Competencia multa a Tele5 por publicidad encubierta en el programa Sálvame

Mediaset tiene diez días para presentar alegaciones que demuestren que Jorge Javier Vázquez no ha hecho comunicación comercial encubierta.

Sálvame Mediaset Tele5
El programa Sálvame realizó publicidad encubierta, según la CNMC
8 feb 2018 09:14

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC), el organismo que promueve y defiende el buen funcionamiento de todos los mercados en interés de los consumidores y de las empresas, ha abierto un expediente sancionador contra Mediaset, dueña de Tele5 y Cuatro, por una posible “comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales” prohibida en el artículo 18.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

En concreto, Competencia denuncia que en el conocido programa “Sálvame Limón/Sálvame Naranja” emitido el 8 de noviembre de 2017 se presentó una revista con finalidad publicitaria y promocional, con incitación directa a la compra de la misma, no sólo visualmente sino por continuas referencias verbales al producto promocionado.

Según la nota emitida por la CNMC, este hecho puede inducir a error a los telespectadores, pues a la vez que se informa o se debate sobre la noticia publicada en portada ese mismo día por la revista, también tiene lugar una promoción de la misma.

El programa presentado por Jorge Javier Vázquez, en caso de quedar acreditada la denuncia, se enfrenta a una multa de 100.001 hasta 500.000 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 60.2 de la LGCA, ya que supondría una infracción de carácter grave recogida en el artículo 58.8 de la citada Ley. Mediaset dispone de un plazo de diez días para presentar alegaciones. 

SEGUNDA MULTA DE 2018

A Mediaset se le acumulan las multas por temas publicitarios. Hace tan solo dos semanas, el 25 de enero, el grupo de comunicación fue sancionado por exceder el tiempo de publicidad permitido. Mediaset superó seis veces el tiempo de emisión de publicidad permitido por la ley entre mayo y julio de 2017. Competencia impuso una sanción de 59.750 euros por las infracciones detectadas en las cadenas de televisión Cuatro, Tele5 y el canal infantil Boing. 

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