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LGTBIAQ+
El caso de Andrea, que verá reconocida su identidad, abre una brecha para las personas no binarias en España
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ordena adecuar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de Andrea Speck, una persona de origen alemán que solicitó constar en este registro como persona de sexo “indeterminado”, “x” o “con una expresión equivalente”, tal y como ocurre en la documentación de su país de origen, Alemania.
La sentencia que da la razón a Speck y a la que ha tenido acceso El Salto explica cómo tuvo que elegir entre constar como “hombre” o “mujer” al rellenar su inscripción online pese a que en la certificación que se expide tras cumplimentar la solicitud en este registro se especifica el nombre, la nacionalidad, el domicilio, el número de identidad del extranjero y la fecha de registro de la solicitud, pero no el sexo, tal y como establece el real Decreto y la Orden por la que se dictan las normas para la aplicación de este instrumento.
Andrea es una persona no binaria y vive en Sevilla desde 2013. En 2017 trató de inscribirse en el Registro central de Extranjería como persona de género indeterminado. Al no conseguirlo, comenzó en 2018 el recorrido junto a su abogada que alianza un hito ahora con la sentencia firme del TSJA.
Andrea Speck trató de inscribirse en el Registro central de Extranjería como persona de género indeterminado en 2017 y decidió iniciar la vía judicial al no conseguirlo
La sentencia del superior corrige la de primera instancia, que desestimaba la pretensión de admitir una mención oficial a otro sexo que no fuera el de hombre o mujer, y argumenta que “resulta de todo punto aconsejable la uniformidad en la información”, ya que de constar de diferentes maneras se estarían distorsionando los datos.
Otra clave de la argumentación ha sido el hecho de que el Servicio Andaluz de Salud ya hubiera estimado su solicitud en un pronunciamiento favorable a una petición iniciada en 2018, de modo que en la tarjeta expedida por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía sí se explicita desde 2019 que su sexo es “indeterminado”.
Speck explica que llegó a presentar esta solicitud administrativa hasta tres veces desde 2015. Las dos primera, el silencio administrativo fue la respuesta. La tercera, recurso de alzada y comunicado al Defensor del Pueblo mediante, se tomó en cuenta su petición. Para conseguir ese reconocimiento se tuvo en cuenta la Ley integral para no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía —la ley trans andaluza, de 2014, primera en España— que, aunque no reconoce expresamente a las personas no binarias, sí parte del principio de autodeterminación de género.
“España no tiene que decidir nada, solo tiene que respetar el género que ya tengo reconocido en Alemania”, dice Speck, que es de origen alemán, donde existe una tercera casilla
La sentencia que reconoce a Andrea Speck como persona no binaria es un hito en la vía judicial iniciada en 2018. “España no tiene que decidir nada, tiene que respetar el género que ya tengo reconocido en Alemania y”, valora Speck, que “estaba harte de mentir”. “Cualquier formulario oficial te pregunta por el sexo: la declaración de Hacienda, la ayuda al alquiler, todos... y luego tienes que firmar que toda la información es correcta, cuando no lo es“, explica: ”Pero no es solo eso, sino sobre todo un problema de invisibilidad, en esos formularios yo no existo”.
El siguiente paso, explica, es esperar a que la Policía haga efectivo el cambio, algo que no sabe cuándo se va a hacer ni cómo. Después deberá armonizar toda la documentación de la que dispone en España para que sea coherente con su inscripción.
En cualquier caso, Speck dice estar “eufórique” y a la vez sentir el peso de la responsabilidad, ya que “se abre una brecha para plantear el reconocimiento de las personas no binarias en España, que es la siguiente batalla”.
Olga Burgos, su abogada, considera que este sentencia es pionera porque podría ser el primer pronunciamiento judicial en España que obligue a la administración pública a reconocer la pretensión de que una persona no binaria sea registrada con sus datos identitarios oficiales de su país de origen en España y sienta un precedente para casos se extranjeros con la identidad no binaria reconocida en sus países de origen. Malta, Países Bajos y Austria, además de Alemania, permiten una tercera casilla en Europa. También India, Nepal, Argentina, Canadá y Nueva Zelanda contemplan estas realidades. Burgos asesora a otras personas no binarias de nacionalidad española para quienes esta sentencia es un agarradero a pesar de que lo que fuerza a modificar en el Registro de Extranjeros, y en ningún caso el Registro Civil.
