Juicio del 1 de Octubre
El Supremo acuerda condenar por sedición a nueve de los doce acusados por el 1-O
La Sala, en cambio, rechazará el delito de rebelión que a lo largo de todo el proceso ha defendido el Ministerio Fiscal. La sentencia condena también a varios de los exmiembros del Govern por malversación de caudales públicos. Las manifestaciones, la interposición no violenta o la desobediencia civil podrán ser juzgadas con los criterios que establece esta sentencia.

Los siete magistrados de la Sala Segunda han acordado condenar por un delito de sedición a nueve de los 12 acusados por el desafío independentista, según ha publicado este sábado El Mundo. La sentencia, que tiene una extensión de unas 500 páginas, se dará a conocer probablemente este lunes. Las penas de la sedición oscilan entre los 10 y 15 años de prisión e inhabilitación absoluta para cargo público por igual periodo de tiempo.
Los condenados serían el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los ex consellers Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull, Dolors Bassa y Raül Romeva, la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell, y los dirigentes de las entidades soberanistas, Jordi Cuixart y Jordi Sànchez.
Según El Mundo, que ha adelantado la sentencia en exclusiva, la Sala que preside el magistrado Manuel Marchena también condenará a varios de los exmiembros del Govern por malversación de caudales públicos en el referéndum del 1-O e impondrá diversas penas de prisión por sedición en concurso medial con malversación a varios promotores del proceso soberanista en Catalunya, al entender que para llevar a cabo ese delito de sedición fue necesario primero que los ex miembros de la Generalitat malversaran fondos públicos.
La Sala, en cambio, rechazará el delito de rebelión que a lo largo de todo el proceso ha defendido el Ministerio Fiscal. Las información de El Mundo especifica además que los exconsellers Santi Vila, Meritxell Borràs y Carlos Mundó serán condenados por un delito de desobediencia y absueltos del delito de malversación al considerar que durante la celebración de los cuatro meses de vista oral no ha quedado acreditada la coautoría de los mismos en el desvío de fondos públicos de la Generalitat.
Las sentencias crean jurisprudencia con rango de fuente del derecho, similar a la ley, por lo que en un futuro las manifestaciones, la interposición no violenta o la desobediencia civil podrían ser juzgadas con los parámetros que establece esta sentencia.
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