Crisis climática
Una histórica sentencia de Estrasburgo liga la inacción climática a la violación de derechos humanos

Los seis jóvenes que demandaron a 33 países por inacción climática ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no han visto prosperar su demanda, algo que sí han conseguido las 2.000 mujeres que forman Klimaseniorinnen en el caso de Suiza. La sentencia abre la puerta a nuevos litigios por la inacción climática en 46 países, entre ellos España.
Klimaseniorinnen setencia estrasburgo
Integrantes de Klimaseniorinnen celebran el fallo en el Tribunal de Estrasburgo. Foto: Shervine Nafissi / Greenpeace

Coordinador de Clima y Medio Ambiente en El Salto. @PabloRCebo

9 abr 2024 12:15

Son seis jóvenes portugueses que van a vivir un recrudecimiento de la crisis climática que no sufrirán, por una simple cuestión de edad, ni los jueces que han decidido su caso, ni la inmensa mayoría de los responsables a quienes acusan. Nacieron entre 1999 y 2012 —tienen entre 11 y 24 años— y denunciaron en 2020 a nada menos que a 33 países por no frenar la crisis climática ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Hoy, 9 de abril, los jueces han dictado sentencia.

Tras haber escuchado el pasado 27 de septiembre los argumentos de los demandantes y de los representantes de las naciones acusadas, la Gran Sala del TEDH ha señalado como “inadmisible” la demanda de los seis jóvenes, en lo que supone un jarro de agua fría en el frente judicial contra la crisis climática: los llamados “juicios climáticos estratégicos” que se vienen dando en los últimos años con el objetivo de forzar a las naciones a enfrentar de forma realista el cambio climático mediante decisiones judiciales.

Para la demanda frente a 32 estados, los jueces señalan un conflicto de competencias territoriales para justificar su decisión: “La competencia territorial quedaba establecida respecto de Portugal, mientras que no podía establecerse ninguna competencia respecto de los demás Estados demandados”, indica el texto, que no podrá ser recurrido. Asimismo, en lo referente a Portugal, país del que son ciudadanos los seis jóvenes, el Tribunal declara también inadmisible la demanda “por no agotamiento de los recursos [judiciales] internos”.

Inés Díez: “La sentencia de Klimaseniorinnen reconoce una violación del Convenio en el caso de los Estados cuando hay inacción en lo referente al cambio climático”

Sin embargo, el fallo no supone que los seis jóvenes hayan agotado sus opciones para continuar con el proceso en Portugal. “No han perdido”, matiza la responsable del área jurídica de Greenpeace España, Inés Díez. “Para acudir al TEDH tenían que agotar todas las vías internas, pero fueron directamente al tribunal. Sin embargo, este no niega que pueda haber habido una violación del Convenio [Europeo de Derechos Humanos], simplemente no entra a ello”.

Suiza, condenada

No todo son malas noticias para la lucha climática. Además de la sentencia del caso de los seis jóvenes, el TEDH dictaba este martes sentencia sobre otros dos litigios climáticos de importancia. Por un lado, las conocidas como KlimaSeniorinnen (Mujeres mayores por el Clima), un grupo de más de 2.938 mujeres suizas de más de 65 años, iniciaron en 2016 un caso por el que acusan al Gobierno de su país de inacción ante el cambio climático, alegando que sus vidas y su salud están amenazadas por las olas de calor provocadas por la crisis climática. En este caso, la demanda ha prosperado.

El Tribunal considera, con 16 votos frente a uno, que se ha producido una violación del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (derecho al respeto de la vida privada y familiar) y de artículo 6.1 (derecho al acceso a un tribunal independiente e imparcial), este último por unanimidad. La Corte sostiene que el artículo 8 de la Convención “establece un derecho a una protección efectiva, mediante autoridades estatales, contra los graves efectos nocivos del cambio climático sobre la vida, la salud, bienestar y calidad de vida”.

Clima jovenes Portugal
Seis jóvenes portugueses denuncian a 32 gobiernos europeos por inacción climática. Foto:Glanlaw

La sentencia establece que “el proceso de establecimiento del correspondiente marco normativo nacional contenía graves deficiencias, entre ellas que las autoridades suizas no cuantificaron, mediante un presupuesto de carbono u de otro modo, los límites nacionales de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI)”. Además, recuerdan que Suiza no había alcanzado sus objetivos anteriores de reducción de emisiones. Es por ello que los jueces declaran que “las autoridades suizas no han actuado de manera oportuna y adecuada al concebir, elaborar y aplicar la legislación y las medidas pertinentes en el presente caso”.

Cláudia Duarte Agostinho:“Desde que comenzó nuestro viaje, hemos vivido olas de calor récord que nos atrapan en nuestros hogares”

Como señalaba Anne Mahrer, copresidenta de las Klimaseniorinnen, la razón de su demanda se basaba en que “Suiza está haciendo muy poco para contener la catástrofe climática”. “El aumento de las temperaturas ya está teniendo serios impactos en nuestra salud física y mental. El gran aumento de las olas de calor nos está haciendo enfermar a las mujeres mayores”, añadía.

