Opinión
La noticia de la igualdad en el paro para el empleo de hogar y cuidados es un bulo

No hay reconocimiento íntegro con efectos retroactivos, es falso, la instrucción no dice eso: mantiene la discriminación para el acceso al subsidio de mayores de 52 años.
Acto Yolanda Diaz aprobacion decreto ley Trabajadoras hogar - 7
David F. Sabadell La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en un acto por la aprobación del real decreto de riesgos laborales para las trabajadoras de hogar.

Asociación de Trabajadoras del Hogar - Etxeko Langileen Elkartea

24 nov 2025 05:00

Días pasados ha sido noticia la existencia de una instrucción del SEPE fechada el 11 de noviembre, en la que rectifica su política de no reconocer para el desempleo las cotizaciones de hogar anteriores al uno de octubre de 2022. La Ministra de Trabajo confirmó que las cotizaciones anteriores se computarán tanto para las prestaciones como para los subsidios, añadiendo “protegemos a las olvidadas. Porque cuidar merece derechos”. CCOO celebraba sin reservas “el reconocimiento íntegro del trabajo en empleo de hogar para acceder a la prestación de desempleo”. No hay reconocimiento íntegro con efectos retroactivos, es falso, la instrucción no dice eso: mantiene la discriminación para el acceso al subsidio de mayores de 52 años.   

Para todos los sectores, este subsidio requiere al menos 15 años de cotización previa, y haber cotizado durante seis también para el desempleo. En el régimen general, esos seis años pueden estar cotizados a lo largo de toda la vida laboral. Por el contrario, la instrucción del SEPE sobre hogar dispone que para el subsidio de 52 años solamente se reconocerán como cotizadas para el desempleo las cotizaciones de hogar de los seis años anteriores a la solicitud del subsidio. Las cotizaciones de hogar de más atrás seguirán tratándose de manera discriminatoria, no servirán para el subsidio.

En consecuencia, quedarán excluidas (entre otros casos que no son de detallar aquí) quienes se hayan dedicado a trabajar siempre en el sector y no hayan estado de alta sin interrupción durante esos seis últimos años. Esto no es lo que han dicho una y otra vez las sentencias de los tribunales superiores de justicia, que vienen reconociendo el subsidio para mayores de 52 años dando por válidas para el requisito de los seis años las cotizaciones de hogar situadas en cualquier fecha anterior a la solicitud.

Mujeres con cotizaciones largas han recibido subsidios que duraban de tres a seis meses, cuando les hubiesen correspondido dos años de prestación

La historia de este asunto es: una sentencia del 22 de febrero de 2022 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró discriminatoria la ley española que excluía la cotización por desempleo en el Sistema de Seguridad Social de Hogar; desde el uno de octubre de 2022 la ley cambió y las trabajadoras empezaron a cotizar para el paro. A partir de entonces, las que solicitaban las prestaciones recibían estrictamente lo correspondiente al tiempo cotizado a partir del uno de octubre de 2022 sin que la inmensa mayoría vislumbrase otra opción y la posibilidad de oponerse, por falta de información. Mujeres con cotizaciones largas han recibido subsidios que duraban de tres a seis meses, cuando les hubiesen correspondido dos años de prestación. Además, la siguiente vez que quedan en paro no pueden utilizar para el desempleo las cotizaciones anteriores que no fueron reconocidas en su día por el SEPE, con lo que la pérdida es definitiva. O al menos eso dice la Instrucción, que no plantea revisar las resoluciones pasadas que sean firmes, es decir, las que no fueron recurridas.

La minoría que tuvo información y tiempo para acceder a la asesoría legal, ganaba siempre el juicio para que le computasen como cotizados para el desempleo todos los periodos de alta en la Seguridad Social de Hogar. Lo dice ahora hasta la Instrucción del SEPE; los pronunciamientos judiciales eran “reiterados y unánimes”. Tan unánimes, que pronto el SEPE dejó de recurrir las sentencias que le condenaban a pagar las prestaciones completas. Tan reiterados que los juzgados habían empezado a condenar al SEPE a indemnizar a las trabajadoras por haberles obligado a pleitear.

El SEPE y el Ministerio de Trabajo del que depende, han jugado con las cartas marcadas durante los tres largos años transcurridos desde la sentencia del TJUE. Hurtar un derecho claro y avalado judicialmente ha sido fácil: dispersión de las trabajadoras, baja sindicalización y, en el caso de bastantes migradas, ausencia de modelos de referencia de cómo funciona la protección por desempleo para el resto de la gente trabajadora. Lo que ha pasado ha sido un abuso miserable que no se hubiese producido si los afectados hubiesen sido compañeros del metal o incluso trabajadoras del SAD. Con el bulo de la equiparación a partir de la instrucción del SEPE del 11 de noviembre de 2025, de nuevo se ha pretendido dar gato por liebre.

El subsidio de mayores de 52 es muy importante para esa parte de la población que a partir de cierta edad se queda en paro y sin expectativas de recolocación. Señal de esto es que, poco después de llegar al Gobierno, en marzo de 2019, el PSOE suprimió los recortes que había realizado el Gobierno de Rajoy en 2012, mejorando además las condiciones de acceso para el resto de la clase trabajadora, excluido el empleo de hogar.  

En el empleo de hogar, sobre todo en el caso de quienes han dedicado muchos años a cuidar en las condiciones actuales de lesiones laborales no reconocidas y falta de prevención de riesgos, el subsidio de mayores es una red de protección necesaria

Actualmente el subsidio puede durar hasta la fecha de jubilación, se cobran 480 euros al mes y se sigue cotizando para la jubilación a cargo del sistema de Seguridad Social. En el empleo de hogar, sobre todo en el caso de quienes han dedicado muchos años a cuidar en las condiciones actuales de jornadas extensas, falta de descanso, lesiones laborales no reconocidas y falta de prevención de riesgos, el subsidio de mayores es una red de protección necesaria.  Se les va a seguir negando a quienes habiéndose dedicado al trabajo de hogar y cuidados, por muchas razones han tenido carreras de cotización fraccionadas en los seis años anteriores a solicitar el subsidio.

Es probable que la maniobra de subordinar el subsidio de mayores de 52 a una condición que muchas no pueden cumplir a día de hoy, se base en el mismo prejuicio que llevó al abogado del reino de España a defender ante el TJUE la exclusión del empleo de hogar de la cotización por desempleo: la dificultad de la comprobación de los requisitos para la prestación debido a la inviolabilidad del domicilio, así como la lucha contra el trabajo ilegal y el fraude en la Seguridad Social (véanse apartados 53 y 54 de la sentencia europea de 24/2/2022).  

Este posible motivo es semejante al que llevó al régimen franquista a denegar durante muchos años la prestación de baja por enfermedad en el sector, y posteriormente a someterla a condiciones que no se le imponían a nadie más, como la ausencia de protección durante los primeros 28 días de la enfermedad o el accidente y la obligación de la trabajadora de pagarse ella misma toda la seguridad social a partir del mes siguiente a iniciarse de la baja y hasta el mes de finalizarla, éste incluido. Aunque ahora parezca mentira, esta norma estuvo vigente hasta diciembre de 2011.

La Instrucción de 11 de noviembre del SEPE es solo la opinión del SEPE sobre cómo gestionar el desempleo en hogar. Si el Gobierno del que depende opina otra cosa, lo demostrará reformando la ley para no dar lugar a interpretaciones que desmienten el avance en la igualdad de derechos que proclama para el sector.

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