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¿Qué es lo que esconde el derecho a la última palabra de un acusado durante un juicio para que los abogados prefieran que no lo ejerzan sus clientes? ¿De dónde procede este derecho que permite que un procesado pueda expresarse, y mentir, sin posibilidad de réplica? ¿Tiene sentido este derecho en procedimientos de índole tan técnica como los penales? ¿Estas últimas palabras pueden llegar a cambiar la opinión de los magistrados? Muchas ficciones audiovisuales han plasmado estos mensajes como discursos grandilocuentes por parte de los acusados aunque apenas se produzcan estas escenas en la vida real.
El origen del derecho del acusado a la última palabra está íntimamente ligado a las ideas ilustradas que intentaban acabar con las dinámicas judiciales del antiguo régimen, una época oscura para la justicia en la que eran aceptadas incluso confesiones sonsacadas bajo tortura. “Es importante saber que el titular del derecho a la defensa, tanto en la normativa nacional como europea, es la propia persona acusada, aunque la delegue en un abogado al tratarse de una materia muy técnica”, apunta Concha Roig, magistrada de la Audiencia Provincial de la sección Penal de Murcia.
La última palabra, de esta forma, es el colofón a la vista oral de un juicio. Se produce una vez que todas las partes han hablado y prestado testimonio. “Este derecho está fuera del momento procesal del interrogatorio. Se produce después de que las partes hayan modificado o elevado a definitivas sus conclusiones iniciales”, establece la magistrada.
Roig, que también pertenece al secretariado de Juezas y Jueces para la Democracia, explica que el derecho a la última palabra está concebido para que la persona acusada tenga la oportunidad de mencionar algo que considere importante. Sin embargo, la Ley de Enjuiciamiento Criminal también establece unos límites. Así pues, el juez cuidará de que los procesados, al hacer valer su derecho, no ofendan la moral ni falten el respeto al tribunal ni a ninguna de las partes del procedimiento. También recoge limitaciones en cuanto al contenido del mensaje, por lo que el acusado debe ceñirse a lo que sea pertinente para el caso, pudiéndole retirar la palabra el juez si fuera necesario.
“La importancia del derecho a la última palabra es tal que si no se permitiera ejercitarlo lo más seguro es que se anulara el juicio con posteridad”, explica la jueza Concha Roig
“La importancia del derecho a la última palabra es tal que si no se permitiera ejercitarlo lo más seguro es que se anulara el juicio con posteridad”, explica Roig. Según esta jueza, en torno al 10% de los casos, aquellas personas que sí deciden ejercitar el derecho se terminan propasando al no ser respetuosos con las partes.
Por otra parte, alguno de los mensajes que lanzan los procesados en estos últimos minutos de vista oral pueden hacer referencia a cuestiones de índole personal: “Podrían negar algo que ha afirmado una testigo durante el juicio y explicar, por ejemplo, que ha mentido porque tiene una clara enemistad con el acusado”, ilustra la magistrada. Además, cabe señalar que el acusado tiene derecho a no reconocer los hechos que se le imputan y a no confesarse culpable, lo que se materializa en la posibilidad de mentir. Si lo hace durante su última palabra, además, nadie le replicaría.
Evitar la defensa suicida
“En mi experiencia, la mitad de los acusados que lo ejercitan lo hacen para reafirmarse en lo ya expuesto por su letrado. De ese 50% que prefiere no decir nada, uno de cada cuatro lo hace después de que su abogado le haya indicado que no lo haga, porque no se fía”, se explaya Roig.
A lo que se refiere esta jueza es al miedo que muchos defensores tienen de que su cliente, el acusado en el procedimiento, empeore su propia situación sin saberlo. Es lo que se conoce como la defensa suicida. “Si le está defendiendo todo el juicio y las cosas no han salido tan mal pero el acusado no sabe verlo de esa manera y al final pide perdón por lo que ha hecho, toda la defensa se va al traste”, ejemplifica la magistrada de la Audiencia Provincial de Murcia.
