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En estos días, desde diversas fuentes se ha abierto un debate en torno a si el aborto farmacológico telemático es legal o no en nuestro país. Ante lo cual, y por la seguridad sanitaria y jurídica de mujeres y profesionales, nos vemos obligadas y obligados a describir la situación.
En el caso que nos ocupa, hay que distinguir dos planos fundamentales, de una parte, el plano jurídico y de otra parte el plano médico. Desde la perspectiva legal, enviar material abortivo (pastillas) o mandar recetas de fármacos abortivos a casa de una mujer para realizar una interrupción voluntaria es totalmente ilegal de acuerdo a la legislación vigente en nuestro país.
Por más que desde algunos sectores se plantee que las páginas web de determinadas organizaciones que realizan estos envíos o mandan estas recetas, desarrollan una labor meramente informativa y que la libertad de expresión las ampara; tenemos que saber que la actividad médica y la información sanitaria no se rigen por la libertad de expresión o de información generalista como argumentan estas asociaciones. Las prácticas sanitarias y la información asociada a las mismas, también en el aborto provocado, se rigen por las normas y las leyes relacionadas con ellas: Ley de Autonomía del paciente, Ley General de Medicamentos... y, sobre todo, en el caso que nos ocupa, por la Ley de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción Voluntaria del Embarazo, que dice explícitamente en su articulado que en nuestro país, solo se pueden hacer abortos en los centros que fueron acreditados para realizar IVE por las administraciones sanitarias autonómicas.
Se puede hacer incidencia política y social para cambiar la legislación, pero no incitar a realizar actos ilegales
Podemos estar o no de acuerdo con la Ley, con las leyes, pero la norma, hoy por hoy, es la que es, y conducir a las mujeres a entrar en un círculo de ilegalidad para obtener un aborto, no nos parece la mejor de las opciones. Si no se está de acuerdo, se puede hacer incidencia política y social para cambiar la legislación, pero no incitar a realizar actos ilegales. Por otra parte, facilitar dicha medicación está penada con penas de inhabilitación y cárcel, tal y como ha demostrado la reciente sentencia sobre el caso “Zamora”, donde unas personas se dedicaban a hacer llegar la medicación abortiva a las mujeres, sin control y saltándose la legislación vigente.
Por otra parte, no es cierto que no exista información, principal argumento de estas asociaciones, es posible que no sea suficiente, no lo es, que sea mejorable, que sea precaria desde las instituciones públicas que deberían ofrecerla, pero no es verdad que no exista. Las más de 25.000 visitas mensuales a nuestra página web así lo acreditan, también la labor informativa que realizan los/as profesionales cuando las mujeres acuden a sus centros sanitarios. Por otra parte, si las mujeres carecen de información ¿cómo llegan a abortar casi 100.000 mujeres en nuestro país?
Asimismo, no debemos olvidar que abortar a través de estas vías ilegales, tiene un coste económico para la mujer, algo que no debería ocurrir, ya que la IVE cuando se hace por cauces formales y legales, es una prestación gratuita, contemplada por el Sistema Nacional de Salud y financiada por este.
Desde el otro punto de vista, el estrictamente médico, tenemos que decir que el aborto farmacológico se realiza con dos medicamentos: Mifepristona y Misoprostol; pues bien, la Mifepristona no se vende en las farmacias y el Misoprostol no se vende como medicamento abortivo.
No existe la posibilidad de que una receta enviada al domicilio de una mujer le abra la puerta de manera legal a una interrupción de su gestación
Para solucionar esta anomalía que venimos denunciando desde hace muchos años las y los profesionales de ACAI, la Agencia Española del Medicamento permite su “uso compasivo” en clínicas y hospitales para realizar los abortos previa firma de un consentimiento específico, sin el cual no se puede utilizar, por tanto, no existe la posibilidad de que una receta enviada al domicilio de una mujer le abra la puerta de manera legal a una interrupción de su gestación. La Ley es igual o debería serlo para todos/as, sea esta Normativa justa o injusta.
La Mifepristona que ya hemos dicho que no se vende en farmacias, sirve para interrumpir la gestación, el Misoprostol para expulsar el contenido uterino y sanitariamente hablando, deben usarse de manera combinada por la salud y seguridad de la mujer. Se pueden hacer abortos solo con Misoprostol, pero el proceso se alarga y la eficacia baja a menos del 70%. Por no hablar de lo que supone emocionalmente un proceso así para la mujer.
Desde ACAI podemos comprender que se recurra a estas prácticas en países donde el aborto es ilegal, como única alternativa posible, la menos riesgosa dentro de la situación. Entendemos que se planteen litigios estratégicos para legalizar este derecho de las mujeres en esos países en los que el aborto aun no es un derecho. No podemos entender, sin embargo, que se apueste por ello en países que como en España, existen leyes de aborto con cauces de acceso que garantizan la seguridad sanitaria a las mujeres y la seguridad jurídica de esas mujeres y de los y las profesionales.
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Que todo es mejorable, por supuesto, que hay obstáculos y barreras que superar, está claro, que hay que trabajar por que así sea, en ello estamos, pero no se debe empujar a mujeres y a profesionales a incumplir la Ley.
A las clínicas de IVE llegan mujeres que abortaron clandestina e ilegalmente a través de medicamentos que obtuvieron por cauces no formales. Llegan asustadas por sangrados excesivos, complicaciones, efectos secundarios que no saben manejar y también por fallo del método. ¿Es eso lo que queremos? Sabemos que las posiciones de este tipo que se hacen públicas, incrementarán estas situaciones y nosotras/os tendremos que enfrentarlas en nuestro día a día, algo que sin duda alguna no resulta deseable.
Al margen de lo anterior, o tal vez en la misma línea, pensamos que dispensar, recetar abortivos vía web, no es precisamente el mejor mecanismo para garantizar la protección de las menores que, en un número importante, abortan en España.
Y finalmente, si el proceso no sale bien, ¿quién es la responsable? ¿La mujer? Nos parece que está dejación de responsabilidades que supone el alejamiento del profesional del resultado del acto, además de ilícita, es peligrosa y un paso atrás en la calidad de la prestación del servicio sanitario.
Hacemos por tanto un llamamiento a las mujeres, a las asociaciones, a las y los profesionales para seguir trabajando con un objetivo común: superar las dificultades y obstáculos que una mujer encuentra en nuestro país en su acceso a la IVE, pero pedimos encarecidamente que no se tome la parte por el todo, que no se busquen atajos inseguros para las mujeres, que no se quiebre la seguridad jurídica que tanto nos ha costado conseguir.
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Este artículo no habla de todos los casos de mujeres migrantes que tienen que ser acompañadas a un centro de salud para que el médico las tome en serio. Ni de los paternalismos, humillaciones que hacen muchos de ellos. Si una quiere ahorrarse eso y se quiere responsabilizar, no hay Ley que valga. Qué rápido se acomodan al discurso de La Ley cuando se ha conquistado algún cacho de derecho. La ley la hacen los ricos para sus intereses, sea directamente o a través de los partidos. Si necesitan mano de obra y les va mejor prohibir abortar, lo harán, porque ellos siempre tienen sus clínicas privadas.
Tener leyes progresistas de nuestro lado está bien y es deseable. Pensar que siempre va a ser así o mejor, y defenderla como algo sagrado, es de propaganda burguesa.
Pues nada, ya sabes: si te quedas embarazada, los jueces se encargan de cuidar a tu bebé porque la legislación española dice que blablabla. En fin. Cada día mas claro que ser un desalmado sin escrúpulos es requisito indispensable para la judicatura.