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Laboral
Europa confirma que las indemnizaciones por despido improcedente en España son insuficientes

Hoy 27 de junio se ha hecho público el dictamen del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) sobre la reclamación de CCOO respecto a las cuantías de indemnización en caso de despidos improcedentes. Este organismo europeo consideró en febrero que el máximo de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades que establece el sistema español sería una cuantía insuficiente. En concreto, violaría la sección b del artículo 24 de la Carta Social Europea, que establece el “derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada”.
Ahora que se ha hecho público, el sindicato CCOO ya puede pronunciarse. Así lo ha hecho su secretario general, Unai Sordo, en los cursos de verano de Olavide, que ha considerado que con este dictamen en la mano es momento de iniciarse una negociación a tres bandas con patronal, sindicatos y el gobierno. Sordo ha indicado que solo existen dos vías de actuación después del pronunciamiento de Europa: “no hacer nada y dejar que la jurisprudencia vaya resolviendo los casos, o afrontar de manera madura una negociación tripartita para reformar el régimen de despido en el país”.
CCOO ha adelantado que la resolución es “histórica” porque “cuestiona el modelo de despido y el régimen de despido en España“
Aunque se espera que el sindicato profundice el próximo lunes en su análisis, el secretario general de CCOO ha adelantado que la resolución es “histórica” porque “cuestiona el modelo de despido y el régimen de despido en España”. Ante la posibilidad de que la patronal no responda al llamamiento de negociar nuevas cuantías por indemnización, Sordo cree que supondría “un riesgo de inseguridad jurídica de primer orden”.
El dictamen del Comité Europeo de Derechos Sociales entiende que la actual cuantía no logra la reparación que persigue, no disuade de despedir cuando no hay razones legales suficientes y es injusto, sobre todo, para los trabajadores que lleven poco tiempo en el puesto de trabajo del que son despedidos. Se trata de una valoración parecida a la que el mismo organismo europeo ya hizo frente a una reivindicación de UGT en julio de 2024. Aquí ya advertía que la limitación del importe no lograba el efecto de disuadir ni reparaba a los trabajadores.
Para CCOO este dictamen hecho público hoy y los anteriores europeos en la misma dirección muestran “los graves incumplimientos de nuestra legislación, evidencian la necesidad abrir una etapa de diálogo y negociación en el ámbito del Diálogo Social para adecuar el marco de protección de los trabajadores frente al despido”.
Esperando al Tribunal Supremo
La resolución, que surge de una denuncia de CCOO en noviembre de 2022, destaca que la práctica totalidad de los tribunales españoles sigue rechazando las solicitudes de indemnizaciones adicionales. Sobre esta situación se espera que el Tribunal Supremo español se pronuncie el próximo 16 de julio sobre esta situación y se siente doctrina. Aunque los antecedentes no son muy positivos, ya que en diciembre de 2024 aseguró el alto tribunal que no era posible aumentar el importe por despido improcedente que señala el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.
Otro punto de la resolución conocida hoy es la posibilidad de readmisión frente a un despido improcedente. El CEDS considera que España debería incluir la readmisión como “una de las herramientas a disposición de los juzgados o tribunales nacionales en dichos casos”. El organismo europeo considera que deberían ampliarse los supuestos para aplicarlo y que los jueces deberían poder valorar la idoneidad de aplicar la readmisión preguntando a las partes.
También afianza que las indemnizaciones deber ser igual en caso de trabajadores fijos como temporales.