En el caso de sí querer ejercer este derecho, los mensajes suelen tener una duración de unos tres o cuatro minutos, a tenor de lo explicitado por Roig. “Hay casos en los que se alargan y sí tienes que indicarles que se están repitiendo o que no tiene ninguna relación con lo enjuiciado, pero con mucho cuidado porque no les puedes cortar debido a que el juicio podría ser nulo si eso pasara”, apuntilla la experta.
Reconvertir el derecho a la última palabra
Por su parte, los abogados suelen temer bastante el ejercicio del derecho a la última palabra. Es lo que le sucede a Eric Sanz de Bremond, abogado penalista de Red Jurídica. “Es algo que decide personalmente el acusado, pero hay que tener cuidado con lo que se dice”, comenta el especialista. Asimismo, este letrado prefiere detenerse a analizar la posibilidad de que el acusado tenga derecho a declarar el último en el juicio, que su testimonio sea el último que se escuche en la sala. “Eso sí que sería un derecho a la última palabra mucho más valioso que el actual”, dice.
A pesar de que la Ley de Enjuiciamiento Criminal no establece un orden en torno a quién debe testificar antes, normalmente el acusado lo hace en primer lugar. “Muchos abogados llevamos años reivindicando que sea el último, y cuando lo propusimos no se aceptó parapetándose en el derecho a la última palabra, pero para nosotros no es la misma garantía”, señala Sanz de Bremond.
“Yo creo que la última palabra no consigue hacer variar la opinión del jurado. Si se tratara de la declaración del acusado en lugar de la última palabra, entonces sí podría hacerlo”, reitera el penalista. En realidad, el derecho a la última palabra del acusado es algo tan simbólico que hasta los magistrados cierran sus carpetas con la documentación del caso antes de dar la palabra al procesado.
“Esperemos que el derecho a la última palabra pronto se convierta en el derecho del acusado a prestar testimonio el último”, enuncia Eric Sanz de Bremond, abogado penalista de Red Jurídica
Para Sanz de Bremond, este derecho puede perjudicar más que beneficiar a la persona juzgada. “Para mí es algo formalista, sin demasiado contenido y que da la posibilidad de que el acusado pueda decir lo que quiera, pero que no consigue revertir la opinión de los juzgadores. Esperemos que el derecho a la última palabra pronto se convierta en el derecho del acusado a prestar testimonio el último”, enfatiza este experto.
La última palabra, un riesgo a evitar
Miguel Sánchez es responsable del Área de Defensa de Derechos Humanos del Colegio Oficial de la Abogacía de Sabadell: “Cuando se implantó una defensa técnica por parte de un abogado profesional de forma obligatoria en los procesos penales se difuminó la razón de ser del derecho a la última palabra, por lo que habría que darle un nuevo matiz”, comienza su diatriba. Por eso, Sánchez se suma a la postura de Sanz de Bremond y defiende que el acusado sea el último en testificar en un juicio.
Sea como fuere, este letrado apunta lo que un abogado siempre tiene que hacer: explicar a su defendido qué no tiene que decir cuando sea interrogado y evitar siempre cualquier riesgo. Sería en estos últimos donde entraría el derecho a la última palabra en una persona no habituada a procedimientos judiciales. “Los abogados solemos preferir que no hablen”, sentencia.
De todas formas, la última palabra de un procesado también puede utilizarse para intentar rebajar la pena. “El acusado puede contar la situación personal que tenía y que quizá fue lo que le llevó a infringir la ley, es decir, puede ponderar todo aquello que le sirva para una posible rebaja de la pena”, finaliza el abogado catalán.
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Un derecho medieval para una justicia medieval. La última palabra es del gobierno con potestad de indultar y del pueblo con potestad de ensañarse o ensalzar al condenado.
Hoy día con la justicia mediática la última palabra real es del espectador.
Con todo, la última palabra debería ser la de un psicólogo para calibrar el buen juicio del juez, especialmente en casos señalados de delitos sexuales y agravios morales en los que se pueden deslizar fácilmente hacia la reacción patriarcal y misógina.