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Especulación urbanística
Nino Trillo: "Aparte de Valdecañas solo existe un espacio de la red natura 2000 que haya sido desprotegido por un proyecto urbanístico, en Bulgaria. Y ha sido condenado por la UE"
La modificación a la Ley del Suelo de Extremadura de 2011, que sirvió como principal soporte legal al polémico complejo turístico de Marina Isla Valdecañas, ha sufrido un serio varapalo tras haber sido admitida a trámite, por parte del TC, su inconstitucionalidad, planteada en su día por el TSJEX. Entrevistamos a Nino Trillo, abogado de Ecologistas en Acción que ha seguido todo el proceso en primera línea.
La modificación a la Ley del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura (LSOTEX), realizada en el año 2011 y que sirvió como principal soporte legal al polémico complejo turístico de Marina Isla Valdecañas, denunciado por Ecologistas en Acción, ha sufrido un serio varapalo tras haber sido admitida a trámite, por parte del Tribunal Constitucional, la cuestión de inconstitucionalidad ya planteada en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX).
La línea argumental del TSJEX, refrendada ahora por el TC, se centraba en entender que la norma regional citada entraba en contradicción con la ley de ámbito estatal, al permitir que suelos calificados como no urbanizables fueran objeto de transformación urbanística, desarrollo expresamente prohibido en la normativa estatal, y todo ello con el propósito aparente de “eludir el cumplimiento de las sentencias” emitidas tanto como por el TSJEX como por el Tribunal Supremo.
Acerca de todas las implicaciones legales derivadas de la admisión a trámite, de la compleja ruta normativa que ha jalonado todo el proceso y de las consecuencias inmediatas para el complejo urbanístico interrogamos, con la calma necesaria para entender a fondo la cuestión, a Nino Trillo, abogado de Ecologistas en Acción.
¿Podrías hacernos un leve esquema del camino judicial/legal que ha seguido Marina Isla de Valdecañas hasta la presentación por parte del TSJEX de la cuestión de inconstitucionalidad?
Un largo camino, sin duda. En abril de 2007 la Junta de Extremadura aprobó el Proyecto de Interés Regional (PIR) Marina Isla de Valdecañas. Se trataba de construir, en suelo no urbanizable situado dentro de una zona de especial protección para las aves (ZEPA) integrada en la Red Natura 2000, un proyecto urbanístico de 350 viviendas con un campo de Golf y dos hoteles. También hubo una importante obra en el embalse protegido para dar una mayor sensación de isla al proyecto. Hoy está construido el campo de golf y unas 190 viviendas.
Ecologistas en Acción decidió recurrir este plan de naturaleza urbanística. En primer lugar porque no era posible la urbanización de esos suelos que formaban parte de un espacio protegido en base a la legislación del suelo y en materia de medioambiente. Urbanizar un espacio natural protegido era sencillamente ilegal y la evaluación de impacto ambiental del proyecto era claramente deficiente. También se impugnaba una declaración de interés general para tratar de darle amparo de legalidad al proyecto urbanizador por carecer del más mínimo fundamento. La tramitación del proyecto fue muy irregular, de esas veces que la actuación de la administración se acerca al abuso de poder y donde parecen importar más los intereses políticos -y yo diría que económicos- a nuestros gobernantes. La evaluación real de los beneficios que conlleva en relación al daño ambiental que suponía antropizar y desproteger de facto una importante área de un espacio protegido fue nula.
“El Supremo nos volvió a dar la razón y, una vez definitiva la sentencia la Junta, planteó que no podía ejecutarla por haber cambiado la Ley del Suelo de Extremadura. El cambio de la Ley es precisamente lo que ha llevado al TSJEX a plantear la cuestión de insconstitucionalidad”
Años después, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) nos vino a dar la razón en la absoluta falta de justificación de los beneficios que suponía urbanizar una importante área de un espacio protegido y un suelo de ese nivel de protección frente a un interés que, según reflejaba la propia sentencia, solo se apreciaba para el promotor urbanístico. Estimó nuestra demanda, declarando la nulidad de proyecto y la obligación de restituir los suelos a su estado anterior al proyecto.
La Junta de Extremadura y el promotor recurrieron ante el Tribunal Supremo. Durante el transcurso de ese recurso solicitamos la ejecución provisional de la sentencia que declaraba ilegal el proyecto y la paralización de las licencias. El TSJEX nos la concedió pero bajo una fianza de 41 millones de euros. Algo inasumible para una organización de perfil activista.
