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Iglesia católica
El Gobierno deroga la exención para la Iglesia Católica del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obra
Desde mañana día 4 de noviembre, la Iglesia deberá pagar el impuesto que paga cualquier otra empresa cuando pretende realizar una obra o construcción en sus instalaciones, perdiendo la exención que tenían de dicho tributo a diferencia de otras entidades sin ánimos de lucro que sí que deben hacer frente a este tributo.
Esa exención formaba parte del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos de 1979, que reconocía la exención total y permanente de los impuestos reales o de producto, sobre la renta y sobre el patrimonio.
En dicha fecha, cuando se firmó el acuerdo, no existía el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), que fue creado en 1988. Años más tarde, en 2001, este impuesto también fue incluído en el Acuerdo entre el Estado y la Santa Sede.
El pasado 29 de marzo, como acuerdo adicional al acuerdo entre el Estado y la Santa Sede de 1979, el Gobierno español y la Conferencia Episcopal española, con el objeto de armonizar el régimen fiscal de la Iglesia Católica con el régimen fiscal previsto para las entidades sin ánimo de lucro, alcanzaron un acuerdo para la renuncia a las exenciones en el ICIO que hoy se hace efectivo con la publicación de la retirada de la exención en el BOE. Para hacer efectiva la renuncia a esa exención por parte de la Iglesia es necesario derogar la Orden Ministerial de 2001, derogación que se materializa a través de la Orden publicada este viernes.
Según explicó en marzo el ministro de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaño, esta exención ahorraba unos 16 millones de euros a la Iglesia Católica. Esa cantidad será ingresado a partir de ahora por los ayuntamientos, que son los encargados de recaudar este tributo.
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