de la Unión Europea, ha acogido a 29.000. En el caso de España, de los 17.300 ha acogido a unos 1.300, así que le queda por acoger a unos 16.000 reubicados. Sin cumplir con el compromiso, Alemania es el país que tiene el mayor porcentaje de cumplimiento dentro de la UE.

Esto se veía venir. Era un acuerdo que no iba a llegar a ninguna parte. Los criterios que se establecieron fueron una farsa, porque se intentó eludir la Convención de Ginebra, que prohíbe por ley la discriminación por nacionalidad, ya sea por reubicación o a la hora de conceder estatuto de refugiado. Para eludir esa norma, se estableció que se acogerían a las políticas de reubicación a aquellos refugiados que tuvieran un perfil de admisión a trámite o de concesión del estatuto por encima del 75%. Resulta que viene una persona de un determinado país, solicita protección internacional y a las personas de este colectivo, de forma general, se le concede el estatuto. Si superan el 75% las personas que vienen de esa determinada situación o motivo de persecución, pues se les concede el estatuto.

Hablando en plata, se refería a los sirios. Se dejaron fuera a los irakíes, afganos, yemeníes... a un gran colectivo de personas solicitantes de protección internacional que podrían tener el mismo perfil que los sirios. De hecho, los sirios realmente no son refugiados como tal, sino beneficiarios de protección subsidiaria. Es algo complejo para explicarlo ahora.

Hace un par de semanas, Grecia dice que ya no tiene refugiados que mandar al resto de la Unión Europea porque no cumplen el perfil de lo que se había pactado hace dos años. A la comunidad internacional le consta que en Grecia siguen habiendo 50.000 de estas personas. Pero como no cumplen los requisitos de hace dos años que tienen que estar por encima del 75% de concesión del estatuto, pues siguen ahí. Además esta el pacto ilegal e inmoral con Turquía. A partir del 20 de marzo todos los sirios que llegaban a Grecia eran deportados a Turquía, quedándose fuera de la posibilidad de ser reubicados.

Se han propuesto sanciones, aunque hay países que están vetando esa propuesta de sanción

¿Cuáles son los mecanismos que tiene la Unión Europea para sancionar a aquellos estados que incumplen el acuerdo?
Se han propuesto sanciones, aunque hay países que están vetando esa propuesta de sanción. Distintas ONG estamos presentando quejas. La Defensora del Pueblo Europeo ya ha elevado un informe a la UE diciendo que es completamente ilegal el incumplimiento de esos acuerdos. Desde algunas ONG estamos promoviendo una serie de medidas, como un gran Pacto de Estado por el asilo, que sea extrapolable al resto de la UE y a partir de ahí, no solo obligarse a cumplir los acuerdos en materia de asilo, sino también que se impongan sanciones a aquellos países que no cumplan los compromisos que adquieran. Hay dos países a los que se han sancionado de manera efectiva por no cumplir con el acuerdo.

Pero si todos los países lo incumplen, todos los países pueden negarse a sancionarse a ellos mismos...
Hay cierta tendencia al cambio, por presión de la ciudadanía. A los representantes políticos les convienen los votos. De hecho, España sigue insistiendo que aunque lo vaya a hacer con retraso, la voluntad es de cumplir el acuerdo de la reubicación. España, en el último año, ha abierto muchas plazas de acogida y la voluntad parece que es de seguir abriéndolos, no solo para estos, sino que para que todos los solicitantes de asilo tengan recursos habitacionales.

El tema está un poco olvidado, antes había una actitud más proactiva

En su momento, estadísticamente, la ciudadanía del Estado español era la más proclive de la Unión Europea a acoger de forma efectiva a las personas refugiadas. ¿Cuál es la tendencia ahora?
El tema está un poco olvidado. Existe la misma tendencia, pero antes había una actitud más proactiva. El tema no está tan de moda como cuando salió la foto de Aylan y la gente salió a la calle. Ahora la noticia esta en Venezuela o Cataluña y la gente se va olvidando de las cosas. 

