Ley de Seguridad Ciudadana
Los puntos pendientes de la reforma de la Ley Mordaza

La policía dejará de tener principio de veracidad, pero solo cuando su relato no sea “lógico y coherente”. También se mantienen el registro de infractores y las multas a trabajadoras sexuales o a periodistas por tomar imágenes de la policía. Son algunos de los flecos de una reforma de la Ley Mordaza vendida como derogación pero que se limita a algunos pocos cambios.
Ley Mordaza entra en vigor
Protesta el 1 de julio de 2015 ante la entrada en vigor de las Leyes Mordaza Álvaro Minguito
30 nov 2021 06:24

Han hecho falta más de seis años para que comience a ser realidad el fin de la Ley Mordaza, la versión de la Ley de Seguridad Ciudadana aprobada por el gobierno de Mariano Rajoy. La ley, que fue criticada por organismos internacionales como la Unión Europea, la ONU o Amnistía Internacional por el cerco a las libertades públicas que acarrea, volverá ahora a ser modificada a través de una serie de enmiendas consensuadas entre PSOE y Unidas Podemos. Pero, ¿hasta qué punto los cambios en la ley son suficientes?

Desde colectivos como No Somos Delito denuncian que, con las enmiendas presentadas, “los puntos más lesivos” de la Ley Mordaza siguen sin modificarse. “No es una derogación, como ha anunciado el Gobierno, sino que la reforma sigue siendo una Ley Mordaza”, añade.

La policía como figura de autoridad: ni se elimina la sanción a las imágenes ni el principio de veracidad de la policía

Varios de los puntos más polémicos de la reforma han sido los que afectan a los cuerpos y fuerzas de seguridad. En concreto, dos: el poder tomar imágenes de los agentes durante las actuaciones policiales y la veracidad de los atestados. Son las principales quejas de los sindicatos policiales, que el pasado sábado salieron en manifestación en contra de la reforma. Sin embargo, la diferencia entre lo aprobado por el PP y el nuevo texto aún por entrar en vigor no son tan sustanciales.

Las enmiendas de PSOE y Unidas Podemos cambian el “pueda generar” por  un “cuando genere un peligro cierto” a la hora de sancionar las imágenes de agentes de policía

“No hay cambio en la práctica”, resalta Sara López, de No Somos Delito. La Ley de Seguridad Ciudadana aprobada por el Ejecutivo de Rajoy introdujo por primera vez la sanción por la toma de imágenes a la policía. Incluida como sanción grave en el artículo 36.23, el texto legal señalaba castigaba “el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información”. El nuevo texto propuesto por PSOE y Unidas Podemos cambia ese “pueda” por  un “cuando genere un peligro cierto”. Un matiz que se queda en nada si no se elimina el principio de veracidad de la policía. Y este es el otro gran punto objeto de quejas por los colectivos policiales que, sobre el papel, no cambia tanto.

El único cambio en cuanto al principio de veracidad de la policía es exigir que su relato sea “coherente, lógico y razonable”

“Las enmiendas acordadas entre PSOE y Unidas Podemos no incluyen eliminar la ‘presunción de veracidad’ de los funcionarios policiales, un aspecto de la ley que pone la palabra del funcionario por encima de la de la ciudadanía en caso de sanción, vulnerando el derecho fundamental a la presunción de inocencia recogido en la Constitución Española”, advierten desde No Somos Delito. Es otro de los temas que más han dado que hablar, a pesar de que el cambio es mínimo. Según explica López, el único cambio en cuanto al principio de veracidad de la policía es exigir que su relato sea “coherente, lógico y razonable”, lo que además no se añade en el artículo de la ley que trata el principio de veracidad.

