Justicia
Los problemas de decidir
Miguel Pasquau Liaño ha publicado este mismo año “El oficio de decidir” (Debate), un libro donde aprovecha su experiencia como magistrado de la Sala Civil y Penal del Tribunal Suerior de Justicia de Andalucía para reflexionar sobre la actividad judicial y sus principales dilemas. El jueves, 4 de diciembre, a las 19.30h, en el espacio de Autonomía Sur SCA, podrán comentar con él y con Yolanda Ortiz Mallol, Fiscal delegada de medio ambiente en Sevilla y autora de “Norma y vida. Reflexiones de una fiscal en activo” (Athenaica), en contenido de estas reflexiones, de la que esto es solo un aperitivo.
En nuestro mundo los jueces hacen sobre todo dos cosas: transforman en decisiones individuales normas generales y deciden qué ha pasado y qué solución se debe adoptar en casos que no están claros y por los que la gente pugna. Además lo hacen con fuerza ‒autoridad‒ y por la fuerza, si es necesario. De ahí que ambas actividades sean complejas y problemáticas, aunque nos resulte más cómodo no pensar en ello.
La primera actividad no parece, en principio, espinosa. Alguien previó una forma de solucionar determinados asuntos en general y cuando el juez o la jueza se encuentra con ese asunto, aplica esa solución. El problema viene de que la solución previa ‒la norma‒ es lingüística y abstracta y la realidad es, digamos, real. Una realidad cualquiera suele encajar en alguna norma, pero también en parte en alguna otra o en ninguna con claridad y ahí empiezan los problemas de interpretación. Hasta aquí tenemos uno de esos problemas que se puede enfrentar estudiando. La cosa se complica cuando entendemos que esa solución que se previó suele tener un sentido o una orientación moral y política, de modo que llevarla a efecto es también dar continuidad a esa solución y dudar entre varias soluciones posibles es hacerlo también entre dos enfoques políticos o morales posibles. De este modo, decidir es, al menos, “completar” la política que otros empezaron, pero muchas veces es más: dar prioridad a una política frente a otra o a una perspectiva de la justicia frente a otras en disputa. Esta es una verdad incómoda, pero también productiva, porque nos invita a pensar en cuál es la idea de justicia o de política vigente en la cabeza de los y las juezas, por qué ellas y no otras personas, de qué deben saber más, si en sus razonamientos deben tener cabida solo los inputs –las normas– o también los outpus –las consecuencias de sus decisiones‒, cuánta política y de qué modo debe estar presente en su práctica.
La segunda actividad, decidir qué ha pasado y qué debe hacerse cuando no está claro, tiene, si cabe, peor solución. En algunos casos, será imposible que quien juzga sepa qué ha sucedido con certeza y cuál es la solución mejor ajustada a Derecho. Se trata de otra verdad incómoda porque nos obliga a pensar en qué mecanismos rigen para que sus mentes se den razonablemente por convencidas de algo, cómo influyen los mensajes de otros actores, algunos internos, tales como abogados/as u otros/as magistrados/as, pero también externos, como los medios de comunicación o grupos ciudadanos y de presión. En principio, hemos desarrollado una defensa frente a estas grandes incógnitas del convencimiento y la decisión, que es la motivación: explicar de forma razonada, coherente y consistente por qué algunas cosas se consideran probadas y otras no, por qué algunas interpretaciones de las normas alegadas deben descartarse y otras adoptarse y finalmente por qué la decisión a la que se arriba es la mejor de entre las posibles. Tener que explicarse es una buena garantía, aunque siempre deja puntos ciegos y espacio a motivos que vienen de otro sitio, pero eso nos devuelve al primer problema, del que nunca se puede desanudar por completo. Les invitamos, entonces, a lidiar con todo esto en compañía.
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