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La madrugada del 3 de febrero de 2018, Monsif, un joven de 23 años, murió al caer desde un muro de más de ocho metros de altura después de recibir un rasgo de pistola eléctrica Taser X26 por parte de un agente de la Policía Local de Peñíscola (el Baix Maestrat). La gravedad de los hechos y algunas “incongruencias” provocaron que la familia del joven interpusiera una denuncia por un presunto delito de homicidio imprudente y omisión del deber al auxilio.
Cinco años después, la causa continúa en fase de instrucción. Durante este tiempo, sin embargo, el agente ha continuado ejerciendo como policía local y ha sumado al menos una mancha más en su currículum. Según ha certificado la Directa, el agente que disparó a Monsif es el mismo que está siendo investigado por una presunta agresión contra un joven migrante el pasado mas de octubre en Burjassot.
La Directa ha podido consultar documentos judiciales de los dos casos en los cuales está siendo investigado, así como resoluciones públicas de administraciones locales para las cuales ha trabajado. La comparativa de los datos personales -nombre, apellido y DNI- que aparecen en los diferentes documentos nos permite confirmar que se trata del mismo agente.
El agente G.G.O. fue imputado durante su etapa en la Policía Local de Peñíscola (el Baix Maestrat) a raíz de la muerte de un joven migrante de 23 años a quien disparó con una pistola eléctrica.
Su identidad corresponde a las iniciales G.G.O. Desde el año 2008 se ha presentado a varias oposiciones a policía local convocadas por ayuntamientos, como el de Puçol, Burriana, Benicarló o Burjassot; y en 2018 trabajaba como policía local interino en Peñíscola. El rastreo de los datos públicos sobre su trayectoria profesional verifica que, después de su paso por Peñíscola, se presentó a unas oposiciones convocadas por el Ayuntamiento de Rocafort (València) para cubrir cinco plazas de agente de la Policía Local. Superó el proceso de selección y, a principios de 2022, empezó a trabajar como agente en prácticas en Rocafort, municipio con que Burjassot tiene un convenio en materia de seguridad.
En el País Valenciano, para dejar de ser agente en prácticas y adquirir la condición de personal funcionario de carrera en el cuerpo de la Policía Local, según establece la ley 17/2017, de coordinación de policías locales, hay que superar la oposición convocada por el ayuntamiento y aprobar el curso de formación de siete meses que realiza el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (IVASPE). Hasta que no superan el curso, los aspirantes a funcionario pueden trabajar, pero ostentan la condición “de agente en prácticas”. Esta categoría tiene una serie de limitaciones como, por ejemplo, la prohibición de llevar armas de fuego o no poder patrullar solos.
La familia de la víctima de Peñíscola también lo acusa de un presunto delito de omisión del deber al auxilio
Según ha confirmado el concejal de Seguridad Ciudadana de Rocafort, Guillermo José Gimeno (Ciutadans), después de la denuncia interpuesta por la víctima de la agresión, el Ayuntamiento incoó un expediente disciplinario a G.G.O. que, tal como ha podido comprobar la Directa, se ha suspendido hasta que se resuelva el procedimiento penal. Hace un mes, lo trasladaron al IVASPE para que hiciera el curso.
Durante los meses de formación, los agentes dejan de desarrollar sus funciones, pero, tal como explica Gimeno, continúan recibiendo su sueldo y se los reserva la plaza que estaban ocupando para reincorporarse si lo aprueban. Hay que destacar que, según reconoce el IVASPE, es habitual que un policía esté “en prácticas” durante varios años: “Si el Ayuntamiento no nos lo envía porque necesitan agentes, se pueden tirar uno o dos años bajo esta condición”.
A la vez, la ley 17/2017 permite que, cuando concurran “motivos de urgencia o necesidad” y no sea posible cubrir las plazas vacantes de agente de policía local mediante el procedimiento ordinario, los ayuntamientos puedan nombrar policías locales interinos. Para conseguir un contrato de interinidad —con una vigencia máxima de tres años—, no hay que haber aprobado el curso del IVASPE, solo superar las pruebas teóricas, físicas y psicotécnicas que convoca la administración local correspondiente.
Los agentes interinos, según la ley, “tendrán que limitar sus funciones a las de la policía administrativa, custodia de edificios, medio ambiente, tráfico y seguridad viaria”
Los agentes interinos, según la ley, “tendrán que limitar sus funciones a las de la policía administrativa, custodia de edificios, medio ambiente, tráfico y seguridad viaria”. Es en esta restricción donde cae uno de los argumentos principales porque la familia de Monsif y su abogado exigen que se investigue la actuación de G.G.O. en el momento de la muerte. “El policía era interino, por lo tanto, no podía ejercer funciones de seguridad ciudadana, y duda mucha que pudiera utilizar una pistola eléctrica”, remacha el abogado. La Directa se ha puesto en contacto con el Ayuntamiento de Peñíscola para preguntar sobre su contrato de interinidad y la supuesta autorización de la Taser, pero en el momento de publicar el artículo no han recibido respuesta.