El artículo 52 reza que “en los procedimientos sancionadores que se instruyan en las materias objeto de esta Ley, las denuncias, atestados o actas formulados por los agentes de la autoridad en ejercicio de sus funciones que hubiesen presenciado los hechos, previa ratificación en el caso de haber sido negados por los denunciados, constituirán base suficiente para adoptar la resolución que proceda, salvo prueba en contrario y sin perjuicio de que aquéllos deban aportar al expediente todos los elementos probatorios disponibles”. Y las enmiendas consensuadas lo mantienen tal y como está escrito. La exigencia de que el relato sea “coherente, lógico y razonable” se incluirá en disposiciones comunes a las diligencias de identificación, registro y comprobación.

“Es una salvaguarda insuficiente”, denuncian desde No Somos Delito. Desde la `plataforma reclaman que la palabra de los agentes de policía tenga un simple valor de denuncia en los procedimientos sancionadores para que se garantice la presunción de inocencia de la ciudadanía. 

Y hay otros dos grandes temas que ni siquiera han tocado las enmiendas a la Ley Mordaza: las sanciones por faltas de respeto y por desobediencia o negativa a identificarse. Las ofensas a la policía están incluidas en el artículo 37.4 y son castigadas con multas que van de los 101 a los 600 euros. Solo en 2016, primer año que comenzó y terminó con la ley de Fernández Díaz en vigor, se interpusieron 19.497 multas por este concepto que sumaron más de 3 millones de euros. Ahí entraban las siglas A.C.A.B. —menos la que le impusieron a una joven que argumentó que las siglas respondían a la frase “all cats are beautiful”, que consiguió que se archivara su denuncia—, la multa al cantante de La Polla Records y tantas otras más. Por su parte, la desobediencia o negativa a identificarse —artículo 36.6— también sigue con multas de los 601 a los 30.000 euros. Estos dos artículos son, según denuncian desde No Somos Delito, “dos auténticos cajones de sastre para el abuso policial”, que cifra en 400.000 las multas impuestas por estos dos tipos de acciones, un 30% del total y, en el caso del año 2020, por la campaña del Covid, hasta un 70% del total según datos del Ministerio de Interior.

Sobre estos dos tipos de sanciones, solo se cuenta con la enmienda presentada por Unidas Podemos en solitario para cambiar el castigo por “faltas de respeto y consideración” por el castigo a “injurias o insultos”. “Pero eso tiene que ir al Código Penal, como pasa con el resto de ciudadanos”, apunta López.

Derecho a la intimidad en los cacheos, pero ¿qué pasa con el colectivo LGTB?

La regulación de los cacheos y registros para que se respete la intimidad es otro de los puntos fuertes de las enmiendas presentadas por PSOE y Unidas Podemos. Los dos partidos han acordado que estos registros, en el caso de que conlleven desnudos parciales, se realicen en lugares en los que se respete la intimidad de la persona registrada. Un avance positivo pero no suficiente, según destacan desde No Somos Delito. “Se pierde la oportunidad de regular de manera más garantista los cacheos y otros supuestos que vulneren la intimidad”.

Como ejemplo de carencias apuntan a los casos en los que la persona registrada sea trans. “La ley dice que te tiene que cachear un agente de tu mismo sexo, y debería poner género. Y en el caso de las personas trans, deben poder decidir el género del agente que realice el cacheo porque en su DNI puede poner que es un tío aunque no lo sea”, explica Sara López. Sin embargo, este aspecto no ha sido planteado por ningún grupo político.

Con  las devoluciones en caliente, ya se verá

El nuevo texto de la ley tampoco deroga las devoluciones en caliente, que incumplen la legislación internacional. Las enmiendas de PSOE y Unidas Podemos eliminan la disposición final con la que el PP las introdujo en la legislación, pero con el objetivo de que su derogación o mantenimiento se discutiera en una futura reforma de la Ley de Extranjería. 

“Han sacado la patata caliente pero han perdido una oportunidad preciosa para cumplir lo que han prometido 20 veces; lo dejan para más adelante, es decir, para nunca”, lamenta López. 

Y ¿qué pasa con el cannabis?

