Reconocen una indemnización de 33 días a una trabajadora del hogar despedida al quedarse embarazada

La Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia valora muy positivamente esta sentencia de un tribunal vasco y recuerda que el despido por embarazo es muy frecuente en el sector y que las trabajadoras quedan desprotegidas al no haber readmisión obligatoria y no tener derecho a cobrar la prestación de desempleo.

Concentración empleadas hogar en el Congreso
Ela Rabasco Concentración de empleadas hogar en el Congreso, 27 de junio de 2018.
3 jul 2018 17:54

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha estimado el recurso de una trabajadora de hogar embarazada que había sido despedida y condena a la parte empleadora a pagarle una indemnización de 33 días por año y no los 20 días de la relación laboral especial, así como los salarios de tramitación desde la fecha del despido. Además, se le condena a abonar a la trabajadora una indemnización por los daños morales.

En contra de lo que se a publicado inicialmente, el Tribunal ha considerado como nulo el despido como pretendía la demandante. Una portavoz de la Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia explica que “al no haber posibilidad de readmisión por ser hogar (es la doctrina judicial), se le aplica todo el resto: indemnización, salarios de tramitación o indemnización por daños morales”.

La Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia ha valorado muy positivamente esta sentencia, y recuerda que el despido por embarazo es muy frecuente en el sector. Según la asociación las trabajadoras domésticas quedan totalmente desprotegidas porque no hay readmisión obligatoria —que sí existe en los demás sectores— y ni siquiera en un caso así tienen derecho a cobrar la prestación de desempleo. Además, al no estar de alta en la Seguridad Social en el momento del descanso maternal, tampoco tienen derecho a la prestación de maternidad.

Laboral
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