La Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Madrid condena a tres activistas medioambientales

La sentencia por el delito de resistencia les condena a un mes y quince días de multa, a razón de 6 euros diarios. Organizaciones sociales y de derechos humanos rechazan la sentencia y defienden la inocencia de los activistas.
Accion climatica en el puente del Paseo de la Castellana - 1
Un momento del corte de la calle Raimundo Fernández Villaverde, durante la acción de desobediencia civil del 7 de octubre de 2019. Álvaro Minguito
16 oct 2026 16:42 | Actualizado: 16 oct 2026 17:57

Este viernes se ha dado a conocer la sentencia 317/2026 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Madrid (Plaza nº 8) por el delito de resistencia a Jorge Riechmann (Anticapitalistas y Ecologistas en Acción), Marina Martínez (Extiction Rebelion) y Francisco del Pozo (Greenpeace) en una acción de protesta pacífica realizada el 7 de octubre de 2019, en el puente de la calle Joaquín Costa con Raimundo Fernández Villaverde de Madrid. Las entidades reiteran la absoluta inocencia de los tres encausados y advierten de que la instrumentalización del Código Penal para penalizar la desobediencia civil pacífica vulnera derechos democráticos esenciales.

El tribunal les ha impuesto a estas tres personas una pena de un mes y quince días de multa por un delito de resistencia grave a la autoridad (artículo 556.1 del Código Penal), aplicando la circunstancia atenuante cualificada de dilaciones indebidas tras siete años de demora procesal, explican en una nota de prensa conjunta las organizaciones que respaldan a sus activistas. Tanto las defensas como los colectivos que participaron en la acción recuerdan que toda la 'resistencia' ejercida consistió en intentar no sufrir lesiones durante el desalojo por la fuerza ejercida por los agentes policiales.

“En absoluto podemos estar de acuerdo con una sentencia que condena por un delito de resistencia a la autoridad cuando los hechos han acreditado que fue una protesta completamente pacífica... por lo que perseguir las acciones directas no violentas resulta un exceso intolerable”, ha declarado Inés Díez, responsable del área jurídica de Greenpeace.

Por su parte, Ecologistas en Acción, en voz de su abogado portavoz, Jaime Doreste, ha agregado que “la criminalización de la protesta ecologista resulta inaceptable en un Estado que se pretende de Derecho, porque el derecho penal no permite una aplicación e interpretación extensiva e imaginativa”. Díez ha instado “a que la Audiencia Provincial restaure la legalidad y que absuelva a las tres personas condenadas”.

Diversas organizaciones ecologistas, sociales y de defensa de los derechos humanos han manifestado su rechazo a la condena e invocan a la reciente absolución histórica –el pasado 6 de octubre– de los 11 activistas de Greenpeace en Sagunto para recordar que “protestar pacíficamente contra la inacción climática no es un delito, sino un pilar fundamental de la democracia”.

“Por mucho que nos criminalicen, no nos queda otra que ser inmunes al desaliento, nos jugamos demasiado”: Francisco del Pozo

El activista de Greenpeace, Francisco del Pozo, ha reaccionado nada más recibir la noticia: “Hace unas semanas la justicia en València confirmó que la dignidad no se criminaliza y que la protesta pacífica es una herramienta indispensable para proteger la democracia”. Lamenta que ahora, un tribunal en Madrid pretenda “criminalizarnos por transmitir una realidad incómoda, pero cierta”. Considera que la acción climática, que lucha por la ineludible eliminación de los combustibles fósiles de la dieta energética actual, es el único salvavidas posible para la humanidad: “Por mucho que nos criminalicen, no nos queda otra que ser inmunes al desaliento, nos jugamos demasiado”.

Jorge Riechmann, activista de Ecologistas en Acción, también ha rechazado la sentencia y subraya que “En estos tiempos tan difíciles, cuando se aceleran los procesos ecológicos, sociales y políticos que conducen a la inhabitabilidad de la Tierra, defender el derecho a la protesta pacífica va mucho más allá de nuestros deberes democráticos elementales: se trata de salvaguardar las condiciones que permitan activar la reacción ciudadana que necesitamos para evitar los escenarios peores”.

“Defender el derecho a la protesta pacífica trata de salvaguardar las condiciones que permitan activar la reacción ciudadana que necesitamos para evitar los escenarios peores”

A la sentencia anunciada caben recursos de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid para lograr la libre absolución de los tres activistas. Las organizaciones que les apoyan reafirman “su compromiso con la desobediencia civil pacífica como una obligación ética y un derecho constitucional frente a la inacción institucional ante el colapso ecológico”.

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