Sentencia histórica a la reduflación: Mondelez condenada por el tamaño y precio de las tabletas Milka

La empresa rebajó el peso de sus tabletas y elevó el precio. Un tribunal alemán ha concluido que engañaron al consumidor.

@econocabreado.bsky.social

Coordinador de la sección de economía

19 may 2026 11:33

En la pasada crisis inflacionaria, las empresas tuvieron que elevar los precios de sus productos. Otros modificaron sus envoltorios y tamaños para ofertar una cantidad de producto menor al mismo precio. Algunos incluso hicieron las dos cosas, aprovechando la situación del mercado para aumentar sus márgenes de beneficios, en una estrategia que fue bautizada por el término greedinflation, que se traduciría por avarinflación, aunque los medios de comunicación españoles, poco acostumbrados a señalar la avaricia de las empresas, rebautizaron por excusaflación.

Otro de esos términos que se puso de moda en este tiempo ha sido el de reduflación (shrinkflation), definido como ese proceso en el que la empresa reduce el tamaño del producto para absorber el incremento de precios en sus insumos y que la subida no se vea tan reflejada en el precio que marca la estantería del supermercado. Pero muchas de las empresas han aprovechado esas olas inflacionarias o el incremento de los precios de un producto determinado para aumentar precios y disminuir el tamaño sin poner en aviso al consumidor o no anunciándolo de forma adecuada. Es por ello que muchos países, incluído España, han regulado o pretenden regular estas prácticas para que no se conviertan en una forma más de engañar y exprimir a los consumidores. Una de esas legislaciones en Alemania acaba de dar como resultado una de las primeras sanciones por reduflación engañosa.

Un tribunal regional de la Bremen ha concluido que la empresa realizó una práctica engañosa al reducir el peso de la tableta sin apenas modificar el clásico envoltorio morado

La condenada ha sido la productora de dulces como la famosa tableta Milka, la multinacional de la alimentación con sede en Estados Unidos Mondelez International. Tras la denuncia impuesta por una asociación de consumidores alemana, un tribunal regional de la Bremen ha concluido que la empresa realizó una práctica engañosa al reducir el peso de la tableta sin apenas modificar el clásico envoltorio morado al que el consumidor está acostumbrado, al mismo tiempo que, además, incrementaba el precio. Según ha señalado la sentencia, la reducción de la tableta de 100 gramos a 90 gramos manteniendo prácticamente igual el envase fue una  estrategia de “reduflación engañosa”. Además, debido también en parte a los altos precios del cacao que se dispararon en los últimos dos años, el precio medio de la tableta en Alemania aumentó de 1,49 euros a 1,99 euros, cuando ofertaban un 10% menos de producto.

Mondelez se ha defendido explicando que la cifra de 90 gramos venía especificada correctamente en el envoltorio, pero el tribunal ha dictaminado que dicho envase no se ha modificado lo suficiente para ser identificable por el consumidor, muy habituado a la clásica tableta morada, y que por lo tanto es una práctica engañosa. De momento no ha trascendido la cuantía económica a la que asciende la sanción, pero la sentencia es histórica y pone en alerta a otros fabricantes que utilizaron estrategias similares durante la crisis inflacionaria y energética, además de la del cacao, que se sufrió tras la invasión rusa a Ucrania.

En mayo de 2024, la fabricante de Milka, Oreo o Toblerone fue multada por la Comisión Europea por restricciones al comercio fronterizo dentro de los Estados miembro

Tampoco es la primera vez que la empresa estadounidense es sancionada en la Unión Europea. En mayo de 2024, la fabricante de Milka, Oreo o Toblerone fue multada por la Comisión Europea por restricciones al comercio fronterizo dentro de los Estados miembro, infringiendo las normas de competencia de la Unión Europea. La investigación de la Comisión concluyó que Mondelez infringió las normas de competencia de la UE “al participar en acuerdos anticompetitivos o prácticas concertadas destinados a restringir el comercio transfronterizo de diversos productos de chocolate, galletas y café; y al abusar de su posición dominante en determinados mercados nacionales de venta de tabletas de chocolate”. La sanción se elevó hasta los 337,5 millones de euros.

Legislación española en camino

Este tipo de prácticas empresariales como la reduflación engañosa no están legisladas en España, por lo que no se pueden hacer las pesquisas, ni sancionar a una empresa española en caso de detectarse una reducción de tamaño engañosa con el consumidor. Pero la legislación va en camino. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 pretende acabar con dicha práctica mediante la próxima aprobación de la Ley de Consumo Sostenible, que modificará el artículo 20 del texto refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios “en aras de garantizar que las personas consumidoras reciben una información efectiva sobre precios y cantidades de los productos puestos a la venta”, según apuntan desde el propio Ministerio que lidera Pablo Bustinduy. 

“Esta estrategia, aunque legal en muchos contextos, afecta la transparencia en las relaciones de consumo y debilita el principio de información veraz y clara. Por ello, es necesario regular de forma específica la información que debe facilitarse en estos casos, garantizando que las personas consumidoras sean conscientes de los cambios en el contenido de los productos y puedan tomar decisiones de compra informadas y conscientes”, afirman.

Para ello, desde la cartera de Bustinduy pretenden que la Ley de Consumo sostenible obligue a que cuando se ponga a la venta un producto de consumo, “deberá informarse de forma clara y comprensible a las personas consumidoras cuando se reduzca dicha cantidad o número de unidades incluidas en el paquete y esta reducción se traduzca en un aumento del precio por unidad de medida, manteniendo el mismo o similar diseño en su envase o empaquetado”. Ese deber de información se considerará satisfecho “cuando se indique de forma legible y visible en el punto de venta final la reducción de la cantidad envasada, o reducción en el número de unidades empaquetadas y el aumento de precio derivado de tal reducción, durante un plazo no inferior a 90 días desde la primera comercialización del producto con las nuevas características”. Desde el Ministerio han confirmado a El Salto que esperan que la nueva legislación sea aprobada en 2027.

Cualquiera que haya llegado hasta aquí en el artículo habrá pensado en algún artículo o incluso habrá ido a su nevera o despensa a comprobar alguna sospecha. Las prácticas de reduflación han sido habituales también en España en los últimos años. Aunque, como indica la futura legislación, reducir el tamaño no tiene porque ser una práctica abusiva siempre y cuando se informe de una forma clara para el consumidor. 

En febrero de 2023, tras analizar los precios de 507 productos diferentes en varias cadenas de establecimientos, Facua denunció había detectado 12 productos con una reduflación

Durante los meses posteriores a la invasión rusa en Ucrania y la crisis energética que acabó repercutiendo en todo aquello que compramos, la asociación Facua- Consumidores en Acción realizó un seguimiento de centenares de productos en las principales cadenas de supermercados para controlar que no se produjeran este tipo de prácticas abusivas sobre el consumidor o que se aplicaran las reducciones de impuestos como el IVA a varias tipos de alimentos.

En febrero de 2023, tras analizar los precios de 507 productos diferentes en varias cadenas de establecimientos, Facua denunció había detectado 12 productos con una reduflación, “marcas que han reducido el tamaño del envase o el peso del producto y, además, han subido el precio de los mismos”. Algunos de los productos señalados por la organización de consumidores se venden en Supermercados MAS, Eroski, Lidl, Hipercor, Aldi o El Mercado.

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