Paraísos fiscales
Cómo hacer que un youtuber pague impuestos aunque viva en Andorra
La economía digital, sus formas y su peso en el total de la economía mundial avanzan sin pausa. Los sistemas tributarios no lo hacen a la misma velocidad. En ese desfase legislativo que hay entre uno y otro desarrollo se encuentra, muy cómodamente, desde la sede de Apple o Google en Irlanda, a la base europea de Netflix en Países Bajos o las empresas de apuestas online en Gibraltar o Malta. Pero también lo habitan otros actores menos importantes comparados con dichos gigantes, pero que también están tomando cierta relevancia económica en la actualidad: los youtubers que, como han anunciado recientemente Rubius o ya hizo hace tiempo Vegetta777, se trasladan a territorios con fiscalidades más laxas como Andorra.
La frase de “hecha la ley, hecha la trampa” aquí se queda muy corta: la trampa es ese mundo globalizado capitaneado por las grandes tecnológicas estadounidenses y su ingeniería fiscal, y la ley, que necesita acuerdos internacionales de gran calado, va a rebufo en interminables procesos de negociación de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), bloqueos por parte de algunos países y una lentitud pública institucional que deja escapar miles de millones de euros anuales en ingresos tributarios por su inoperancia.
Pero ese retraso no significa que no se hayan dado pasos y no existan propuestas encima de la mesa. Existe una y es bien clara. Desde 2015, la OCDE se marcó como uno de sus principales objetivos el desarrollo de un marco fiscal global para la nueva economía digital. Al calor de sus reuniones e informes es donde se han desarrollado y fraguado ideas como el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (conocido como Tasa Google o GAFAM) o nuevas técnicas tributarias para determinar dónde y cuánto deben gravar las empresas tecnológicas.
En paralelo, la misma organización ha desarrollado un programa para luchar contra otro tipo de elusión fiscal también utilizado por las grandes tecnológicas, pero también por otras empresas como Inditex o la industria del tabaco, bajo el nombre de Base Erosion and Profit Shifting (BEPS, erosión de la base tributaria y traslado de beneficios). Según la propia OCDE, los BEPS son propiciados por “la existencia de lagunas o mecanismos no deseados entre los distintos sistemas impositivos nacionales de los que pueden servirse las empresas multinacionales, con el fin de hacer ‘desaparecer’ beneficios a efectos fiscales, o bien de trasladar beneficios hacia ubicaciones donde existe escasa o nula actividad real si bien goza de una débil imposición, derivando en escasa o nula renta sobre sociedades”. O sea, el uso de ingeniería fiscal, compraventas entre filiales a precios inflados o los préstamos entre estas a altos tipos de interés, para mostrar que ganas mucho menos a los ojos del fisco en países con impuestos más altos y trasladar esos beneficios a territorios con tributaciones más laxas y así reducir tu factura fiscal global.
Una de las principales herramientas propuestas por la organización es el “informe país por país”. La obligación de presentar cuentas que especifiquen de manera detallada los ingresos y gastos de cada país, para poder determinar dónde se genera el negocio realmente. La otra herramienta presentada en el informe de la OCDE Addressing the Tax Challenges of the Digital Economy de 2015, es la determinación de la dirección real del negocio, de dónde se obtienen los ingresos, y no tanto la residencia fiscal de la empresa o, en este caso, del youtuber.
No donde vives, sino donde ganas
Con esa simple frase se podría resumir la propuesta de la OCDE para gravar este tipo de empresas y que debería ser aplicable a los youtubers y otros generadores de contenidos, bautizada como “significant economic presence” (presencia económica significante). “Esta opción —explica la OCDE en su informe— crearía una presencia gravable en un país cuando una empresa no residente tenga una presencia económica importante en un país, sobre la base de factores que demuestren una interacción decidida y sostenida con la economía de ese país mediante la tecnología y otros instrumentos automatizados”. Para ello, la organización plantea tres tipos de factores a tener en cuenta: basado en la procedencia de su beneficio, factores digitales y la procedencia del usuario de este tipo de servicios digitales.
La OCDE plantea tres tipos de factores a tener en cuenta: la procedencia de su beneficio, factores digitales y la procedencia del usuario de este tipo de servicios digitalesAplicado a los generadores de contenidos, sería muy sencillo señalar la procedencia de sus beneficios y si existe una presencia económica en un territorio: si vives en Andorra, pero tus anunciantes son empresas españolas que pagan dichos anuncios desde España, entonces tienes una presencia significativa en el Estado español y deberás responder ante el fisco del país. Aquí también entra otra de esas “trampas” de la economía digital: empresas como Google o Facebook pagan los ingresos por publicidad desde sus sedes europeas en Irlanda. Por lo que, para corregir esto, es donde debe entrar el informe país por país, con la intención de determinar a qué país corresponde ese negocio y llegar a la misma conclusión: si vives en Andorra y te paga Google desde Irlanda, pero tus anunciantes son españoles, debes pagar impuestos en España.
