La Ley de Vivienda permitirá subir el alquiler hasta un 35% en cinco años

Un análisis del Sindicat de Llogaters de Catalunya analiza los “agujeros” de la norma que se aprobará este jueves en el Congreso.
Alquiler Tetuan - 1
David F. Sabadell Anuncio de alquiler en una nueva promoción de viviendas.
@MartinCuneo78
@martincuneo.bsky.social
26 abr 2023 10:18

Un alquiler de 1.077 euros, la renta media de la ciudad de Barcelona, podría subir hasta 1.453 euros en cinco años. Este es el resultado de los cálculos realizados por el Sindicat de Llogaters (sindicato de inquilinos) de Catalunya sobre los “agujeros” que contiene la regulación de los alquileres en la Ley de Vivienda.  

Lejos de obligar a reducir los alquileres más altos, este colectivo señala que la ley “está diseñada para poder seguir subiendo los precios”. Son en las excepciones y la letra pequeña de la Ley donde los propietarios podrán asirse para aumentar hasta un 35% el precio del alquiler en cinco años. Y eso solo en el caso de que la comunidad autónoma haya solicitado la declaración de zona tensionada, paso imprescindible para aplicar la regulación de los alquileres.

“La ley, al tener un redactado vago y lleno de imprecisiones, permite a la patronal inmobiliaria subvertir el sentido de la regulación de los alquileres y continuar haciendo subidas a los inquilinos”

En una zona tensionada, los alquileres podrían subir un 10% en el momento de la renovación del contrato si se han realizado “mejoras” en la vivienda, una definición ambigua que permite incluir desde una rampa a un interfono con vídeo, según indican desde el Sindicat. A esto se le sumaría el 2% que podrán subir en 2023, el 3% en 2024 y una cifra todavía sin definir a partir de 2025. A este aumento, los caseros podrán recurrir a una repercusión del IBI, ya que, según afirma el sindicato de inquilinos “la ley no prohíbe añadir tasas y tributos del anterior contrato”. 

“La ley, al tener un redactado vago y lleno de imprecisiones, permite a la patronal inmobiliaria subvertir el sentido de la regulación de los alquileres y continuar haciendo subidas a los inquilinos”, denuncia este colectivo. 

Qué pasa con los alquileres de temporada

Otra de las grandes carencias de la ley es la falta de regulación de los alquileres de temporada, un fenómeno en alza desde la reforma de la ley de alquileres en 2019, que alargó la duración de los alquileres de tres a cinco años para los pequeños propietarios, y de cinco a siete años en el caso de los grandes tenedores.

Según denuncia el Sindicat, los propietarios podrían recurrir al alquiler de temporada, de solo 11 meses de duración y sin límites al precio aunque se encuentren en una zona declarada tensionada. Se trata, apunta esta organización de inquilinos, del “gran agujero” de la Ley de Vivienda.

En la redacción final de la Ley figura una disposición adicional, negociada a última hora, que abre la puerta a una futura negociación de este tipo de alquileres de temporada

En la redacción final de la Ley, publicada el lunes pasado en la web del Congreso y que se votará en las Cortes este jueves 27, figura una disposición adicional, negociada a última hora, que abre la puerta a una futura negociación de este tipo de alquileres de temporada. La versión final de la ley no resuelve el problema sino que aplaza la decisión sobre qué hacer con los alquileres de temporada a “un grupo de trabajo para avanzar en una propuesta normativa de regulación de los contratos de arrendamiento de uso distinto del de vivienda”, entre los que se encuentran los alquileres de temporada, pero no los alquileres turísticos, que no son mencionados en la Ley.

“Es imprescindible tapar estos agujeros para que la Ley de Vivienda funcione”, resumen desde el Sindicat de Llogaters.

Derecho a la vivienda
Guía para no perderse en los avances y “coladeros” de la Ley de Vivienda
La Ley de Vivienda consensuada entre los socios de Gobierno incluye demandas históricas del movimiento social, pero también “está llena de agujeros” que hacen muy difícil que la norma sirva a su propósito.
Cargando valoraciones...
Ver comentarios 1
Informar de un error
Es necesario tener cuenta y acceder a ella para poder hacer envíos. Regístrate. Entra en tu cuenta.

Relacionadas

Cargando relacionadas...
Cargando portadilla...
Comentarios 1

Para comentar en este artículo tienes que estar registrado. Si ya tienes una cuenta, inicia sesión. Si todavía no la tienes, puedes crear una aquí en dos minutos sin coste ni números de cuenta.

Si eres socio/a puedes comentar sin moderación previa y valorar comentarios. El resto de comentarios son moderados y aprobados por la Redacción de El Salto. Para comentar sin moderación, ¡suscríbete!

Cargando comentarios...