Feminismos
Con retraso y descafeinada, constituida la Comisión de Género en los Presupuestos
Se constituye con un retraso de siete años, ostenta escasas funciones y sin la participación de la sociedad civil.

Es la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura, la primera ley en Extremadura en este ámbito. Y estableció en su artículo 18 que la Junta de Extremadura crearía la Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos que tendría “como objetivo la elaboración de un informe en el que se evalúe el impacto de género en el anteproyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura”.
Dicha ley fue aprobada por el entonces gobierno socialista, pero tras llegar al poder el gobierno del partido popular tras las elecciones de mayo de 2011, le toca al gobierno de Monago, que había votado en contra, desarrollar esta normativa y llevarla a la práctica.
Esto contrasta con la existencia de comisiones de impacto de género en otras comunidades autónomas desde hace ya tiempo, por ejemplo en Andalucía y Canarias desde el año 2010...
La por entonces portavoz de la comisión de Igualdad del Grupo Parlamentario del PSOE, Gil Rosiña, consideraba que las medidas contempladas en la ley no se estaban poniendo en marcha y, de igual modo, la Federación de Mujeres Progresistas de Extremadura se quejaba de que no se veían avances. Entre los incumplimientos se destacaba que no se hubiera creado la Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos.
Tras las elecciones del año 2015, vuelve Vara a presidir la Junta de Extremadura. Pero no es hasta el 12 de febrero de 2018, y con las críticas de la oposición por la falta de políticas efectivas en materia de igualdad, cuando se publica en el DOE el Decreto 13/2018, de 6 de febrero, por el se crea la Comisión de Impacto de Género de los Presupuestos y se regula su composición, organización y funcionamiento, no constituyéndose la citada comisión hasta el 3 de mayo.
Esto contrasta con la existencia de comisiones de impacto de género en otras comunidades autónomas desde hace ya tiempo, por ejemplo en Andalucía y Canarias desde el año 2010, en Cataluña desde el 2014 y en Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Madrid desde 2016.
COMISIÓN CON ESCASA COMPETENCIAS Y SIN PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Aparte de tardar siete años en constituirse la comisión de impacto de género, ostenta escasas funciones y sin la participación de la sociedad civil o entes externos a la propia administración en su composición.Las funciones que se le atribuyen a esta comisión son muy escasas y centradas prácticamente en la fase previa de elaboración de los presupuestos. Así, le corresponde informar con carácter preceptivo y no vinculante sobre el impacto de género del anteproyecto de ley de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de cada ejercicio y promover el objetivo de igualdad de género en las políticas públicas de ingresos y gastos de la Junta de Extremadura.
Las funciones que se le atribuyen son muy escasas y centradas en la fase previa de elaboración de los presupuestos [...] La fase de ejecución o un posterior control a través de auditorías queda como una mera declaración de intenciones
La fase de ejecución o un posterior control a través de auditorías u otros mecanismos queda como una mera declaración de intenciones, al establecer que la comisión “impulsará y fomentará la realización de auditorías de género en las Consejerías, empresas y organismos de la Junta de Extremadura”.
En cuanto a la composición de la Comisión, que en todo caso será paritaria, queda reducida solo a miembros de la Junta de Extemadura o sus organismos dependientes, con lo cual no se cuenta con la perspectiva y participación de la sociedad civil u otros entes, tantos para garantizar otro punto de vista e independencia en la toma de sus decisiones como el control en el cumplimiento de lo acordado.
Tan solo se recoge la potestad de la Presidencia de la Comisión, que la ostenta la Consejera de Hacienda, de invitarlas de manera puntual: “La Presidencia de la Comisión podrá invitar a las reuniones del mismo o de sus grupos de trabajo a representantes de otras Consejerías, así como de entidades públicas o privadas u organizaciones o asociaciones del sector cuya presencia y opinión sean consideradas oportunas por razón de la materia”.
En cuanto a la composición de la Comisión, que en todo caso será paritaria, queda reducida solo a miembros de la Junta o sus organismos dependientes, sin contar con la perspectiva y participación de la sociedad civil u otros entes
Estas carencias en participación ciudadana, transparencia y funciones contrastan con otras comisiones de impacto de género en diferentes territorios, siendo quizás la más avanzada la creada en 2016 en el ayuntamiento de Madrid. En esta, por ejemplo, entre sus integrantes están los representantes de organizaciones representativas de intereses sociales que desarrollen actividades para la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres. Asimismo, se establecen medidas de transparencia y de difusión de los informes y actuaciones, y las competencias y funciones de la comisión son más amplias.
Igualmente entre las funciones de la Comisión de Impacto de Género de los Presupuestos de Extremadura, se echan de menos algunas medidas como promover la realización de auditorías de género en las Consejerías y entidades dependientes de la Junta, impulsar la aplicación de la perspectiva del enfoque de género en el plan de auditorías de cada ejercicio, informar sobre cualquier asunto o materia de su competencia en los ámbitos económico y presupuestario, impartir formación con perspectiva de género al personal de los centros gestores con competencias en el ámbito presupuestario, establecer técnicas presupuestarias, objetivos e indicadores de igualdad que interactúen con los específicos de cada gasto o ingreso, y medir su realización mediante programas informáticos, extender la evaluación de impacto de género a las fases de ejecución y liquidación del presupuesto, entre otras.
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