El segundo factor, el digital, señala como formas de determinar la presencia económica la procedencia del dominio de la web o plataforma, teniendo en cuenta que muchas empresas compran varios dominios de diferentes territorios para facilitar su posicionamiento en los buscadores. Otro sería la sede fiscal de la plataforma digital que alberga dichos contenidos, así como las distintas filiales o departamentos basados y orientados a los mercados de un país. Además, también señala a los tipos de pago locales. Si las plataformas dan opciones de pago o suscripción mediante moneda local de un país o utilizando plataformas y medios de pago de dicho territorio, entonces claramente tiene una presencia económica en dicho Estado. O sea, si vives en Andorra pero YouTube orienta tus vídeos a un mercado español en su web en español y recibes suscripciones y pagos desde territorio español, debes responder ante la Hacienda española.
Si vives en Andorra pero YouTube orienta tus vídeos a un mercado español en su web en español y recibes suscripciones y pagos desde territorio español, deberías responder ante la Hacienda española
El tercer conjunto de factores puede que sea el más apropiado y el que abre un interesante debate en el caso de los youtubers y creadores de contenido. “Dada la importancia de los efectos de red en la economía digital, la base de usuarios y la entrada de datos también pueden ser importantes indicadores de una interacción con la economía de ese otro país”, explica el documento de la OCDE. Si las personas que visualizan tus vídeos, y generan ese tráfico que te reporta beneficios, son de un país, lo más lógico es que se considere que tu negocio procede de ese territorio. Para ello, la organización señala un índice como principal herramienta: Monthly active users (usuarios mensuales activos, MAU por sus siglas en inglés). “El término MAU —dice la OCDE— se refiere al usuario registrado que se registró y visitó la plataforma digital de una empresa en el período de 30 días”. Mediante este factor, se podría determinar “la base de clientes/usuarios en un país determinado” y así poder diferenciar en qué países esa procedencia de usuarios es significativa y, por lo tanto, debería estar sujeta a impuestos. Aquí se abre otro interesante debate: algunos youtubers, como en el caso de Rubius, obtienen gran parte de su tráfico de países latinoamericanos. Aunque España tenga una fiscalidad que no sea tan agresiva como la de Andorra o Panamá, ¿no está siendo injusta con otros países que aportan millones de usuarios y visitas? ¿no es en este caso España la Andorra de Argentina o México? Muy a pesar de la Hacienda española, este tipo de tributación también haría un reparto más justo a aquellos países donde residen los seguidores de estas nuevas estrellas del siglo XXI. Latinoamérica también merece ingresar impuestos por ello.
Otro factor aplicable de este tercer grupo sería la cantidad y periodicidad de contratos con empresas de un mismo país. Ante la dificultad que plantea el comercio online o la economía de plataforma, donde una plataforma con sede en Países Bajos como Uber puede cerrar miles de contratos diarios entre conductores y clientes en un país, la OCDE plantea que el número de contratos y las veces que se cierran durante un periodo fiscal deberían ser indicativos suficientes para justificar su presencia económica significativa.
A la ya conocida frase de “si el producto es gratis, el producto eres tú” habría que aplicarle una visión fiscal: si el producto eres tú, quien te venda tendrá que pagar impuestos donde tú resides
La tercera vía de este grupo de factores es de vital importancia para la economía digital de este siglo, aunque no tanto para youtubers sino para las grandes (y no tan grandes) tecnológicas: la procedencia de los datos recogidos. A la ya conocida frase de “si el producto es gratis, el producto eres tú” habría que aplicarle una visión fiscal: si el producto eres tú, quien te venda tendrá que pagar impuestos donde tú resides. El comercio de datos es ya la principal vía de ingresos de los grandes grupos tecnológicos, superando ya en muchos casos a los ingresos por publicidad. Lo que plantea la OCDE es tan simple como que si Facebook vende datos de grupos demográficos residentes en el Estado español mediante su filial irlandesa, responda ante la Agencia Tributaria española.
Como hemos visto, las herramientas, técnicas y opciones para acabar con el debate sobre la residencia fiscal de las empresas y personas que generan beneficios en la economía digital, así como para tapar el agujero fiscal que dejan en muchos países, están ahí desde hace años. Ese desfase entre la trampa y la ley, entre la ingeniería fiscal y una tributación justa, se puede atajar con la voluntad política de instituciones supranacionales, como la propia OCDE o la Comisión Europea, y los Estados que las componen. Una voluntad política que obligue a las empresa tecnológicas a mostrar sus verdaderas y reales cuentas de resultados por países, la procedencia de sus ingresos significativos e, incluso, las entrañas de los algoritmos que usan para repartir y gestionar dichos beneficios. Los retos de la economía digital a los que se refiere el informe de 2015 siguen en la misma situación, los youtubers se siguen mudando y los Estados siguen perdiendo ingentes cantidades de ingresos fiscales que les corresponden. Pero las soluciones existen.
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