El Constitucional avala por primera vez el derecho de las personas presas a hablar con los medios

Una sentencia del Tribunal Constitucional da la razón a la APDHA y garantiza el derecho de las personas reclusas para contactar con la prensa, de los periodistas para informar y de la ciudadanía para recibir información de lo que ocurre en las prisiones.

Moratalaz
David F. Sabadell La sentencia, sin precedentes en la doctrina del Tribunal Constitucional, avala la libertad de expresión de los presos y de la ciudadanía.
5 feb 2020 13:14

En una decisión sin precedentes, el Tribunal Constitucional (TC) ha amparado por primera vez el derecho de las personas presas a tener comunicación con los medios de comunicación, así como el derecho a la libertad de información de los periodistas y el de la población a ser informada.

La sentencia de la Sala Segunda del TC da la razón al recurso presentado por la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) en febrero de 2018 por la negativa de la cárcel de Córdoba a conceder a un periodista de eldiario.es una entrevista con un preso dentro de prisión.

En enero de 2017, el Centro Penitenciario de Córdoba se había negado a conceder una entrevista a un preso alegando cuestiones de seguridad y que no existían motivos que justificaran dicha entrevista.

“Consideramos que el derecho que estaba en juego era el derecho a la libertad de información en un sentido amplio, no se trataba solo de ejercer la libertad de expresión dentro de la prisión, sino sobre todo de comunicar a la opinión pública lo que ocurre en el interior de las prisiones”, afirma Valentín Aguilar, coordinador de la asociación y letrado del caso.

La sentencia supone “un antes y un después que va a poner un freno a todo aquel poder que quiera vulnerar o eliminar la libertad de expresión, hoy amenazada en España”
La importancia de la sentencia reside, según las propias palabras del TC, en que “no hay doctrina de este tribunal” sobre este asunto, razón por la que en enero de 2019 admitió la demanda de la APDHA.

Para Rafael Rodríguez, presidente de la Asociación de la Prensa de Sevilla (APS), esta sentencia tiene “una relevancia enorme” y supone “un antes y un después que va a poner un freno a todo aquel poder que quiera vulnerar o eliminar la libertad de expresión, hoy amenazada en España”.

Además, el texto abre la puerta a denunciar otros casos que afectan a la libertad de información. “Vamos a estudiar la posibilidad de llevar al TC dos casos que nos afectan directamente a los profesionales del periodismo: las ruedas de prensa sin preguntas y el veto a periodistas y a medios de comunicación en convocatorias públicas”, explica Rodríguez.

Según la sentencia del TC, el hecho de que el acceso de profesionales a prisión no esté regulado no significa que no esté permitido, sino todo lo contrario: “El silencio no puede entenderse como libertad para restringir a su antojo esos derechos”. De igual forma, afirma, que no basta para denegar una comunicación decir que existe peligro para “la seguridad y buen orden del centro”.

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