El Supremo nos volvió a dar la razón y una vez definitiva la sentencia la Junta de Extremadura planteó que no podía ejecutarla por haber cambiado la Ley del Suelo de Extremadura y por suponer la demolición mayor impacto ambiental que mantener en uso la urbanización. El cambio de la Ley del Suelo de Extremadura es precisamente lo que ha llevado al TSJEX a plantear la cuestión de insconstitucionalidad. Respecto al mayor impacto ambiental del cumplimiento de la sentencia alegado por la Junta de Extremadura, ha sido desmontado por los científicos de la estación biológica de Doñana en un informe demoledor sobre los impactos que ha supuesto el proyecto. Aunque en términos ambientales parece evidente la diferencia entre mantener un espacio natural y con viario, tráfico, luces,… El informe revela cómo ha supuesto cambios en los hábitos de determinadas aves que no sobrevuelan la urbanización y la introducción de plantas invasoras, las depuradoras que no funcionan y los abonos del campo de golf están afectando al embalse.
Ahí estamos, después de 12 años de procedimiento y una ecologista, Paca Blanco, que tuvo que dejar su casa, en el municipio donde está la urbanización, ante las amenazas que estuvo recibiendo.
¿Cuándo fue planteada la cuestión de inconstitucionalidad por parte del TSJEX? ¿Cuál era el argumento central de la misma?
La cuestión de inconstitucionalidad surge ante esa reforma de la Ley del Suelo de Extremadura que comentaba antes. Apenas unos meses después de la primera sentencia, el Parlamento de Extremadura aprobó por unanimidad -estaban PSOE y PP- una reforma que venía a permitir la urbanización en suelo de la Red Natura 2000, y establecía un procedimiento de homologación para el proyecto. Aún recuerdo la imagen en algún medio del promotor franqueado por los dos portavoces de los Grupos Parlamentarios del PP y el PSOE; ése era el nivel.
“El Parlamento de Extremadura aprobó por unanimidad -estaban PSOE y PP- una reforma que venía a permitir la urbanización en suelo de la Red Natura 2000. Aún recuerdo la imagen en algún medio del promotor franqueado por los dos portavoces de los Grupos Parlamentarios del PP y el PSOE; ése era el nivel”
El proyecto se homologó y tuvimos que volver a recurrirlo. En ese recurso estábamos obligados a plantear la cuestión de inconstitucionalidad porque la reforma de la ley venía a re-legalizar el proyecto y las leyes no las podemos recurrir de una forma genérica sino en un procedimiento concreto y tiene que ser el propio Tribunal el que la plantee.
Los motivos son esencialmente dos: uno, que es contraria a la ley; el otro es que la reforma se hizo para evitar los efectos de la sentencia (lo decía así en su exposición de motivos de la Ley) que venía a reformarse por recientes pronunciamientos judiciales, para explicarle a los jueces cómo tenían que interpretar la ley. Es decir, por sorprendente que parezca, la Asamblea de Extremadura trató de imponer su criterio sobre una cuestión que ya había sido resuelta por el Tribunal que fiscaliza al Gobierno Extremeño y debe garantizar que actúe respetando la legalidad.
El TSJEX ha compartido los criterios que señalábamos y planteó al Tribunal Constitucional que esa ley podría resultar contraria a la Constitución y la normativa básica estatal del suelo y protección del medioambiente y ha planteado esta cuestión de inconstitucionalidad.
¿Exactamente qué supone la admisión a trámite de una cuestión de inconstitucionalidad por parte del TC?
Pues supone que el Tribunal Constitucional va a entrar a resolver si esa Ley es acorde a la constitución. Un paso más que se nos hacía necesario en este laberinto judicial para defender la protección de la naturaleza y de ese espacio natural protegido. Solo existe un espacio de la red natura 2000 que haya sido desprotegido por un proyecto urbanístico, en Bulgaria. Y ha sido condenado por la Unión Europea. El poder legislativo, de la mano del ejecutivo, no puede ir contra el poder judicial, es una quiebra de los principios de la democracia.
“El poder legislativo, de la mano del ejecutivo, no puede ir contra el poder judicial, es una quiebra de los principios de la democracia”¿Qué valoración básica hacéis, quienes habéis soportado el peso de la lucha contra Marina Isla de Valdecañas, de esta admisión a trámite?