Por otra parte, se han ido lanzando ciertos mensajes vinculando refugiados y terrorismo y mucha gente se dejo engañar con ese refugio. También el discurso de que los refugiados promueven la inmigración ilegal y las mafias y, con esto, hay gente que a dado un paso atrás.

También había gente que quería acoger a gente en su casa. Eso es ilegal e inviable, a pesar de la predisposición, ya que requiere atención jurídica, social, laboral, psicológica. No es solo cuestión de techo y comida. Además, las competencias de acogida son del Estado. Todo eso ha hecho que el boom haya bajado, aunque creo que la ciudadanía sigue receptiva a la llegada de personas refugiadas y sabe diferenciar entre las personas que emigran por cuestiones económicas y tienen menos inmediatez para salir de su país, y quien emigra porque si no lo hace de inmediato acaba dentro de un ataúd.

Las personas sirias en los campos de refugiados insisten en que si occidente para la guerra, volverían a su país. El refugiado viene a salvar la vida. La experiencia de la Guerra de los Balcanes demuestra que cuando la paz llegó a sus países, la gran mayoría de la gente volvió a ellos.

La Ley 12/2009 señala que se puede solicitar protección internacional en embajadas y consulados “en los términos que establece el reglamento”. La postura fácil que está teniendo el Gobierno de España es que no existe ese reglamento, con lo que no se puede aplicar esa ley.

Oxfam ha denunciado recientemente a España ante la Unión Europea por el incumplimiento del acuerdo. ¿Se plantea una medida similar desde CEAR?
Vamos a ir de la mano con OXFAM y vamos a presentar una serie de medidas a la UE para exigir que se establezcan vías legales y seguras para que estas personas no tengan que jugarse la vida en el Mediterráneo. Entre ellas, que se reactive la posibilidad de solicitar asilo en embajadas y consulados. Y que en la Frontera Sur se derogue la modificación que se hizo de la Ley de Seguridad Ciudadana y que las personas subsaharianas puedan solicitar protección internacional en frontera.

Es un sinsentido. En la Ley 12/2009, del 30 de octubre, existe legalmente la posibilidad de solicitar protección internacional en frontera. Si una persona viene de Sudán, donde hay un conflicto bélico en las mismas condiciones que en Siria, ¿qué sentido tiene que tenga que saltar una valla de seis metros para poder acceder a un procedimiento de asilo que está establecido legalmente?

Está establecido en la ley pero no se cumple por decisiones políticas, al igual que en el caso de embajadas. El problema es que la Ley 12/2009, ocho años después, todavía no tiene reglamento. Esta ley señala que se puede solicitar protección internacional en embajadas y consulados “en los términos que establece el reglamento”. La postura fácil que está teniendo el Gobierno de España es que no existe ese reglamento, con lo que no se puede aplicar esa ley.

También es necesario un sistema de acogida uniforme en la UE. No puede ser que cuando llega alguien a cualquier país, se vayan zumbando a Alemania, porque allí hay un sistema totalmente distinto. Si establecemos un sistema similar en todos los países, con unos derechos similares, seguramente no ocurriría eso. No es lo mismo que se metan 40.000 personas en dos o tres países que en toda la UE, el proceso de integración seria mas fácil, habría menos reacciones fascistas y radicales y seria un procedimiento más sostenible y flexible y menos traumático.

¿Qué plazos asumibles ponéis a partir de ahora a las instituciones para que cumplan el acuerdo de acogida y qué medidas de presión planteáis desarrollar con este objetivo?
El próximo día 30, en la Plaza del Altozano, distintas organizaciones realizaremos una concentración con actividades reivindicando que se cumplan los compromisos y que se establezcan políticas mas flexibles y pactos de estados concretos para las personas refugiadas. ¿Plazos asumibles? Es que dos años era un plazo más que razonable. Acoger a 17.000 personas en 24 meses supone de unas 700 personas al mes, perfectamente factible en 52 provincias. Resultan a unas cuatro o cinco personas por provincia y mes. Eso no iba a desestabilizar la sociedad ni la economía de la provincia. Creemos que en un año, seria perfectamente factible realojar a todas estas personas.

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