El Salto gana el juicio contra un fundador de Sumar que se llevó 5,9 millones para gestionar un centro de día

Un juzgado de Ourense desestima íntegramente la demanda de Iván Olmos Ferreiro y considera que la noticia es “cierta y veraz” además de destacar la “diligencia” del trabajo periodístico previo a su publicación. El demandante, a través del abogado Xoán Antón Pérez-Lema, reclamaba a este diario 100.000 euros por una intromisión al honor que no fue.
Xulgado de Ourense
Puerta de entrada de los Juzgados de Ourense.

El Salto ha ganado el juicio contra Iván Olmos Ferreiro, cofundador de Sumar y una de las figuras más relevantes de lo que fue el partido en Galicia, por la información publicada en mayo de 2024 sobre su vinculación con una licitación municipal de casi seis millones de euros en Verín (Ourense). La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense desestima íntegramente la demanda presentada por Olmos, que reclamaba a El Salto 100.000 euros por una supuesta vulneración de su derecho al honor, además de la retirada de la noticia.

El juez ha concluido que la información es “cierta y veraz” y que no fue fruto de una actuación negligente de los periodistas de El Salto. “No se constata la vulneración del derecho al honor del demandante”, recoge la resolución que, además, impone las costas procesales a Olmos.

La investigación reconstruye el recorrido de la concesión del centro de día municipal de Verín, adjudicada en marzo de 2019 por un periodo de 15 años y con un valor de 5.987.520 euros. La empresa adjudicataria, Xerontoloxía Verín SL, se constituyó cinco días antes de que finalizara el plazo de presentación de ofertas y además fue la única sociedad que presentó una candidatura que cumpliese los requisitos administrativos mínimos para participar en el procedimiento. Solamente otra persona se presentó sin siquiera cumplir las exigencias básicas y a título personal.

Como ha quedado acreditado en sede judicial, la concesión se adjudicó inicialmente a la sociedad que Olmos y su madre tenían en conjunto. Sin embargo, en diciembre de 2021, el Registro Mercantil constató que el dirigente de Sumar había pasado a ser su administrador único. En una rectificación solicitada a El Salto, previa a la demanda y que esta redacción publicó demostrando buena fe, Olmos ya había reconocido que poseía el 20% de la empresa cuando se produjo la licitación. Su abogado, Xoán Antón Pérez-Lema, defendió que la experiencia profesional de su madre en la atención a personas mayores y dependientes acreditaba su conocimiento del sector.

La investigación también señala que los pliegos de prescripciones técnicas no estaban accesibles en la Plataforma de Contratación del Sector Público, pese a que el procedimiento debía determinar la gestión de un servicio municipal durante tres lustros. El Ayuntamiento de Verín, gobernado entonces y ahora por el PSOE de Gerardo Seoane, no respondió a las preguntas planteadas por esta redacción sobre la documentación del concurso.

El juez avala la diligencia periodística

Olmos cuestionó en su demanda varios aspectos de la información, entre ellos, su pertenencia a Sumar, la cuantía del contrato y la relación entre la empresa adjudicataria y su trayectoria política. También sostuvo que la publicación había perjudicado su reputación y su salud y que por ello reclamaba una indemnización de 100.000 euros sin aportar cálculo alguno que la justificara. En ese sentido, la sentencia es demoledora ya que da por probados los hechos que sostienen la investigación y que el demandante y su defensa pretendieron deshacer sin éxito.

La sentencia considera acreditado que la información tenía relevancia pública y destaca las comprobaciones realizadas antes de publicarla. Entre ellas, el contacto con Olmos para recabar su versión; las gestiones ante el Ayuntamiento de Verín, que se negó a responder ni una sola pregunta; y la consulta de documentación a través del portal de transparencia. El magistrado considera que estas actuaciones muestran “una actuación diligente por parte del periodista”. El juez también da por acreditado que la empresa se constituyó cinco días antes del cierre del plazo de presentación de ofertas.

Sobre el importe del contrato, el magistrado descarta que la noticia fuese falaz ya que así aparece en el documento de la licitación. Y respecto a la documentación técnica, concluye: “Lo que advierte la noticia es cierto, no hubo pliego de prescripciones técnicas”.

Además, el Ministerio Fiscal hizo suyas las tesis de la defensa de El Salto y pidió que se desestimase la demanda. Finalmente, el juzgado rechaza todas las pretensiones de Olmos y concluye que no hubo en caso alguno intromisión ilegítima en su derecho al honor. La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Ourense.

Investigación
Un cargo de Sumar se llevó seis millones para gestionar una residencia pública con una empresa con cinco días de antigüedad
Una de las personas clave de Yolanda Díaz en Galicia, Iván Olmos, recibió de su madre la concesión tras ganar un concurso millonario del Ayuntamiento de Verín (PSOE) al que solo se presentó ella para gestionar un centro de día durante 15 años.
Cargando valoraciones...
Comentar
Informar de un error
Es necesario tener cuenta y acceder a ella para poder hacer envíos. Regístrate. Entra en tu cuenta.
Cargando...
Comentarios

Para comentar en este artículo tienes que estar registrado. Si ya tienes una cuenta, inicia sesión. Si todavía no la tienes, puedes crear una aquí en dos minutos sin coste ni números de cuenta.

Si eres socio/a puedes comentar sin moderación previa y valorar comentarios. El resto de comentarios son moderados y aprobados por la Redacción de El Salto. Para comentar sin moderación, ¡suscríbete!

Cargando comentarios...