Condenado a 19 años el ex alto cargo de la Xunta de Feijóo por su implicación en la trama de hidrocarburos

La Audiencia Nacional impone multas millonarias y responsabilidades civiles en un caso que implica a directivos de Hafesa Energía por operaciones fiscales ilícitas entre 2016 y 2019.
Norberto Uzal
Norberto Uzal, exdirector general de administración local de la Xunta, junto a Alfonso Rueda. Foto: Xunta.

La Audiencia Nacional ha impuesto una multa a Hafesa Energía —empresa vinculada al empresario Alejandro Hamlyn— y penas de prisión a 14 implicados por un fraude de IVA en operaciones con hidrocarburos que asciende a 154 millones de euros y que se habría desarrollado entre 2016 y 2019.

Entre los condenados figura Norberto Uzal, que ocupaba entonces la dirección general de la compañía y que previamente había ejercido cargos en la Xunta. Durante el gobierno autonómico dirigido por Alberto Núñez Feijóo y con Alfonso Rueda al frente de la Consellería de Presidencia, Uzal desempeñó el puesto de director xeral de Administración Local entre 2009 y 2013.

Además de las penas de cárcel por delitos fiscales, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal, Uzal y otros miembros de la trama deberán asumir multas que superan los cien millones de euros.

Hamlyn, por su parte, es el empresario que intervino por videoconferencia desde Dubái en la reunión en la que quedó registrada la conversación donde la exmilitante socialista Leire Díez mencionaba la búsqueda de pruebas contra la UCO de la Guardia Civil y el fiscal José Grinda.

Según la sentencia, a la que ha accedido Europa Press, Hafesa Energía deberá afrontar sanciones económicas equivalentes a la cantidad defraudada, al ser considerada cooperadora necesaria en los delitos contra la Hacienda Pública. La resolución también establece la inhabilitación temporal de la empresa para acceder a ayudas públicas o disfrutar de beneficios fiscales o de la Seguridad Social.

El tribunal aplica a la compañía la atenuante de dilaciones indebidas y valora “de haber establecido, antes del comienzo del juicio oral, medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que en el futuro pudieran cometerse con los medios o bajo la cobertura de la persona jurídica”.

Tanto la mercantil como los condenados quedan obligados a indemnizar solidariamente a la Agencia Tributaria por el importe defraudado. Las penas impuestas a los acusados oscilan entre los seis meses y varios años de prisión por delitos contra la Hacienda Pública, blanqueo y pertenencia a organización criminal.

Fraude articulado “a costa del IVA que no abonaron”

La Sala considera probado que Hafesa Energía actuó como suministradora de producto “a todas las operadoras creadas o instrumentalizadas por la organización comercial y empresarial a efectos de consumar el fraude (que abarca tanto los aspectos de defraudación fiscal como los relativos al blanqueo de cantidades dinerarias ilícitamente obtenidas)”.

La sentencia sostiene que desde la compañía “se ideó el plan, la organización y la estructura con la finalidad de operar el sector de compra, distribución y venta de productos petrolíferos en beneficio propio y con el fin de la obtención de mayores beneficios comerciales”. Y apunta que las sociedades implicadas ofrecían precios más competitivos “a costa del IVA que no abonaron”.

El tribunal cifra el fraude en “154.729.899,59 euros” y justifica la celebración del juicio pese a la ausencia de Hamlyn porque suspenderlo habría supuesto retrasarlo sine die, condicionando especialmente la situación de un acusado en prisión preventiva. “En estas condiciones el enjuiciamiento era prioritario y no podía demorarse indefinidamente habida cuenta que las acusaciones estimaron que pese al papel relevante del rebelde, había elementos suficientes para el enjuiciamiento por separado”, apunta.

La empresa anuncia recurso

En un comunicado, Hafesa Energía expresa su respeto a la resolución, pero avanza que la impugnará ante la Sala de Apelación al considerar que las conclusiones de la sentencia no se corresponden con el resultado de las pruebas practicadas en el juicio. La compañía insiste en “la corrección de sus actuaciones”.

Solicitará la revocación del fallo y su absolución, defendiendo que su relación con las operadoras investigadas “se limitó a una colaboración comercial, sin la existencia de colusión alguna para alterar los precios del mercado de hidrocarburos, ni la injerencia ni dirección por parte de Hafesa para defraudar el IVA por parte de las operadoras objeto de enjuiciamiento”.

La empresa concluye que la sentencia “no afecta en modo alguno a la continuidad de sus operaciones, que se mantienen con total normalidad”, garantizando que continúa cumpliendo sus compromisos “con clientes, proveedores y colaboradores” y manteniendo “su compromiso con la transparencia y el cumplimiento normativo”.

Cargando valoraciones...
Comentar
Informar de un error
Es necesario tener cuenta y acceder a ella para poder hacer envíos. Regístrate. Entra en tu cuenta.

Relacionadas

Cargando...
Cargando...
Comentarios

Para comentar en este artículo tienes que estar registrado. Si ya tienes una cuenta, inicia sesión. Si todavía no la tienes, puedes crear una aquí en dos minutos sin coste ni números de cuenta.

Si eres socio/a puedes comentar sin moderación previa y valorar comentarios. El resto de comentarios son moderados y aprobados por la Redacción de El Salto. Para comentar sin moderación, ¡suscríbete!

Cargando comentarios...