Uber
El Ayuntamiento de Madrid lleva ante la CNMC la oferta de Uber y Cabify
El ayuntamiento de Manuela Carmena pide a la CNMC que determine si la oferta de Uber y Cabify no infringe las leyes de la libre competencia contra el sector del taxi.

El Ayuntamiento de Madrid ha enviado un escrito a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para que estudie la legalidad de la oferta lanzada por parte de las empresas de alquiler de coche con conductor, Uber y Cabify, en las que se ofrecen prestación gratuita de servicios de VTC durante la jornada del 26 de septiembre. El escrito firmado por tales organizaciones indica concretamente que: “Durante el día” 26 de septiembre “todos los interesados en participar podrán pedir un viaje gratuito a través de las aplicaciones de Cabify y Uber en todas las ciudades españolas”.
Por ello, el Ayuntamiento de Madrid ha enviado dicho documento a la CNMC para que se determine si la oferta de uso gratuito del servicio VTC el próximo 26 de septiembre no cubre los costes del servicio que está ofertando.
Según explica el escrito enviado por el Ayuntamiento, a tenor de lo expresado en el artículo 38 del Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo, en su apartado primero, “El régimen tarifario aplicable a los servicios de transporte público urbano en automóviles de turismo, se propondrá por los municipios al órgano competente en materia de precios de la Comunidad de Madrid, previa audiencia de las asociaciones representativas de los titulares de licencias de autotaxi con implantación en su territorio”. Como consecuencia, el Ayuntamiento de Madrid, como Administración local competente en la gestión del servicio del taxi propone anualmente las tarifa a aplicar.
El ayuntamiento de Manuela Carmena, considerando las características comunes entre el taxi y el VTC, y a pesar del diferente régimen jurídico regulador, ciertamente ambas actividades son parte de una misma realidad económica: se dirigen a usuarios que demandan servicios de transporte de viajeros en turismo de un punto a otro de la ciudad, denominados servicios puerta a puerta, es decir, viajes con origen o destino solicitado por el usuario. Por ello, como ciertamente sostiene la Comisión Nacional del Mercado y de la Competencia, la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor compite directamente con una parcela concreta del mercado de producto que también ofrece el taxi: la contratación previa mediante el uso extendido de empresas de intermediación del servicio, principalmente UBER y CABIFY en el sector de las autorizaciones VTC y diferentes radioemisoras y APPs en el ámbito del taxi.
Por todo ello, el Ayuntamiento de Madrid ha presentado hoy el escrito para que la CNMC se pronuncie teniendo en cuenta la previsión del artículo 2.1 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local en relación con la autonomía local.
La oferta realizada por Unauto VTC, Uber y Cabify, según indica cree el Ayuntamiento, podría vulnerar determinados artículos de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal y a los derechos de los consumidores, si, como parecería ser el caso, la citada oferta estuviera por debajo de los costes de realización de los servicios y se realizaran con el único propósito de proceder a la captación de viajeros mediante prácticas de competencia desleal, como conducta contraria a la buena fe o a las buenas costumbres que, por medios ilegítimos, persiga desviar clientela de un agente del mercado.
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