La Xunta ignora una sentencia firme y niega las ayudas a un niño con autismo severo y parálisis cerebral

Joaquín y Julieta llevan dos años batallando contra la Consellería de Política Social de Fabiola García después de que un técnico omitiese el diagnóstico de TEA en una valoración que rebajó el grado de dependencia de su hijo.
Joaquín e Julieta pais Ignacio.
Joaquín y Julieta, padre y madre de Ignacio, en su hogar.

Ignacio tiene diez años y vive en la provincia de Ourense. Nació con parálisis cerebral, displasia de caderas bilateral y trastorno del espectro autista severo no verbal, entre otros diagnósticos. No tiene lenguaje oral. Para desplazarse en interiores usa andador; en las distancias largas, silla de ruedas. No puede subir ni bajar escaleras solo. Necesita supervisión constante. Así consta en la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Ourense, que el pasado noviembre le reconoció un grado III de dependencia —el máximo— y condenó a la Consellería de Política Social de Fabiola García (PP) a asumir “las consecuencias que de él se deriven”. Pero casi medio año después de esa resolución firme, Ignacio no recibe ni un euro de las ayudas públicas que le corresponden.

Un baremo viciado desde el principio

En 2017, cuando Ignacio tenía dos años, la familia solicitó la valoración de dependencia. El niño obtuvo grado III y, con él, la prestación económica de cuidados en el entorno familiar; alrededor de unos 500 euros mensuales. Durante seis años esa situación se mantuvo estable. En 2023 la consellería decidió hacer una revisión de oficio. Un técnico visitó el domicilio y aplicó el baremo de valoración del desempeño diario. Meses después llegó la resolución: grado II. La familia no entendía nada.

“Todos los médicos, el colegio, los especialistas privados reconocieron que el niño tiene un trastorno del espectro autista. Pero ese técnico fue a casa y omitió el TEA”, explica el padre, Joaquín Dosrey. Según explica, el autismo condiciona la puntuación en múltiples áreas y, si no se registra, la evaluación parte de un error de base. “Cuando omites el autismo, el baremo ya está viciado desde el principio”, dice Dosrey.

La familia presentó alegaciones. La consellería respondió por escrito que el técnico no había cometido ningún error y que los informes que aportaban los padres recogían “nuevos diagnósticos” que se tendrían en cuenta “en una revisión posterior”. El TEA de Ignacio, sin embargo, constaba en múltiples informes del Servicio de Psiquiatría Infantil, de Atención Temperá y de Rehabilitación del Complexo Hospitalario Universitario de Ourense, con fechas que van de 2018 a 2024, mucho antes de la valoración impugnada.

Sentencia firme, ayudas cero

Al ver desestimadas sus reclamaciones, los padres demandaron a la Xunta. En el juicio declararon dos especialistas del Sergas y ambas confirmaron lo que los padres llevaban años diciendo: el niño necesita ayuda de forma continua, no es independiente y su situación no ha variado.

La sentencia, dictada en noviembre de 2024, fue contundente. La jueza consideró que “la situación de Ignacio es la misma en la actualidad que en 2017” y que la resolución que le reconocía grado II “no se encuentra ajustada a derecho”. Condenó a la consellería a reconocerle el grado III y a asumir todas las consecuencias derivadas. 

A partir de ahí comenzó lo que la familia describe como un nuevo ciclo de obstáculos. Meses después de la sentencia, la consellería envió una carta en la que reconocía el grado III pero establecía una prestación de 250 euros de prestación vinculada a cuidados y unos 180 de prestación de servicios: en total, menos de lo que recibía antes del juicio, y sin volver a valorar al niño ni incluir el diagnóstico de TEA en el expediente.

Los padres se negaron a aceptarlo. “La jueza dice que la resolución no es ajustada a derecho, que el proceso no fue legal. Eso significa que tienes que volver a valorar al niño, no que pongas el número III en el grado y mantengas el mismo baremo viciado”, argumenta Dosrey. 

Posteriormente, la Consejería envió una medida cautelar en la que exigía que la familia presentase facturas de los servicios de terapia para seguir percibiendo las ayudas. Los padres la rechazaron. 

Ignacio acude entre cuatro y cinco terapias por semana, pero presentar esas facturas sería, a su juicio, aceptar tácitamente una valoración y un PIA —programa individual de atención— que consideran incorrectos. “Si presentas las facturas, estás validando ese informe”, dice el padre. “Estarías aceptando que el baremo de tu hijo, que hemos demostrado que está mal desde el primer día, es correcto.”

Desde principios de 2026, las ayudas están paralizadas e Ignacio cobra cero euros.

La familia denunció también otras presiones durante el proceso. Según el relato de Dosrey, un funcionario advirtió telefónicamente que si se hacía una nueva valoración “corría el riesgo de que le siguieran quitando recursos”. 

Por su parte, la trabajadora social que visitó al niño —a petición de la propia consellería, como parte de un trámite cautelar— concluyó en un informe que Ignacio “está bien cuidado”, que los padres están “integrados en su cuidado responsable” y que debe otorgársele la prestación que tenía antes del juicio; la prestación de cuidados en el entorno familiar, en su cuantía completa.

La contradicción, apunta Dosrey, está dentro de la propia administración. Mientras el técnico que valoró a Ignacio en 2023 detectó una mejoría que ninguna otra persona de su entorno —ni médicos, ni especialistas, ni el colegio— confirmó, otro gabinete de la misma Consellería de Política Social revisó en esos mismos años el reconocimiento de discapacidad del niño y le subió la puntuación casi hasta el 90%. “Es el mismo organismo”, dice el padre. “Uno ve mejoría donde nadie más la ve; el otro reconoce que la situación es grave. No tiene ningún sentido.”

En febrero de 2026 la familia presentó un escrito solicitando que la administración actúe de oficio para corregir los errores de la valoración de 2023. De momento, sin respuesta. Si no hay avance, los padres solicitarán la ejecución forzosa de la sentencia y valoran recurrir a la Fiscalía de Menores para que supervise si la actuación de la consellería es ajustada a derecho.

La Consellería de Política Social argumenta que “se cumplió estrictamente con lo dictaminado en la sentencia” y que el fallo “fue ejecutado con el reconocimiento del grado III de dependencia”. Sobre la ausencia de prestaciones económicas, el departamento que dirige Fabiola García indica que “para poder otorgar una prestación económica es necesario que presenten la documentación justificativa” y que “sin facturas acreditativas la Xunta no puede realizar pagos”.

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