En cuanto al cannabis, principal estrella recaudatoria de la Ley Mordaza, hay algunos cambios importantes, pero los colectivos de consumidores afirman que no son suficientes.

Las enmiendas de PSOE y Podemos incluyen rebajar la sanción por tenencia en la vía pública de sanción grave a leve. “Destacamos de forma positiva la degradación, pero consideramos que es una reforma tímida, ya que la posesión de drogas para uso personal no conlleva ningún daño para el bien jurídico protegido, la seguridad ciudadana”, señalan desde la Confederación de Federaciones de Asociaciones Cannábicas (ConFac). 

Ana Afuera, coordinadora de incidencia política de la confederación, explica que la sanción de la tenencia de cannabis en la vía pública, junto a los cacheos, vulneran el derecho a la intimidad y, además, “se utiliza para ir en contra de personas vestidas de determinada manera o racializadas”. “Es un elemento discriminatorio que, sobre todo, se usa contra personas sin hogar y jóvenes”, añade. 

Desde la confederación agregan que tanto la sanción a la tenencia de sustancias como las prácticas de cacheo se usan como excusa para intervenir a las asociaciones cannábicas. 

Otro punto de la Ley Mordaza que afecta al colectivo de consumidores de cannabis es la sanción por cultivar en balcones o ventanas, a la vista desde la vía pública. Fue otra de las novedades que trajo la ley de Fernández Diaz y seguirá estando en el texto que resulte con las enmiendas de PSOE y Unidas Podemos. “No supone ningún peligro ni para la seguridad pública ni para la salud pública, responde al derecho de cultivo para fines personales”, destaca Afuera. 

“Consideramos que el consumo debería reducirse a sanción leve pero sabemos que no está en la negociación: lo han dejado como sanción grave, a la misma altura que llevar un arma

Por último, el consumo en la vía pública también continúa contemplado en la nueva Ley de Seguridad Ciudadana como falta grave, con una multa que puede ir de los 601 a los 30.000 euros. “Consideramos que debería reducirse a sanción leve pero sabemos que no está en la negociación: lo han dejado como sanción grave, a la misma altura que llevar un arma. No es coherente”, sentencia Afuera.

Legalización del cannabis
El cannabis: pena, castigo y gasto público

La lucha contra el tráfico de cannabis, posesión y consumo se lleva cada año alrededor de 4.200 millones de euros de las arcas públicas, según se deduce de las detenciones, decomisos, sanciones y otras actuaciones policiales, además de la actividad judicial.


Manifestaciones espontáneas sí, pero...

Algunas de las mejoras más aplaudidas en los cambios anunciados sobre la Ley Mordaza es reconocer el derecho a manifestación espontánea, eliminando la obligación de comunicar a Delegación de Gobierno la celebración de una manifestación salvo en los casos en los que esta sea claramente previsible, como el Primero de Mayo. Es un cambio que ya venía reclamando a España el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuyas sentencias son de obligado cumplimiento para los países miembros de la Unión Europea. “Nos dan el derecho a manifestación espontánea, pero a cambio mantienen el artículo 37.1”. Este artículo se refiere a los organizadores o promotores de las protestas no comunicadas, y con la reforma no serían sancionados “siempre que no se cause violencia o alteración del orden público”. “Será decisión de la policía”, apunta Sara López. 

Desde No Somos Delito también valoran que las manifestaciones ante el Congreso de los Diputados dejen de ser castigadas, pero la plataforma advierte que hay puntos importantes en cuanto al derecho a manifestación que se han quedado pendientes, como el uso de las balas de goma. Las enmiendas pactadas entre los dos partidos del gobierno proponen el uso de medios “menos lesivos”, pero sin vetar explícitamente su uso.