Aquí nos ha tocado la trinchera jurídica, otras compañeras y compañeros la han soportado sobre el terreno, en Extremadura hay una presión importante de determinados medios de comunicación, determinados estamentos de la Universidad, da la sensación desde fuera de auténticos grupos de presión. Es un estado de opinión en el que se acusa continuamente a los ecologistas de condenar a Extremadura al ostracismo por pedir el cumplimiento de la legalidad. Todas las críticas con escaso rigor. A veces da la sensación de que la presión también va dirigida hacia el Tribunal que tiene que hacer cumplir la sentencia.
Es otro paso más en esta pelea jurídica pero sobre todo social en la defensa del medio ambiente y, mucho me temo, de nuestra calidad democrática. La decisiones políticas de los gobiernos deben garantizar la legalidad en ámbitos tan trascendentales como la ordenación urbanística y el medio ambiente. Un Gobierno debe responder al interés general frente al interés particular.
Existían otros precedentes por parte del TSJEX que ponían directamente en entredicho la continuidad del proyecto... De hecho, hubo un auto previo, ¿no? ¿Qué señalaba este auto?
Además de las sentencias de TSJEX y TS, estaba la ejecución provisional que no pudimos llevar a cabo por la fianza. Recientemente el TSJEX planteó mediante auto esa cuestión de inconstitucionalidad.
¿Cuál ha sido el papel de la Junta de Extremadura, y de la propia Asamblea de Extremadura, en todo este contencioso?
La responsabilidad esencial recae en el Gobierno de Fernández Vara, que aprobó urbanizar un espacio protegido sobre justificaciones no acreditadas y que en el tiempo se han demostrado falsas. El proyecto no ha dinamizado la región de ninguna manera que lo justifique. No se estudió emplazarlo fuera del espacio protegido, pues era el lugar ideal para levantar un resort de lujo, rodeado de naturaleza a las faldas de Gredos y a hora y media de Madrid. El Gobierno de Monago siguió apuntalando esta ilegalidad.
La Asamblea de Extremadura estaba formada cuando se reformó la Ley por PP y PSOE. Poco más que decir....
¿Qué había detrás de esa modificación, exacta y precisa, del artículo 11 de la LSOTEX? ¿Cuál era, en vuestra opinión, su auténtica razón última?
Romper las cartas del juego, legalizar lo que era ilegal. Quiero creer que no va más allá de la cultura del pelotazo urbanístico que en este país ha confundido el interés general con el particular y que en las últimas décadas ha destrozado muchos de nuestros territorios, especialmente litoral. Valdecañas pretendía ser la Marbella Extremeña, de hecho así han llamado a la urbanización.
¿Por qué ese interés tan extremo del gobierno regional por aprobar, en su momento, el PIR Isla de Valdecañas? ¿Cómo queda ahora el Proyecto de Interés Regional Marina Isla de Valdecañas? No olvidemos que ya fue declarado nulo por el TSJEX en dos sentencias ratificadas por el TS...
Bueno, quiero creer que es más desprecio por la legalidad y que no va más allá, aunque en nuestro país determinadas prácticas de mal gobierno relacionadas con el urbanismo le dan a uno que pensar.
Desde luego, lo que parece evidente es que un interés general no se ha defendido y que el procedimiento de aprobación del PIR fue bochornoso y, desde luego, lo último que se hizo fue proteger un espacio natural protegido, y además con un alto grado de nivel de protección.
Lo dicho: esto solo ha pasado en Bulgaria, con todo el respeto para los ciudadanos de Bulgaria, que no tienen la responsabilidad del mal hacer de su gobierno.
Es cierto que la ejecución es compleja, entre otras cosas porque se ha dejado entrar a particulares, lo que, sea dicho, compraron las casas sabiendo que habían sido declaradas ilegales y que luego van a requerir que la Junta les indemnice con dinero público. La Junta sigue un camino del que cada vez le va a resultar más difícil de salir.
“Es cierto que la ejecución es compleja, entre otras cosas porque se ha dejado entrar a particulares, lo que, sea dicho, compraron las casas sabiendo que habían sido declaradas ilegales y que luego van a requerir que la Junta les indemnice con dinero público”Aunque quizás un poco tarde, que valoración hacéis, en este nuevo contexto, de la influencia final que tenga o haya podido tener en todo esto el informe de la Estación Biológica de Doñana, organismo dependiente del CSIC?
El informe es contundente en lo relativo a que la demolición del proyecto de manera selectiva en términos de menor coste ambiental, y por qué no económico, que permita la renaturalización del espacio es más beneficioso para el espacio y el medio ambiente, en contra de lo que señalaba la Junta de Extremadura.
