El CGPJ abre expediente al juez que dijo que las mujeres tienen ventajas y comen el coco a sus hijos

La Comisión Permanente de este organismo ha acordado este martes por mayoría ordenar al Promotor de la Acción Disciplinaria la incoación de un expediente disciplinario contra el titular de un juzgado especializado en violencia de género contra el que se presentaron varias quejas por sus declaraciones machistas.
Juez Violencia 8 Madrid David Maman Benchimol
Natalia Tejera Beamud y David Maman Benchimol en una captura de la jornada del ICAM el pasado 18 de febrero.
22 sep 2026 12:59 | Actualizado: 22 sep 2026 13:30

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado este martes por mayoría ordenar al Promotor de la Acción Disciplinaria la incoación de un expediente disciplinario contra el titular de la plaza número 8 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Madrid, David Maman Benchimol, por una posible falta de desconsideración en relación con las manifestaciones realizadas durante su intervención en un curso organizado por el Colegio de Abogados de Madrid, tal y como ha informado el Consejo General del Poder Judicial. 

En abril, el CGPJ empezó a investigar a este juez, abriendo entonces una diligencia informativa para estudiar varias quejas contra el magistrado después que que trascendieran las declaraciones de este juez, señaladas por varios colectivos de madres protectoras. También el Ministerio de Igualdad pidió medidas: la Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Carmen Martínez Perza, solicitó la apertura de un expediente disciplinario contra el magistrado. El CGPJ respondía entonces a este medio que desconocía el número total de quejas, pero explicaba que, cuando se reciben múltiples denuncias sobre unos mismos hechos, el Promotor las acumula y abre una única diligencia. Una de esas quejas era la de Violeta, una mujer que elevó una queja después de que el juez le negase las medidas de protección que había ordenado otra jueza.

La Comisión Permanente ha rechazado así la propuesta del Promotor de la Acción Disciplinaria de archivar la diligencia informativa, incoada a raíz de una denuncia presentada por la Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género. El Promotor consideraba que las manifestaciones objeto de queja están amparadas por el derecho a la libertad de expresión del magistrado y que no son constitutivas de ninguno de los tipos disciplinarios contenidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial. El acuerdo ha sido aprobado con el voto de calidad de la presidenta del Tribunal Supremo y del CGPJ. Cuatro vocales han anunciado la formulación de un voto particular.

Mujeres con ventajas y lavados de coco

El origen de las quejas está en las manifestaciones de este juez durante la jornada formativa Criterios de Competencia en Materia Penal y Civil de las Secciones de Violencia de Género: Implicaciones de la Reforma de la LO 1/2025 que tuvo lugar el 18 de febrero en el Salón de Actos del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM). Maman aseguró ahí que a las mujeres se les otorgan tantas ventajas para interponer denuncias que presentan una denuncia “aunque no tenga sentido” porque, gracias al artículo 92.7 —que establece que no se puede otorgar la custodia compartida si uno de los progenitores está inmerso en un proceso penal—, “me voy a quitar la custodia compartida de en medio”, seguía el titular de ese juzgado especializado. El artículo 92.7, concluye un poco más adelante, “es mortal”.

Sobre la guarda y custodia compartida, el juez decía: “Ya sabemos que la mujer es una enemiga acérrima, no sé por qué, de la guarda y custodia compartida. No entiendo yo todavía por qué esa animadversión de la mujer a la guarda y custodia compartida cuando el Supremo ha dicho 300 millones de veces que es la guarda y custodia deseable”. Podría ser, sigue, porque “el que tiene niños tiene la vivienda, eso supone un ahorro importante”.

El juez Maman Benchimol es el responsable de instruir la denuncia contra el exDAO de la Policía Nacional

Maman Benchimol también hizo algunas afirmaciones problemáticas por utilizar términos del entorno del falso Síndrome de Alienación Parental, prohibido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, y contra cuyo uso ha alertado repetidamente el Consejo General del Poder Judicial. Porque, razonaba el juez, mientras el proceso judicial se alarga y el niño está con su madre cuando un padre está investigado por violencia de género, “a ese niño pues, poco a poco, la madre le va haciendo el correspondiente lavado de coco y ese niño se va separando del padre progresivamente”. 

El nombre de este juez está asociado a algunas sentencias relevantes en los últimos años. En 2022, absolvió al periodista Alejandro Entrambasaguas, de Okdiario, que había sido investigado por acosar a los hijos de Irene Montero y Pablo Iglesias. En 2018, Maman Benchimol, que estaba entonces en el juzgado número 5 de Violencia sobre la Mujer de Madrid, denegó una orden de protección contra la expareja de una mujer embarazada que la había amenazado con un cuchillo, según pudo saber el diario Público. Además, instruye la denuncia contra el exDao por un delito de agresión sexual.

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