Violencia sexual
¿Por qué Julio Iglesias podría ser juzgado en España por trata de mujeres?
“Mi propósito es que ninguna mujer vuelva a sufrir este tipo de abusos por parte de él. Quiero llevar el mensaje de que las mujeres somos víctimas y sobrevivientes, no victimarias ni culpables”. Estas son palabras de Laura que junto a Raquel (nombres ficticios) son las dos exempleadas de Julio Iglesias que le han denunciado por violencia sexual, psicológica, física y económica. El testimonio, recogido por la entidad que ha ejercido su representación jurídica Women's Link Worldwide, trasciende después de que elDiario.es y Univision destaparan las denuncias de agresiones sexuales y explotación laboral que sucedían en las mansiones del afamado cantante en el Caribe.
Según sus testimonios, el denunciado las habría agredido y acosado sexualmente, habría revisado regularmente sus teléfonos móviles, les habría prohibido salir de la casa donde trabajaban y les habría exigido jornadas laborales de hasta 16 horas al día, sin días de descanso y sin contrato, tal y como informan desde esta asociación en unos hechos que ocurrieron entre enero y octubre de 2021.
En la demanda se pide que se investigue a Julio Iglesias por tres tipos de delitos: un delito de trata de seres humanos, delitos contra la libertad sexual, así como delitos contra los derechos de las trabajadoras
Las abogadas, que presentaron una demanda en España ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional el pasado 5 de enero, celebraban este martes 14 de enero en rueda de prensa que el Ministerio Público ha decidido tomar declaración a ambas denunciantes como testigos protegidas. En la demanda se pide que se investigue a Julio Iglesias por tres tipos de delitos: un delito de trata de seres humanos con fines de imposición de trabajo forzado y servidumbre, delitos contra la libertad y la indemnidad sexuales tales como acoso sexual, así como un delito de lesiones y delitos contra los derechos de los trabajadores y las trabajadoras.
Pero, ¿puede ser juzgado Julio Iglesias en España, cuando los hechos sucedieron en República Dominicana y Bahamas, y por qué se le acusa de un posible delito de trata?
Posible delito de trata
Empezando por el segundo punto, Gema Fernández, abogada de Women's Link Worldwide, explicó que Julio Iglesias habría utilizado su poder para ejercer violencia sexual y explotación laboral sobre sus trabajadoras. Los hechos habrían ocurrido en un contexto de intimidación con presencia de sus jefas directas en el servicio, lo que refuerza su vulnerabilidad y la existencia de una coerción. Fernández explicó que el delito de trata incluye los elementos de captación, traslado y alojamiento o recepción, con la finalidad de explotar a la persona para obtener algún beneficio de ella, que puede ser económica, sexual o de otro tipo. Este delito aparece tipificado en la legislación española en el Código Penal en el artículo 177 bis.
El “modus operandi” supuestamente utilizado por Julio Iglesias para contratar a estas trabajadoras seguiría este “patrón de conducta”, comenzando en la captación a través de redes sociales, el traslado hasta las mansiones y el aislamiento en ellas “bajo un clima de intimidación constante”, tal y como recreó la abogada. “Para lograr, digamos, captar a una persona trasladarla a otro entorno donde está más aislada y poder permitir su explotación hay varios medios, como el engaño, las amenazas, el uso de la violencia, el abuso de la situación de poder o de que se hallen en una situación de vulnerabilidad, que creemos que pueden estar presentes también en la forma en la que Rebeca y Laura fueron seleccionadas para el trabajo”, explicó Fernández.
Principio de extraterritorialidad
Y, ¿por qué podría ser juzgado en España?. La representante legal de las demandantes explicó que los hechos se pusieron en conocimiento de las autoridades españolas porque la legislación española permite investigar y perseguir delitos cometidos por un ciudadano español, aunque estos sean cometidos fuera del territorio nacional bajo el principio de extraterritorialidad que se aplica especialmente a las violaciones de derechos humanos previstas en tratados internacionales que España ha ratificado, en este caso el conocido Convenio de Varsovia contra la trata, que es el Convenio del Consejo de Europa de Lucha contra la Trata y el Convenio de Estambul.
El primero fue ratificado en España en 2009 y, entre sus objetivos está prevenir y combatir la trata de seres humanos, proteger los derechos humanos de la víctimas de la trata y asegurar investigaciones y actuaciones penales eficaces y promover la cooperación internacional en el ámbito de la lucha contra la trata de seres humanos. En cuanto al ámbito de aplicación indica que se aplicará a todas las formas de trata de seres humanos, sean nacionales o transnacionales y estén o no vinculadas a la delincuencia organizada.
En cuanto al Convenio de Estambul, un tratado del Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y que España ratificó en 2014, estaba ideado, entre otras cosas para proteger a las mujeres contra todas las formas de violencia, y prevenir, perseguir y eliminar la violencia así como promover la cooperación internacional para eliminar la violencia contra la mujer.
El Estado puede ejercer jurisdicción cuando existen esos vínculos relevantes con España, como la nacionalidad del denunciado, y cuando además los hechos denunciados no han sido investigados ni sancionados de forma efectiva en los países en los que ocurrieron
Ambos convenios “obligan a adoptar medidas legislativas para establecer la competencia de la justicia española con respecto a cualquiera de los delitos que se prevén en esos convenios cuando el delito sea cometido por uno de sus nacionales”, explicó Fernández. Por tanto, en palabras de esta abogada el Estado puede ejercer jurisdicción cuando existen esos vínculos relevantes con España, como la nacionalidad del denunciado, y cuando además los hechos denunciados no han sido investigados ni sancionados de forma efectiva en los países en los que ocurrieron. “La idea detrás de este principio de extraterritorialidad es evitar la impunidad y garantizar que las sobrevivientes tengan acceso a la justicia, incluso cuando los sistemas nacionales no ofrecen una respuesta adecuada”, añadía.
Por el momento, la Fiscalía aún no ha decidido si es competente para investigar la denuncia, tal y como informaba la representación jurídica de las demandadas en la rueda de prensa, aunque ya ha dictado las dos medidas de protección mencionadas hacia las dos denunciantes. En este momento, las diligencias abiertas son preprocesales y Fiscalía tendría seis meses para decidir si formula acusación y eleva la denuncia para que los hechos puedan ser juzgados.
Violencia sexual
Latin lover, impunidad blanca: el paraíso colonial
Para comentar en este artículo tienes que estar registrado. Si ya tienes una cuenta, inicia sesión. Si todavía no la tienes, puedes crear una aquí en dos minutos sin coste ni números de cuenta.
Si eres socio/a puedes comentar sin moderación previa y valorar comentarios. El resto de comentarios son moderados y aprobados por la Redacción de El Salto. Para comentar sin moderación, ¡suscríbete!