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Derechos Humanos
Clínicas jurídicas: espacios de resistencia dentro de las facultades de Derecho
Un acercamiento a la realidad de las Clínicas Jurídicas, grandes desconocidas entre profesionales del Derecho, estudiantes y la práctica totalidad de la comunidad universitaria, espacios posibles de resistencia y de defensa de los derechos fundamentales.
La lucha por los derechos civiles, el feminismo y el anti-belicismo irrumpieron fuertemente en la escena sociopolítica estadounidense en los años 60 y 70 del siglo XX. Así, profundamente influenciada por la fuerza de estos movimientos, en la segunda mitad de la década de 1970 una nueva generación de futuros profesionales comenzó sus estudios legales. De ella surgió la primera ola de académicos de lo que en inglés se conoce como Critical Legal Studies (CLS), un movimiento en sí mismo que nació como una posición crítica hacia las políticas internas estadounidenses, pero que evolucionó hasta fijar su foco crítico de forma más amplia en la ideología legal dominante en la sociedad occidental moderna.
Hoy en día la CLS es una escuela de teoría crítica que cristaliza una gran variedad de opiniones y visiones. Sus adherentes afirman que las leyes resultan ser una forma codificada de los prejuicios sociales contra los grupos marginalizados, y que se utilizan para mantener el estatus quo de las estructuras de poder de la sociedad. Entre los objetivos clave de esta escuela se encuentra demostrar y publicitar los resultados históricos, sociales, económicos y psicológicos de las decisiones legales que se toman a la luz de doctrinas jurídicas supuestamente imparciales y rígidas.
En estos espacios tan concretos equipos de estudiantes trabajan de forma continua con casos y clientes reales, siempre con la tutorización de docentes y en ocasiones de letradas y letrados colaboradores, buscando dar respuesta a las necesidades de la sociedad.
Pilar Fernández y Andrés Gascón forman parte del equipo docente de la Clínica Jurídica per la Justícia Social de la Universitat de València, y nos cuentan que este Derecho crítico es precisamente lo que intenta enseñarse a los alumnos en las Clínicas Jurídicas. Estas Clínicas, a pesar de su nombre, son espacios existentes dentro de algunas Facultades de Derecho, y son un agente muy importante en la promoción y la protección de los derechos humanos. En nuestro país su existencia no solo es desconocida para el gran público, sino que también suele serlo para la propia comunidad universitaria y los operadores jurídicos. Desde su experiencia tras años de trabajo duro y desinteresado en la práctica clínica, Fernández y Gascón nos facilitan una definición más extensiva de las Clínicas y una visión de su funcionamiento y su relación con el resto del sector jurídico español.
Las Clínicas, dicen, son comunidades de práctica jurídica que se alejan del centro reproductor de la hegemonía que suponen las propias Facultades de Derecho. Es necesario tener en cuenta que las ya de por sí desplazadas asignaturas que plantean un estudio crítico de esta ciencia se vieron aún más arrinconadas tras la implantación del Plan Bolonia. Se erigen las Clínicas, entonces, como espacios de resistencia tanto hacia las rígidas estructuras jerárquicas que reinan en las instituciones en las que se localizan, como hacia el sistema en general. Suponen un ejercicio de la justicia social en medio de un ambiente propicio al estudio de asignaturas que quedan al servicio de la economía del mercado y el capitalismo.
En estos espacios tan concretos equipos de estudiantes trabajan de forma continua con casos y clientes reales, siempre con la tutorización de docentes y en ocasiones de letradas y letrados colaboradores, buscando dar respuesta a las necesidades de la sociedad. Así, las Clínicas “siempre tienen un componente formativo, pero al mismo tiempo de defensa de los derechos y del acceso a la justicia de colectivos en situación de vulnerabilidad o excluidos del sistema”. En Valencia, por ejemplo, se llevan a cabo tareas tan diversas como la redacción de informes sobre las consecuencias negativas de planes urbanísticos o sobre la vulneración de estándares internacionales de protección de derechos humanos, o la alfabetización jurídica básica en cuestiones esenciales del derecho a colectivos que lo requieren.
