Fiscalidad
¿Qué pasa con los impuestos?

Los impuestos siguen teniendo el estigma de considerarse algo negativo, pero sin ellos el estado de bienestar no se puede sostener

Funcionarios de la Agencia Tributaria
Plataforma por la Justicia Fiscal
30 oct 2017 11:06

Los impuestos son tema habitual de muchas conversaciones y, al mismo tiempo, grandes desconocidos. Se oye hablar de impuestos en las noticias, en las tertulias, incluso en los bares, a menudo con desconocimiento, pero con el denominador común de ser criticados por tener que pagarlos. Y eso desconcierta, pues parece olvidarse que los impuestos dotan al Estado de los recursos económicos necesarios para ofrecer los servicios que la sociedad requiere, como la educación, la sanidad, las pensiones y los servicios sociales, nada más ni nada menos, pùes son pilares básicos del Sistema de Bienestar.

Y aunque todos los impuestos son comúnmente denostados, el gran incomprendido de todos es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Un impuesto que de un tiempo a esta parte sufre ataques que buscan su descrédito y su desaparición. No es objeto de este escrito explicar ese impuesto, su funcionamiento y el por qué de su importancia, pues, desde la Plataforma por la Justicia Fiscal, ya se ha hecho en otras ocasiones. Pero sí cabe utilizar este espacio para desmentir algunos mitos y mentiras que se cuentan de este impuesto y reducir así el halo de confusión que lo envuelve.

Es de recibo comenzar por el principio y sería rebatir la frecuente afirmación de que “todas las personas que heredan, pagan el Impuesto de Sucesiones”. No es así. Lo que en realidad sucede es que todo el que hereda ha de declararlo y la herencia está sujeta a un impuesto, pero eso no significa que tenga a pagar; de hecho, la mayoría de herencias no tributan.

Otra tergiversación se refiere a los pisos que heredan hijos de los padres, pues se ha extendido que al heredar un piso de los padres hay que pagar el Impuesto de Sucesiones. Sin embargo, no siempre así. Depende, sobre todo, del valor del piso, de si hay más bienes en la herencia y el valor de éstos. En la mayoría de casos no se ha de pagar.

Es más, en caso de heredar un piso con hipoteca, no se pagan los impuestos sobre el valor de mercado del piso. El impuesto de sucesiones se paga según el valor de los bienes heredados menos las deudas, por lo que cabe restar al valor del piso la deuda hipotecaria pendiente.

Otro error frecuente es confundir el impuesto de sucesiones con el de Plusvalía, un impuesto municipal. Aunque se dan casos en los que se hereda un piso y no se han de pagar el impuesto de sucesiones, en la mayoría de ocasiones sí se deberá abonar el impuesto sobre el aumento del valor del inmueble o los terrenos urbanos.

El impuesto de Sucesiones se paga en función del parentesco, del montante de la herencia y del patrimonio del heredero. Al ser un impuesto progresivo, paga más quien más hereda y más patrimonio tiene. Como se ha dicho, la mayoría de herederos, no han de pagar. Los más afectados por este impuesto son las personas que heredan grandes patrimonios. A menudo las mismas que se benefician del entramado de los paraísos fiscales para mover su dinero y eludir el pago de los impuestos que les corresponden.

El Impuesto de Sucesiones es un impuesto directo que se paga por el aumento patrimonial de quien lo recibe. Grava la riqueza que pasa de una persona a otra y su carácter progresivo redistribuye la riqueza y promueve la igualdad de oportunidades.

No debemos olvidar que los impuestos son herramientas principales de los Estados para combatir las crecientes desigualdades y poder construir sociedades más justas. Todos y todas deberíamos ser conscientes de la importancia que tiene para un país y el conjunto de su ciudadanía disponer de un sistema fiscal justo, equitativo, progresivo y suficiente.

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#2106
31/10/2017 9:13

Hay que diferenciar entre el Impuesto de Bienes Inmuebles, que es el que cobra anualmente todos los ayuntamientos (que consiste en un porcentaje sobre el valor catastral de dicho inmueble), por la mera tenencia y que se destina, en principio, al mantenimiento y/o inversión de las infraestructuras de la zona en la que está situada el inmueble, por ejemplo, alumbrado público, aceras, etc. Y otra cosa bien distinta es la plusvalía, que efectivamente puede ser positiva o negativa, que es la ganancia o pérdida que el dueño del inmueble obtiene al vender su propiedad. Este impuesto no tiene la característica de ser anual, es decir, periódico, sino que se produce puntualmente, en el acto voluntario del propietario de vender su propiedad.

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Madrird
31/10/2017 7:27

Didáctico y sencillo. Seria deseable entrar mas en detalle, a base de señalar hasta que valores la herencia esta exenta de impuestos; quizás poner algunos ejemplos de herencias mas comunes, y el impuesto que pagarían según las comunidades..

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