Cuantía de las multas: con rebajas pero sobre los mismos importes

Los altos importes de las sanciones de la Ley Mordaza del gobierno de Rajoy, con multas desde los cien a los 600 para las leves, de 601 a 30.000 para las graves, y 30.001 hasta 600.000 euros para las muy graves fue otra de las razones para que incluso desde los organismos internacionales alertaran de la dureza de la norma. Una de las enmiendas pactadas por PSOE y Unidas Podemos incluye la posibilidad de rebajar e incluso suspender el pago dependiendo de la situación económica de la persona, una medida aplaudida por organizaciones como No Somos Delito. Pero advierten: son rebajas que se hacen a partir de los mismos importes aprobados por el gobierno de Rajoy.

“No han tocado el artículo 39, que define el importe de las sanciones”, apunta Sara López, quien añade que solo hay una enmienda presentada por Bildu en esta dirección. En el caso de las enmiendas pactadas por PSOE y Unidas Podemos, lo que hay es una propuesta de ajuste “redactada en términos bastante ambiguos en con unos baremos en relación al salario mínimo para plantear una reducción, la suspensión o plazos. Y eso está bien, pero lo hacen sobre la base de la cuantía de las sanciones millonarias de la Ley Mordaza”.

Y las trabajadoras sexuales, olvidadas a su suerte

El artículo 36.11 de la Ley de Seguridad Mordaza aprobada en 2015 castiga con multas que van desde los 601 hasta los 30.000 euros a las personas que soliciten o acepten servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito públicas en proximidades de lugares destinados al uso de menores, como centros educativos, parques infantiles o espacios de ocio accesibles a menores de edad. En su segunda parte, se añade que los agentes de la autoridad podrán requerir a las personas que ofrezcan estos servicios para que se abstengan de hacerlo en estos lugares, y si no hacen caso, serán sancionadas por desobediencia o resistencia a la autoridad, penado con la misma multa. 

“Hay una enmienda de Unidas Podemos en solitario que suprime el segundo, pero no está en la propuesta conjunta así que no sabemos que posibilidades tiene de prosperar y, si no lo quitan, pasará lo de siempre: condenarán a las mujeres a trabajar en la clandestinidad”, lamenta Sara López.

“Habría que derogar este artículo, está claramente diseñado para las compañeras de calle, las han fundido a multas”, afirma Lucía, del Sindicato Otras

Al castigo contemplado en la Ley de Seguridad Ciudadana se suma el que dictan las ordenanzas municipales. “En los primeros años tras la aprobación de la Ley Mordaza multaban a los clientes a través de las ordenanzas y a las compañeras con la Ley Mordaza. Nos han multado, embargado cuentas…”, explica Lucía, del Sindicato Otras en Madrid. “Habría que derogar este artículo, está claramente diseñado para las compañeras de calle, las han fundido a multas”, añade.

A los altos importes de las multas se suma, además, las consecuencias que pueden tener para la trabajadora ya que, en muchos casos, son mujeres migrantes siempre pendientes para tener sus papeles en regla. 

Registro de infracciones, se mantiene

Otros de los olvidos de la reforma pactada de la Ley Mordaza es el registro de personas infractoras, que se mantiene sin añadir medidas garantistas en cuanto a los derechos ARCO —acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales—. 

“Solo hay una propuesta de Esquerra para derogarlo, es el único grupo que ha presentado enmiendas en torno a este registro”, explica Sara López.

Otra de las enmiendas pactadas que ha dado que habar entre las organizaciones sociales es la que incluye en la Ley de Seguridad Ciudadana contemplar a los funcionarios de prisiones como agentes de autoridad. Esta propuesta implica romper con el consenso establecido en la Ley General Penitenciaria aprobada en el año 1979”, denuncia un comunicado suscrito por 26 organizaciones sociales entre las que figuran la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA), Asociación Libre de Abogadas y Abogados de Madrid (ALA) o Irídia. En el comunicado subrayan que la enmienda abre las puertas a la policialización de los funcionarios de prisión, ya que, de conformidad con los principios constitucionales, los criterios que han de guiar su actuación son de índole tratamental y no de régimen ni orden público.

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