Laboral
El Tribunal Europeo anula la indemnización de una ETT y obliga a Ferrovial a pagar la incapacidad permanente

Los trabajadores de ETT con una incapacidad permanente no pueden percibir una indemnización inferior a la que hubiese recibido estando contratado directamente por la empresa. Esta esa la conclusión de la sentencia de la Sala Sexta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que obliga a Ferrovial Servicios y Randstad Empelo abonar una indemnización de 60.101 euros, en vez de los 10.500 que consideraban suficientes.
Un trabajador vasco afiliado a ELA inició la demanda. El servicio jurídico del sindicato obtuvo el 22 de febrero esta sentencia inapelable que ayer valoraron muy positivamente, al considerarla “un avance en la equiparación de los derechos de los trabajadores de ETT con los de los trabajadores de las empresas usuarias”.
El recorrido judicial comenzó en el Juzgado de lo Social nº3 de Gasteiz, el cual desestimó la demanda. ELA la elevó al Tribunal Superior de Justicia del País Vaco y este órgano optó por elevar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la unión Europea, para preguntarle si esta decisión era acorde a la normativa europea. La respuesta es no.
La sentencia del Tribunal Europeo declara que es contraria a la directiva europea 2008/104/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. Esta directiva señala que los trabajadores de ETT con una incapacidad permanente no pueden percibir una indemnización inferior a la que hubiese recibido siendo contratado directamente.
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