Represión
De pertenencia a banda armada a recibimientos de presos: 102 años por solidarizarse

La Audiencia Nacional considera a Causa Galiza y Ceivar organizaciones criminales para la comisión de delitos de enaltecimiento, y solicita la ilegalización de ambas y 102 años de cárcel para 12 de sus miembros.

Causa Galiza
El 1 de julio la Audiencia Nacional, retiró definitivamente la acusación de pertenecer a la organización armada para nueve miembros de Causa Galiza. Foto: Causa Galiza
Entrevista en vídeo: Pablo Santiago y Roi Ribeira
14 nov 2019 13:30

“Vi entrando por el pasillo a la Guardia Civil. Venían agentes con metralletas y encapuchados”. Así se ejecutó el 30 de octubre de 2015, según las declaraciones de Salvador Gomes, la operación Jaro en la que fue también detenido su hermano entre un total de 9 personas vinculadas a Causa Galiza. El Ministerio de Interior publicaba entonces una nota en la que señalaba que la formación política independentista habría “surgido como sucesora” de las organización de apoyo a Resistência Galega, tras declararse este grupo como terrorista en una sentencia de 2014 del Tribunal Supremo. Algo difícil de encajar con que fuese públicamente conocido que Causa Galiza tenía actividad como plataforma desde 2007, y comience a constituirse como formación política en 2013. Los detenidos fueron llevados a Madrid, donde el juez Eloy Velasco los dejó en libertad tras retirarles el pasaporte, imputarles el delito de integración en banda terrorista y ordenar la suspensión de actividades de Causa Galiza, algo que mantiene hasta diciembre de 2016.

Tras la operación, la vorágine mediática siguió el esquema habitual de procedimiento en estos casos. El Ideal Gallego lo llevaba a portada: “Libertad con cargos para los detenidos de Resistência Galega”. Las fuentes consultadas por La Gaceta aseguraban a ese diario que “Resistência Galega buscaba atentar durante la campaña electoral” y que se habían intervenido documentos con los que se podría “componer el organigrama de las unidades terroristas”, y añadía que los arrestados constituían la “cúpula” de Causa Galiza, “cerebro de Resistência Galega”. Algunas noticias señalaban domicilios personales de los investigados.

Entre los detenidos se encontraba Antom Árias Curto, todo un caramelo para la estrategia de incriminación, un histórico del EGPGC que, con 71 años, “prestaba su último servicio en las filas de Causa Galiza”, donde la mayoría de arrestados eran “jóvenes y con escasa experiencia”, según El Faro de Vigo y El Correo Gallego. Pero lo cierto es que Antom fue detenido sin formar parte siquiera de Causa Galiza, y así lo asume la Fiscalía.

En 2017 la Audiencia Nacional ordena la detención de otros tres militantes de Ceivar en lo que se dio a conocer como Operación Jaro II, para fusionar ambas causas un mes después con acusaciones que van desde integración en banda armada hasta integración en organización para la comisión de enaltecimiento del terrorismo.

Todas las informaciones y conjeturas vertidas inicialmente, carentes de la más básica consistencia indiciaria, van cayendo en saco roto a lo largo de la instrucción: no se encuentran evidencias de conexión entre estas organizaciones y Resistência Galega, por lo que, sin existir tampoco armas o explosivos, la acusación de pertenencia a banda armada no se sostiene, y se retira en julio de este año.

Represión
Represión Resistência Galega, un concepto
La operación contra Causa Galiza y Ceivar se articula en base a la vinculación de estas organizaciones con Resistência Galega. Pero incluso la existencia de este grupo resulta controvertida.

En contraste con el relato inicial, los hechos que se les atribuyen quedan reducidos a dar apoyo a miembros de Resistência Galega y “justificar los delitos de terrorismo”, o sea, la acusación pasa de considerar a Causa Galiza como un brazo de Resistência Galega a atribuir a los miembros de Causa Galiza y Ceivar exclusivamente la organización y asistencia a actos públicos consistentes en recibimientos a presos independentistas o la celebración del Día da Galiza Combatente.

En ese punto, el escenario era de “relativa tranquilidad”, dice Joam Peres, uno de los detenidos contactado por El Salto. “Un delito único por cabeza de enaltecimiento, que se puede sancionar de uno a tres años” y “por lo tanto, altas probabilidades de que no hubiese ingresos en prisión”.