La solicitud de Darko Decimavilla
Dos días después de conocerse el caso de Andrea Speck, el Registro Civil de Madrid recibía la solicitud de reconocimiento como persona no binaria de Darko Decimavilla, quien ostenta la presidencia de la asociación No Binaries España. En su escrito, presentado el 3 de mayo y que ha podido conocer El Salto, pide al registro que se rectifique la mención relativa al sexo (actualmente, “varón”) por la de “persona no binaria” o “cualquier marcador de tercer género que este órgano estime adecuado”.
El escrito se acoge al procedimiento establecido por la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, aprobada el 16 de febrero, ya que la norma no establece en ninguno de sus artículos restricción alguna de que la rectificación registral de la mención de sexo esté limitada al binario: sus requisitos son los de ser mayor de 16 años y que la persona interesada presente la solicitud de su manifestación de disconformidad con el sexo mencionado en su inscripción de nacimiento. El documento entregado este miércoles también pide que, de considerarse que el caso del solicitante no entra en este ámbito, el cambio se solicita igualmente para adecuar la mención de sexo por considerar erróneo el registro, ya que no refleja la realidad del solicitante.
Darko Decimavilla, quien ostenta la presidencia de No Binaries España, presentó este miércoles un escrito al Registro Civil de Madrid para pedir su reconocimiento como persona no binaria
El escrito presentado por Decimavilla utiliza en su argumentación el caso de Andrea Speck ya que, aunque se refiera al registro de personas extranjeras y no al Registro Civil, sí demuestra dos cosas, explica su abogado, Saúl Castro. En primer lugar, “que el reconocimiento de las personas no binarias no genera inseguridad jurídica” ya que el TSJA ha dictado que debe primar la adecuación de la documentación a la realidad de las persona solicitante. En segundo lugar “reconocer a una persona extranjera no binaria ante el máximo registro para personas extranjeras en España mediante una tercera casilla implica una situación de discriminación para las personas no binarias de España”, dice Castro.
Castro, especializado en derechos LGTBIQ+, sabe que el camino iniciado este miércoles es de largo recorrido y, dependiendo de los siguientes pasos, puede establecer un precedente para otras personas no binarias vía reconocimiento en el Registro Civil o suponer el inicio de un camino que podría llevar al Constitucional o al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Darko Decimavilla, por su parte, se felicita por el reconocimiento de Andrea Speck y cree que la sentencia andaluza da nuevos argumentos para continuar con la interlocución política que se dio durante la tramitación de la Ley Trans, donde las personas no binarias quedaron fueran por las imposiciones del socio mayoritario, explica Decimavilla, quien fue intermediarie en las conversaciones con el Ministerio de de Igualdad durante el proceso de tramitación de esta norma.
Tres Comunidades Autónomas reconocen a las personas no binarias
La argumentación presentada por Decimavilla también hace referencia a las tres leyes autonómicas que sí reconocen a las personas no binarias y han creado mecanismos para que sean reconocidas administrativamente en documentos de ámbito autonómico —el Registro Civil es de competencia estatal—.
Así, la Ley 2/2022, de 23 de febrero, de igualdad, reconocimiento a la identidad y expresión de género y derechos de las personas trans y sus familiares en la Comunidad Autónoma de La Rioja permite el reconocimiento de las personas como no binaria se insta a proveer a toda persona que lo solicite de las acreditaciones acordes a su identidad de género manifestada.
En España existen tres leyes autonómicas que reconocen la existencia de personas no binarias y permiten documentos de ámbito autonómico reflejen esa realidad
También la Ley 2/2021, de 7 de junio, de igualdad social y no discriminación por razón de identidad de género, expresión de género y características sexuales de la Comunidad Autónoma de Canarias establece que en el ámbito de sus competencias se facilitará la identificación de las personas como mujer, hombre o persona no binaria.
La tercera ley autonómica de referencia es la Ley Foral 8/2017, de 19 de junio, para la igualdad social de las personas LGTBI+ de la Comunidad Foral de Navarra establece que las personas puedan ser tratadas de acuerdo con el sexo o género con el que se identifican, “sea este hombre, mujer u otro”, y se proveerá de una documentación administrativa adecuada conforme a su nombre y sexo sentidos.
En el ámbito europeo, el Consejo de Europa, en su resolución 2048, instó en 2015 a los Estados miembros a “considerar incluir una opción de tercer genero en los documentos para aquellas personas que lo deseen”.