ETA
Estrasburgo archiva la demanda de 19 presos de ETA para salir antes de prisión
El Tribunal de Derechos Humanos ha archivado el caso después de que los solicitantes retiraran la demanda. Aunque hoy en España una misma persona no puede cumplir dos o más penas en diferentes países por el mismo delito, los presos de ETA no pueden acogerse a esa ley.

19 presos de ETA denunciaron ante el Tribunal de Derechos Humanos (TEDH) que España no les computó las penas que habían cumplido previamente en Francia. Sin embargo, en marzo informaron al TEDH de que “no deseaban mantener sus demandas” al observar que, ante dos procedimientos muy similares, Estrasburgo había fallado en contra.
El Tribunal de Derechos Humano ha archivado hoy las demandas, tras concluir que los argumentos que sostenían los 19 presos eran idénticos a los de dos casos sobre los que la corte europea ya se había pronunciado, cuando avaló la decisión del Tribunal Supremo de no conmutar las penas cumplidas en otros países. En concreto, en octubre de 2018 el Tribunal avaló a España en los casos de Santiago Arrozpide (Santi Potros) y Francisco Múgica Garmencia (Pakito), y en 2019 Kepa Picabea Ugalda recibió el mismo veredicto.
Los demandantes pedían a Estrasburgo restar las penas cumplidas fuera de España, y apelaban a los artículos 5 (sobre el derecho a la libertad y a la seguridad) y 7 (que estipula que no puede haber pena si no hay ley) de la Convención Europea de Derechos Humanos. Además, demandaban que no podían ser condenados por un delito que, en el momento de cometerlo, o bien no estaba tipificado, o bien conllevara un reproche penal menor que posteriormente. Sin embargo, ante la el pronunciamiento de las anteriores resoluciones del Tribunal, los presos comunicaron su intención de no seguir adelante con los recursos, en escritos presentados los pasados días 25 y 29 de marzo y 26 de abril.
En España, desde el año 2014 (Ley Orgánica 07/2014) se actúa conforme a la legislación a la europea, según la que una misma persona no puede cumplir dos o más penas por el mismo delito en diferentes países. Sin embargo, España incluyó una disposición aprobada por el Congreso mediante la que esta nueva ley no se aplicaría de manera retroactiva a los delitos cometidos antes del año 2015, lo que deja fuera a los delitos cometidos por los terroristas de ETA.
La decisión afecta esta vez a etarras históricos como José Javier Zabaleta Elosegui, alias 'Baldo'. Junto a él, esta última demanda la firmaron Aitzol Gogorza, Juan Carlos Subijana, José Ramón López de Abechuco, José María Arregui, Idoia Mendizábal, Josu Arkauz, Agurtzane Delgado, Óscar Celarain, Xabier Zabalo, Ainhoa Barbarín, Balbino Saenz, Andoni Otegi, Juan Luis Rubenach, Juan Ramón Carasatorre, Miguel Ángel Gil Cervera, Ángel María López Anta, Francisco Javier Chimeno y Aitor Aguirrebarrena.
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