No obstante, en el auto de la Fiscalía que se dio a conocer esta semana se solicitan penas que van de los cuatro a los doce años para los doce investigados, sumando un total de 102 años. “Una vez cerrada la investigación”, continúa Joam, la Fiscalía de la Audiencia Nacional “nos carga la mochila e incluye un delito de integración en organización criminal” para la comisión de enaltecimiento del terrorismo. Esto lo hace tanto para los integrantes de Causa Galiza como para los de Ceivar, solicitando cuatro años tan solo por este delito para cada uno de los acusados, a excepción de Antom Árias Curto, que recibe la petición más baja. Considerando a Causa Galia y Ceivar como organizaciones criminales, formula también una petición de disolución de ambas organizaciones. Además, la petición para cada acusado es de dos años de prisión por cada una de las veces que la Fiscalía considera que pudo haber incurrido en enaltecimiento del terrorismo.

En el auto se hace constar la participación de los acusados en la celebración del Día da Galiza Combatente de 2014 y de 2015, así como en siete actos de recibimiento a presos independentistas.

DÍA DA GALIZA COMBATENTE

El Día da Galiza Combatente comienza a celebrarse en 2001 cada 11 de octubre, fecha que hace referencia a la acción del EGPGC llevada a cabo en 1990. El Exército Guerrilheiro do Pobo Galego Ceive planificó para la madrugada de aquel día una oleada de ataques contra los establecimientos de los detenidos por narcotráfico en la Operación Mago que instruía Garzón. Casi simultáneamente explotaron artefactos en propiedades de Laureano Oubiña, Manuel Charlín, Narciso Fernández Hermida y Ramiro Sánchez Casas, así como la sucursal bancaria en la que Oubiña realizó diversas operaciones financieras. Pero la bomba que colocaron Xosé Ignacio Villar y Lola Castro en la discoteca Clangor (Santiago de Compostela), programada para cuando el local estuviese vacío, se activó antes de tiempo a causa de la vibración de los altavoces, provocando medio centenar de heridos y la muerte de Xosé y Lola, y una tercera persona, que sería la segunda y última víctima mortal en un total de 90 acciones del EGPGC que tenían por pretensión causar daños materiales.

Causa Galiza organiza actos en memoria de Xosé y Lola en 2014 y 2015, a quienes circunscriben en la lucha independentista. Según el criterio del Ministerio Fiscal, que la celebración reivindique la figura política de estas personas por el día de su muerte implica una suscripción y defensa de sus métodos de acción política, y en base a esto la formación política que lo organiza pasa a considerarse criminal, y en consecuencia debe ser ilegalizada y los miembros acusados incurren en delito de pertenencia a organización criminal. De este modo, considera que la organización, la participación o incluso la mera asistencia incurren en delito de enaltecimiento del terrorismo, que en el caso de Antom, Borxa, Joam y Salvador tiene en cuenta doblemente por participar en las dos ocasiones. Por ejemplo, a José Antom la Fiscalía exclusivamente le atribuye la asistencia a la celebración de 2015, y con tal motivo le solicita un total de seis años: dos años por enaltecimiento y cuatro por integración en organización criminal.

El Ministerio Público mantiene la tesis de que Causa Galiza estaría justificando a Resistência Galega, y para eso emplea la documentación incautada, en algunos casos de un modo un tanto difícil de comprender. Por ejemplo, en el caso de Antom considera que un documento sobre la lucha independentista de los años 80, un libro sobre infiltración policial en el independentismo gallego y la fotografía de una pancarta con 13 fotogramas de independentistas gallegos entre los que la Fiscalía cita exclusivamente a Lola y Xosé prueban este “apoyo y justificación de Resistência Galega”, pero ni Resistência Galega existía en los años 80, ni Lola y Xosé guardaban ninguna relación con tal grupo, ni se explica que el libro verse siquiera sobre él.

En el caso de Joam, se incauta un cartel con el lema “defender a terra nom é delito” —defender la tierra no es delito—. Esta frase, continúa el auto, “fue utilizada en ocasiones por el entorno independentista radical gallego y por la organización terrorista Resistência Galega”, un razonamiento jurídico que obedece al mismo patrón que criminaliza el uso de frases como “alde hemendik” —“que se vayan”— en Euskal Herria: un grupo declarado terrorista emplea un lema popular de uso extendido por la tendencia política a la que se adscribe, y el uso de este lema por cualquiera pasa a ser delito vinculado al terrorismo.

RECIBIMIENTOS A PRESOS INDEPENDENTISTAS

Aplicando una argumentación similar, la Fiscalía considera que siete recibimientos a presos independentistas entre los años 2008 y 2017 en los que participan miembros de Causa Galiza y Ceivar-OPAR (Organismo Popular Anti-Repressivo) constituyen “enaltecimiento y justificación de los terroristas gallegos”, si bien seis de esos siete recibimientos son previos a que la Audiencia Nacional declarase la existencia de un grupo terrorista denominado Resistência Galega, que habría iniciado su actividad en 2005. Este enaltecimiento lo justifica en base a la alegría manifestada en estos actos por el excarcelamiento de los presos y por la “vuelta a Galicia y a la lucha”, al margen de los hechos concretos que se les atribuyan —que en ningún caso van más allá de daños materiales—, de los que la Fiscalía no recoge que se haga ninguna valoración positiva.

