Infancia
La ley de infancia que llega hoy al congreso prohíbe el SAP pero deja grietas para aplicarlo

La ley termina su trámite parlamentario tras ser aprobada por el Senado con algunas mejoras, como la prohibición de los desnudos integrales para determinar la edad de niños y niñas migrantes. El texto definitivo prohibe el uso del SAP, pero deja grietas para aplicarlo.
Niña dibujando
Foto de Iván Rodríguez

El Proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia llega hoy de vuelta al Congreso para su aprobación definitiva. Tras su paso por el Senado, donde se incorporaron algunas modificaciones antes de su aprobación el 12 de mayo, el Pleno de este 20 de mayo verá las enmiendas incorporadas y concluirá así la tramitación parlamentaria del texto.

La Ley Rhodes, como se ha llamado por el apoyo del pianista a este proyecto, se presenta como una ley que cambiará el paradigma sobre la infancia, al promover la escucha activa de niños, niñas y adolescentes. Entre los cambios de calado que incluye están la ampliación hasta los 35 años de la edad del momento en que empieza a contar el plazo de prescripción de abusos a menores o el fijar el deber de toda la ciudadanía de poner en conocimiento de las autoridades cualquier situación de violencia contra la infancia de la que tenga constancia.

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Otro de los cambios de calado que se introdujeron en el Congreso es la prohibición del Síndrome de Alienación Parental (SAP), el supuesto síndrome que describe una situación en la que un progenitor aliena a su hijo o hija contra el otro alegando con falsas acusaciones de agresión sexual o malos tratos, que es una figura sin respaldo de la comunidad científica y desaconsejada por el propio Consejo General del Poder Judicial. También s establece la obligatoriedad de utilizar la prueba preconstituida hasta los 14 años, evitando la revitalización que supone para una víctima declarar en repetidas ocasiones.

En su paso por la Cámara Alta, que dio su visto bueno a la ley el 12 de marzo, el texto sufrió algunas enmiendas. Allí se añadió al texto la prohibición de los desnudos integrales y exploraciones genitales para la determinación de la edad de los niños y niñas migrantes. Este apartado evitaría casos como el de Arcange, una niña de 16 años que llegó a España con 16 años, en agosto de 2017 desde Camerún y fue sometida a estas prácticas, algo por lo que España fue reprendida por la ONU. Aunque finalmente no se ha llegado a acuerdo para suspender los desahucios de familias con menores y tampoco se incluye la prohibición de la entrada de los niños y niñas a espectáculos taurinos.

Las enmiendas del Senado incluyeron en el texto también la regulación del uso de contención mecánica de las personas menores de edad en centros para niños y adolescentes. Aunque no prohíbe, establece que se debe garantizar en su uso “el cumplimiento de los principios de excepcionalidad, necesidad, proporcionalidad, provisionalidad y prohibición del exceso, así como su aplicación como último recurso”.

Un cambio importante es el cambio en los delitos del odio, en cuya definición de incluye la aporofobia como motivo de discriminación, además de la edad 

Además, el senado estableció un plazo de seis meses para crear el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y la Adolescencia en un plazo de seis meses. 

Un cambio importante que ha pasado desapercibido es el cambio en los delitos del odio. La ley configura una nueva regulación de los delitos de odio, a la cual se incorpora la edad como una causa de discriminación. Asimismo, se ha aprovechado la reforma para incluir la aporofobia y la exclusión social dentro de estos tipos penales, con lo que la aversión o desprecio a las personas pobres queda también incluida entre los motivos de los delitos de odio.

Entre las propuestas que se debatieron en el Senado y quedan fuera se encuentran la prohibición de los desahucios en los casos en los que haya niños o niñas en la vivienda y la prohibición de la asistencia de menores a espectáculos taurinos. 

La ley tiene el respaldo de las grandes organizaciones de infancia, que la han promovido con la petición además de que se tramitara de urgencia.

Ley de infancia y perspectiva de género

Uno de los debates que ha acompañado el desarrollo de esta ley de infancia es el de la necesidad de incorporar a la versión inicial la perspectiva de género. De hecho, el Ministerio de Igualdad hizo varias propuestas. También se pronunciaron diferentes organizaciones especializadas en abusos sexuales a la infancia sobre los vacíos del texto a este respecto.

Tras analizar el texto de la ley que llega hoy al Congreso, la Asociación Galega contra o Maltrato a Menores (Agamme) advierte de que, como ya han venido señalando en la diferentes fases de su tramitación, la ley entra en algunas incongruencias. La más significativa sería que, pese a que la ley plasma la prohibición del Síndrome de Alienación Parental —“los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración”—, crea luego algunas grietas por las que este puede colarse.

La asociación Agamme alerta sobre el artículo 28, que valida el uso de la figura del coordinador parental que en la práctica se utiliza como una herramienta del síndrome de alienación parental

Agamme, cuyo análisis apoyan varias organizaciones feministas y de derechos de la infancia, señala en concreto el artículo 28 de la ley, que establece que “el juzgado que conozca de un procedimiento derivado del conflicto parental, en el caso de que lo considere beneficioso para el niño, niña o adolescente, podrá derivar a los progenitores, tutores y guardadores legales a servicios de mediación o conciliación”. Este artículo, entienden estas organizaciones, supone una validación de la figura del “coordinador parental”, una figura que no tiene anclaje jurídico y que expertas han denunciado como herramienta del síndrome de alienación parental. Además, alerta Agamme, introduce un lenguaje afín al síndrome de alienación parental y negacionista de la violencia de género al generalizar el término de “conflicto parental”.

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Este término es también problemático en otro aspecto, ya que la ley determina que puede ser uno de los factores de riesgo que lleve a declarar una situación de desamparo. “En la definición de riesgo, debe ser eliminada la expresión “conflicto familiar” dado que lo que supone riesgo es la existencia de violencia, no el conflicto. Esto afectaría al 100% de los casos en los que una madre denuncia violencia por parte del progenitor”, argumentan.

Agamme espera que esta enmienda, introducida por el PP en el Senado, pueda ser debatida y modificada en el Pleno de este jueves.

Por último, Agamme advierte sobre la posibilidad que deja la ley a que un acusado de abusos sexuales pueda estar presenta en la declaración de la víctima —el texto pide evitar la confrontación visual, lo que no impide que compartan sala— y del problema que puede suponer la obligación del progenitor custodio de obtener el permiso del no custodio para el cambio de domicilio, un cambio que puede perjudicar severamente a mujeres víctimas de violencia de género, dando poder de control a los maltratadores.

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#90757
22/5/2021 15:28

La alienación parental existe, la puede ejercer la madre o el padre. Negar eso es absurdo.

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#90563
20/5/2021 18:01

Un paso de gigante en la protección integral de la infancia y adolescencia.

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#90535
20/5/2021 12:40

Espero que la ley castigue con cárcel a las autoridades que torturan a la infancia encerrándola, tapándoles la boca, impidiéndoles acceder al ocio...

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#90517
20/5/2021 9:32

No hemos de olvidar d SAP nada, d maneras d tratar d manipular alguna, alguno d los adultos, desde luego. Negarlo es negar la realidad.

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Marc
20/5/2021 10:52

Anónimo = Troll
Hasta cuando lo vamos a permitir?

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