Pero también se decía que cuestiones que se habían señalado como beneficiosas no eran reales: las depuradoras estaban cegadas por la tierra (no estaban en funcionamiento), en vez de especies autóctonas se habían sembrado alóctonas, algunas de ellas muy invasoras, no se habían protegido especies vegetales que se tenían que conservar, había vertidos industriales durante la construcción, los vertidos de abonos del golf se ven llegar hasta el pantano. No se aplicaron las medidas de seguimiento y reducción de impactos de la obra que recogía la declaración de impacto ambiental.
“Cuestiones que se habían señalado como beneficiosas no eran reales: las depuradoras estaban cegadas por la tierra (no estaban en funcionamiento) (…). había vertidos industriales durante la construcción, los vertidos de abonos del golf se ven llegar hasta el pantano¿Cómo afecta esta admisión al procedimiento de ejecución de esa “reposición de los terrenos” que el TS ya confirmó en 2014? ¿qué quería decir con esa “reposición de los terrenos”?
La Junta lo enfocó como un escenario de holocausto nuclear donde había que volver a remover todos los suelos y sembrar eucaliptos, quitar las depuradoras (las que no funcionan). Nosotros lo vemos como la intervención justa y necesaria que permita la renaturalización del espacio afectado y el cese de la presión antrópica. También los científicos de CSIC que hablan de demolición a nivel de rasante, sin más. Lo que sea más beneficioso para la conservación del espacio protegido al menor coste ambiental y económico posible.
¿Qué recorrido queda en el plano judicial? ¿Podría haber más sorpresas normativas de última hora?
Agotador e incierto, 12 años para conseguir tutela judicial. En estos momentos hay muchas presiones de toda índole. Pocos asuntos han generado tantos artículos de opinión en favor del proyecto. Esperamos que no haya nuevos cambios legales, aunque es toda una maraña de procedimientos que llevamos con dedicación militante. El TSJEX tiene que decidir si no se ejecuta la sentencia, como ha pedido la Junta. Esa decisión es recurrible, sea en un sentido o en otro, ante el Tribunal Supremo, con ramificaciones en el Constitucional o acabar en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
De momento a ver que dicen el TSJEX y el Tribunal Constitucional. A nuestro parecer el margen es estrecho.
¿Qué caminos de intervención se abren ahora para la oposición a este proyecto? ¿Estamos cerca del final o es el propio final del contencioso?
En el ámbito judicial estamos a punto de formular alegaciones sobre la petición de inejecución y lo reflejado en el informe pericial, luego resolverá el TSJEX y podremos formular nuevas conclusiones para dictar la Sala una resolución definitiva, aunque como he dicho recurrible ante el Supremo.
Nos quieren agotar, de eso no hay duda. Pero olvidan que el movimiento ecologista lleva muchos años de lucha a sus espaldas y ahí sigue en primera línea, ante escenarios globales cada vez más complejos. Y hay una generación que viene con fuerza en la ecología social.
“Nos quieren agotar, de eso no hay duda. Pero olvidan que el movimiento ecologista lleva muchos años de lucha a sus espaldas y ahí sigue en primera línea. Y hay una generación que viene con fuerza en la ecología social”¿Qué va a pasar a partir de ahora? O, mejor aún, ¿que desearíais que pasara? ¿Qué sucesión de acontecimientos serían los deseables para dar un final justo a un conflicto que lleva tantos años enquistado?
Esperamos los pronunciamientos favorables del Constitucional y del TSJEX. La legalidad, aunque tiene su ámbito de interpretación subjetivo debe ser tozuda ante un desmán urbanístico sobre un espacio protegido. Desgraciadamente no siempre es así, determinados casos de infraestructuras de transporte serían triste ejemplo, pero que sucediera con una urbanización “exclusiva” dentro de un espacio protegido... Creo que sería incomprensible.
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Muchas gracias a Ecologistas en Acción por su inestimable trabajo. Sin ellos los despropósitos urbanísticos cometidos por los especuladores y sus sicarios serían todavía más numerosos y aberrantes. Esperemos que pronto se restablezca la legalidad y sea demolido el complejo, a pesar de la lentitud exasperante de la justicia. La justicia lenta no es justicia.
La junta va a cumplir la sentencia o son unos antisistemas que desobedecen a la ley y a los jueces?
En Extremadura seguimos en la época de Los Santos Inocentes, si el señorito dice que hay que cambiar la ley para hacer este proyecto pues se cambia; si es ilegal es lo de menos, les da igual
TRemendo, aquí el PSOE y el PP (con el apoyo de Ciudadanos) no tienen problema en ponerse de acuerdo