Sin indicios que apunten lo contrario, lo que se relata en el auto parece encajar más bien en la acogida de estas personas en la militancia política desentendiéndose, para bien o para mal, de los hechos que se les imputan, lo cual debería estar amparado por el principio de reinserción. De hecho, la AVT, el PPdeG y el entonces alcalde de Santiago de Compostela llevan a la Audiencia Nacional una convocatoria similar en 2008 de la que harían parte Ugio Caamanho y Xiana tras haber sido condenados, en la que se solicitaría la libertad provisional para dos presos y el acercamiento a las prisiones gallegas, siendo precisamente Eloy Velasco el juez que, de acuerdo con el criterio del fiscal, resolvería que esto se enmarcaba dentro del derecho a la libertad de expresión.

Estos actos los organiza Ceivar, de manera que, análogamente, el Ministerio Fiscal considera que es una organización criminal para la comisión de enaltecimiento de terrorismo, pidiendo así su ilegalización y solicitando cuatro años por pertenencia a organización criminal a los miembros investigados en la causa, además de dos años por enaltecimiento del terrorismo por cada vez que organizaron, participaron o asistieron a alguno de estos actos. Así, solicita para Iria dos años por comunicar a la Subdelegación del Gobierno el acto de recibimiento a Vigo Domínguez y Sánchez Gorgas al que no hay constancia siquiera de que haya acudido, que sumado a la asunción de tareas similares para realizar otros actos a los que sí asistiría y a la integración en grupo criminal da un total de 10 años.

Según su criterio, Ugio Caamanho incurre también en enaltecimiento por referirse “a los que no podían estar” en el acto de acogida que él mismo recibe al salir de prisión provisional, y por agradecer el apoyo y recordar a los “perseguidos” y los presos en la acogida que recibe tres años más tarde tras cumplir condena. Le solicita también otros dos años por portar una pancarta de Ceivar con el texto “liberdade presos independentistas” en el recibimiento a Héctor José Naya Gil en 2012, que tres años más tarde sería absuelto por el Tribunal Supremo por falta de pruebas tras ser condenado a once años por la Audiencia Nacional.

Sin embargo, la Fiscalía sigue sosteniendo que el acto de recibimiento constituye un delito de enaltecimiento, tanto para Ugio como para Óscar Gomes, para quienes las peticiones de prisión ascienden en los dos casos a 12 años en total.

Seis días antes, Afonso pronuncia un discurso en el recibimiento a Vigo Domínguez y Sánchez Gorgas en el que se alegra por la salida de prisión de Héctor Naya y Julio César Suárez Sayans, detención esta última con la que la Policía Nacional decía haber terminado con el aparato de financiación de Resistência Galega, pero lo cierto es que en 2014 la Audiencia Nacional también archiva esta causa. Esto también es, a ojos de la Fiscalía, motivo de dos años de cárcel. La petición total también es de 12 años.

Además, el delito de enaltecimiento por el recibimiento a presos lo aplica también a los miembros de Causa Galiza investigados en la causa que asisten a estos actos organizados por Ceivar. Es el caso de Joam Peres, para quien solicita dos años por dar la bienvenida a Ugio Caamanho, y otros dos por portar una fotografía de Roberto Rodríguez Fialhega y una pancarta que rezaba “nem dispersom, nem incomunicaçom: liberdade presos independentistas” en otro de estos recibimientos. Esto se suma a la pertenencia a Causa Galiza y participación en sus actos, hasta otro total de 12 años.

RESISTÊNCIA GALEGA, UN CONCEPTO

La operación contra Causa Galiza y Ceivar se articula en base a la vinculación de estas organizaciones con Resistência Galega, incluyéndolas en su entramado, una conexión nada clara desde el principio de la instrucción que termina por reducirse a un supuesto apoyo y justificación de sus acciones. Pero incluso la existencia de esta organización terrorista, un recurso del que echar mano para ilegalizar aquello que se especule que podría conformar su entorno, resulta controvertida.

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Represión Resistência Galega, un concepto
La operación contra Causa Galiza y Ceivar se articula en base a la vinculación de estas organizaciones con Resistência Galega. Pero incluso la existencia de este grupo resulta controvertida.

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