La Clínica Jurídica per la Justícia Social se enmarca, como tantas otras, en la Red Española de Clínicas Jurídicas, agrupación que comenzó a articularse a partir de 2007 con el objetivo de difundir la enseñanza legal clínica y que está compuesta por un amplio número de miembros repartidos por la geografía española. De la acción conjunta llevada a cabo durante el estado de alarma por diez integrantes de esta Red, resultó la Guía Jurídica Básica frente al COVID-19, que fue publicada el pasado 29 de mayo y que tiene como finalidad “facilitar instrumentos adecuados para la protección y defensa de los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad y hacer frente a las dificultades” que han surgido como consecuencia de la llegada del virus a nuestras vidas.
Tal como sucede con la amplitud de opiniones que existe entre los académicos de la CLS, aunque las Clínicas tengan unos objetivos clave comunes, las especializaciones que siguen y los modos de trabajar varían entre una y otra, tanto en España como en el extranjero. Así, por ejemplo, dentro de nuestras fronteras varía la relación que tienen las diferentes Clínicas con el gremio de la abogacía de las ciudades en las que radican. Mientras que en algunos lugares tal relación aún no se ha iniciado, en otros se da una colaboración estrecha, lo que se traduce en beneficios para todas las partes: las profesionales de la abogacía aportan al alumnado la visión una experiencia de la práctica del derecho de la que carece el profesorado, y el alumnado puede colaborar activamente con el trabajo que realizan los profesional del derecho y aprender a poner en práctica los conocimientos adquiridos a lo largo de su formación en situaciones reales. Muchas veces esta relación o falta de ella puede venir condicionada por la percepción de una posible competencia desleal por parte de las clínicas al gremio de la abogacía. Fernández y Gascón son de la opinión de que el espacio compartido de colaboración está perfectamente delimitado, dado que, por un lado, la abogacía es una profesión regulada y para cuyo ejercicio es necesaria la colegiación, y por otro, las áreas en las que trabaja el estudiantado de las clínicas no siempre obtienen una respuesta por parte de los despachos de abogados (temas de defensa internacional de derechos humanos, asuntos de discriminación interseccional, amicus curiae ante tribunales internacionales, etc.). Gabriel Moreno, Doctor en Derecho de Constitucional, no tiene tan claro este punto de vista, y por ello aboga más por un modelo exclusivamente centrado en las tareas de investigación y en las relaciones institucionales.
Sea como sea que operen las Clínicas, está claro que buscan mejorar la calidad de vida de la población de una forma más o menos directa, y que cumplen una importante labor en la promoción y la protección de los derechos humanos
Moreno, que tras haberse doctorado en la Universitat de València ha vuelto a su tierra natal para incorporarse a la Cátedra de Derecho Constitucional en Cáceres, planea precisamente que estas características sean las que definan la Clínica que quiere poner en marcha en la UEx. Este joven profesor también defiende que es necesario reforzar la idea de que la universidad ha de sobrepasar los límites de lo académico para servir al interés general de la región, poniendo los conocimientos al servicio de determinados proyectos para mejorar la realidad de ésta.
Teniendo en cuenta los retos inmediatos a los que se enfrenta Extremadura —entre los que se encuentran la desertificación y la despoblación—, lo ideal sería, cuenta Gabriel, que esta futura Clínica acogiera a los estudiantes con un claro interés en el ámbito del Derecho para que hicieran estudios concretos que identificaran las problemáticas jurídicas surgidas en esta particular coyuntura y propusieran mejoras para solucionarlas. Tales estudios se realizarían en colaboración con organizaciones, sociedad civil e instituciones públicas, con la esperanza de abrir canales permanentes para que los participantes de la clínica pudieran optar “no con ventaja, pero sí con más experiencia” y un perfil más especializado, a determinados programas de becas que estuvieran relacionados con la práctica clínica.
En definitiva, y sea como sea que operen las Clínicas, está claro que buscan mejorar la calidad de vida de la población de una forma más o menos directa, y que cumplen una importante labor en la promoción y la protección de los derechos humanos. En palabras de la promoción de primavera de 2019 de la Clínica Jurídica per la Justícia Social, “las clínicas abren los horizontes de las estudiantes, a la vez que nos mantienen los pies en el suelo al acercarnos a las realidades sociales mediante el contacto directo continuo con usuarios. Nos proporcionan la posibilidad de comenzar a devolver a la sociedad todo lo que de ella previamente hemos recibido, motivándonos en la práctica del Derecho y de la Justicia Social”.