Por otra parte, en lo que era la tercera gran sentencia climática en el TEDH este martes, el Tribunal se ha pronunciado sobre la demanda de Damien Carême, exalcalde de la pequeña ciudad de Grande-Synthe, en el norte francés, amenazada por el aumento del nivel del mar debido a la crisis climática y el deshielo polar. El hoy eurodiputado Carême, que ya llevó al Estado galo a los tribunales por inacción climática ante el Consejo de Estado, y que perdió su alegato ante el alto tribunal administrativo francés, ha perdido finalmente su batalla en el TEDH.

Camino al paraíso
Camino al paraíso Frente judicial
Como esto de la crisis climática va con todo el mundo —literalmente— hay que atacar las acciones y políticas que la causan, así como a sus responsables, en todos los frentes. Por supuesto, también en el judicial.

Al igual que en el caso de los jóvenes portugueses, los jueces han declarado de forma unánime como “inadmisible” la causa. Si bien el ex regidor señalaba que Francia no había tomado medidas sufcientes para prevenir la crisis climática y que este fracaso suponía “una violación de su derecho a la vida y de su derechos al respeto de la vida privada, familiar y de su hogar”, el Tribunal dicta que el demandante no podía tener la condición de víctima al no residir en Francia y no tener actualmente vínculos relevantes con Grande-Synthe.

Siete años de proceso

El caso de los jóvenes portugueses —conocido como ‘Duarte Agostinho y otros contra Portugal y otros 32’ o Youth4ClimateJustice— comenzó en 2017, año en que los incendios forestales se cebaron especialmente con Portugal. Entre otros sucesos, la ola de calor de junio provocó un gigantesco incendio originado en Pedrógão Grande, en el centro del país, en el que murieron 64 personas. Los jóvenes decidieron entonces organizarse contactando con la Red Global de Acción Legal (Global Legal Action Network, GLAN) con un objetivo claro: protegerse de violaciones de derechos humanos debido a la catástrofe climática en el presente y futuro.

Tal como señala Greenpeace, el Estado español “podría resultar condenado por vulnerar los derechos humanos de las generaciones presentes y futuras ante su falta de ambición en la lucha contra el cambio climático”

Como señalaba Cláudia Duarte Agostinho, una de las jóvenes querellantes, días antes de conocerse el veredicto, “desde que comenzó nuestro viaje, hemos vivido olas de calor récord que nos atrapan en nuestros hogares y agotan nuestra energía”. El aumento de las temperaturas y de los fenómenos extremos es un hecho que se va acelerando, tanto en la península Ibérica como en el mundo, una deriva en la que se han dado hitos como el hecho de que 2023 haya sido el año más cálido jamás registrado por los seres humanos sobre la Tierra. “La incapacidad de los gobiernos europeos para reducir sus emisiones con la suficiente rapidez está contribuyendo a que en el futuro nos enfrentemos a un calor insoportable y a fenómenos meteorológicos extremos”, lamentaba Duarte.

Puerta a nuevos litigios

Los juicios planteados hoy eran de especial importancia por varias razones Para empezar, son los primeros procesos climáticos juzgados en el TEDH. Además, en el caso del planteado por Martim Duarte y sus cinco compañeros, era la primera vez que tantos países tendrían que defenderse del Tribunal de Estrasburgo: los 27 integrantes de la UE, más Noruega, Suiza, Turquía, el Reino Unido y Rusia, los que hoy han salido ilesos.

Sin embargo, la clave está en las consecuencias para las legislaciones nacionales que plantean estas decisiones para los 46 Estados que forman parte del Consejo de Europa, ámbito de actuación del Tribunal. Tal como señala Inés Díez, responsable del área jurídica de Greenpeace España, organización que ha estado muy presente en el juicio de las Klimaseniorinnen, “las sentencias del TEDH tienen una amplia repercusión, pues son aplicables en todos loa países del Consejo de Europa”. Calificando el fallo respecto al caso de las mujeres suizas como “histórico”, la abogada destaca su importancia porque “reconoce una violación del Convenio [Europeo de Derechos Humanos] en el caso de los Estados cuando hay inacción en lo referente al cambio climático o no se están tomando medidas para reducir las emisiones”.

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Como continúa Díez, la sentencia “abre la oportunidad de acudir al Tribunal con otras demandas y otros colectivos”, creándose juridisprudencia que los tribunales de los 46 Estados deberán acatar.

España, como país integrante del Consejo de Europa, bajo el paraguas del TEDH, es uno de los países afectados, pues debe ajustar la interpretación de los contenidos de los derechos humanos a las sentencias del Tribunal de Estrasburgo. Tal como señala Greenpeace, el Estado español “podría resultar condenado por vulnerar los derechos humanos de las generaciones presentes y futuras, ante su falta de ambición en la lucha contra el cambio climático”.


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