La muerte de Monsif
En marzo de 2019, el juzgado de instrucción número 4 de Vinaròs sobreseyó provisionalmente la investigación de la muerte de Monsif “porque no quedaba debidamente justificada la perpetración del delito”. La familia no dudó a interponer recurso y, contra todo pronóstico, un año después, la sección segunda de la Audiencia de Castelló lo aceptaba y ordenaba nuevas diligencias. Pedía un informe al servicio de criminalística de la Guardia Civil de Castelló sobre varias comprobaciones prácticas del uso la pistola eléctrica Taser X26 con número de serie X00-417787 —como, por ejemplo, si el disparo afecta directamente al sistema motor o si para paralizar a la persona hace falta que los dardos queden anclados, perforando la piel. También exigía en el Ayuntamiento de Peñíscola una copia de la resolución que posibilitaría al agente investigado usar la Taser y requería el testimonio del propietario de un bar próximo al lugar de los hechos.
Según se recoge en la resolución de la Audiencia, Monsif fue perseguido por la Policía Local como sospechoso de participar en varios delitos de robo con fuerza. Justo cuando estaba “acorralado” por los agentes se encontraba en “una plataforma contigua a un muro” y fue entonces cuando cayó golpeándose “violentamente” contra el suelo. Hasta aquí el relato imparcial. La controversia recae, según los magistrados que reabren el caso, en la causa que motivó la caída del joven. Es decir: si cuando el agente disparó, el joven estaba subiendo al muro o ya había subido y el efecto paralizante del disparo le hizo caer; o si, por el contrario, el policía falló el disparo y, entonces, Monsif quiso saltar para escapar y cayó al suelo.
En caso de que se demuestre la primera causalidad mediante pruebas periciales y testigos presentes, los magistrados consideran que el arma habría sido “negligentemente utilizada”. Entonces, defienden que habría que ir a juicio y entrar a analizar la segunda cuestión: si era conveniente emplear una arma eléctrica contra una persona que estaba subida a un muro, así como si “el agente investigado, por ser interino, podía usar una Taser”.
El uso de la Taser por agentes interinos
Los magistrados de la sección segunda de la Audiencia de Castelló señalan que el hecho que el agente fuera interino no supone “impedimento” para usar una Taser, puesto que, según la definición del Reglamento de Armas español, no se trataría de una arma de fuego. Aun así, si nos atenemos en el artículo número 5 del mismo reglamento, la tenencia y uso de “las defensas eléctricas” es exclusiva para “funcionarios especialmente habilitados”. Es precisamente para demostrar su “habilidad” que G.G.O. aporta a los tribunales un certificado en inglés, al cual ha tenido acceso la Directa, sobre la instrucción que habría recibido para utilizar una pistola Taser X26. En este documento, aparece su nombre y apellidos, pero no se especifica la fecha de emisión, solo la fecha de validez: hasta el 5 de octubre de 2019. Para el abogado de Monsif y su familia, el diploma “en ningún caso sirve para su habilitación”. “Busca eludir su responsabilidad o errar al juez”, recalca en el recurso.
El abogado también critica que el juzgado de Vinaròs sobresea provisionalmente la causa fundamentándose “totalmente y absolutamente en la declaración del investigado” y haciendo caso omiso a las “contradicciones” en el relato de los agentes que fueron testigos de la muerte. Tanto G.G.O. cómo otro de los policías presentes declararon que el perseguido “se abalanzó contra ellos con un objeto punzante”. En ese momento, G.G.O. le ordenó que se parara y, según afirma, Monsif “se paró, se desvió un poco”, y decidió disparar “valorando la integridad de todos los intervinientes”, tal como se lee en el recurso. Lo que al parecer del abogado resulta inexplicable en esta versión es por qué los filamentos de la Taser impactaron en la espalda, si supuestamente el joven se lanzó contra ellos. Un tercer agente presente en el lugar de los hechos declara que no sabe por qué los impactos son por detrás.
La abogada de G.G.O. y la Fiscalía, en cambio, defienden que la actuación del agente se ajustó al protocolo de uso de la Taser, así como a la situación de riesgo derivada de la supuesta intención de Monsif de abalanzarse contra los agentes con un objeto peligroso. También argumentan que el disparo de la pistola no habría podido paralizar el joven, porque uno de los dardos no se clavó en su cuerpo.
Se da la circunstancia que la letrada de la defensa del policía en el caso de Peñíscola lo hace también en la causa de la presunta agresión racista en Burjassot, que quedó documentada gracias al video que grabó un vecino
Se da la circunstancia que la letrada de la defensa en el caso de Peñíscola lo hace también en la causa de la presunta agresión racista en Burjassot, que quedó documentada gracias al video que grabó un vecino desde el balcón de su casa. La víctima interpuso una denuncia contra el agente que le propinó un puñetazo en el estómago y el resto de policías presentes. Según ha podido comprobar la Directa, el agente que le golpea y a quien posteriormente se le estudia incoar un expediente disciplinario es G.G.O., con carné profesional número 51. Desde València Acull, entidad que acompaña jurídicamente al joven, denunciaron que este episodio de violencia policial es un ejemplo paradigmático de “racismo institucional” y pidieron poner fin a la impunidad policial, “activando mecanismos de control y evaluación interna”.
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Esta clase de gentuza, muchísimas veces con actuaciones abusivas-criminales con alevosía, se deben creer en su mentalidad de talibanes-integristas que ser bien educados, demócratas, respetuosos con las libertades múltiples de los seres humanos, etc., etc. debe ser algo así como una gravísima tara para ellos.
En fin, aquí está el vídeo del "héroe" de turno y la actuación también "heroica" de sus compinches de turno:
https://www.youtube.com/watch?v=Vk3HMdVBiDo