Anulan la condena a un ferrolano encarcelado por Franco por guardar un discurso socialista

La resolución judicial revoca un fallo de 1943 y certifica oficialmente la represión política ejercida contra José Varela Cachaza.
José Varela Cachaza
Los dos hijos de José Varela Cachaza, oficial de Telégrafos condenado a prisión en el año 1942, en los juzgados de Ferrol, el pasado 25 de noviembre. Foto: Memoria Histórica Democrática.
4 dic 2025 12:05

El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ferrol ha emitido una resolución de calado histórico al amparo de la Ley de Memoria Democrática. El tribunal declara nula la condena dictada en 1943 por un consejo de guerra franquista contra José Varela Cachaza, funcionario de Telégrafos, y certifica judicialmente la represión política que padeció.

Según el auto, Varela Cachaza —nacido en 1910— fue arrestado el 19 de mayo de 1942 después de que la policía hallase en su poder un extracto de un discurso pronunciado por el socialista Indalecio Prieto en la Universidad de Washington, en Estados Unidos.

A partir de ese hallazgo fue acusado de “excitación a la rebelión”, juzgado en un procedimiento sumarísimo carente de garantías y sentenciado a seis años y un día de prisión mayor. Pasó dos años recluido en la prisión militar del Castillo de San Felipe, hasta el 15 de mayo de 1944.

La resolución judicial subraya ahora que aquella condena no solo lo privó de libertad, sino que también truncó su carrera profesional. Tras salir de prisión perdió su puesto como funcionario y se vio obligado a subsistir como peón y posteriormente como guardia jurado en el puerto, un golpe económico que marcó a toda la familia.

Sus hijos, José y Francisco Varela Cachaza —representados por el abogado ferrolano Jesús Porta— relataron en la vista que comenzaron a trabajar a los 14 años para contribuir al sustento del hogar. Recordaron además el “miedo” que dominó su infancia durante la dictadura, marcado por el estigma de ser considerados “rojos”.

Amparo de la nueva ley

El procedimiento fue promovido por el Ministerio Fiscal en octubre de 2025, tras la reforma introducida por la Ley 20/2022 de Memoria Democrática en la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Esta modificación permite obtener una “declaración judicial sobre la realidad y circunstancias de hechos pasados” cuando no existe controversia que deba resolverse en un proceso contencioso.

El juzgado, tras analizar los documentos aportados —testimonios de familiares y allegados, así como informes del Centro Documental de Memoria Histórica y de archivos militares—, concluye que los hechos están acreditados. En consecuencia, decreta la nulidad de la sentencia dictada el 5 de marzo de 1943 por el Consejo de Guerra ordinario de Ferrol, al considerarla “ilegal e ilegítima”, contraria a Derecho y emitida bajo “intimidación e indefensión”.

La resolución ordena además que esta declaración se incorpore al expediente judicial original, conservado en el Archivo del Tribunal Militar Territorial de A Coruña y en el Archivo del Reino de Galicia. También remite testimonio a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática para su inscripción en el Registro y censo estatal de víctimas.

La magistrada Carmen López Moure fundamenta su decisión en los artículos 5 y 6 de la Ley de Memoria Democrática, que proclaman la ilegitimidad de los tribunales y condenas franquistas por razones políticas o ideológicas y reconocen el derecho de las víctimas a la reparación.

Los hijos de José Varela, presentes en la comparecencia, expresaron su conformidad con el fallo, que consideran un paso decisivo hacia la reparación moral de su padre y el reconocimiento público de la injusticia que sufrió.

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