Fiscalidad
El Constitucional tumba la reforma del Impuesto de Sociedades de Montoro en 2016

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional determinadas medidas en la reforma del Impuesto de Sociedades (IS) que llevó a cabo el ex ministro de Hacienda Cristóbal Montoro durante el Gobierno de Mariano Rajoy.
En concreto, las modificaciones del IS que realizó el PP y que ahora son declaradas inconstitucionales son la fijación de topes más severos para la compensación de bases imponibles negativas; la introducción ex novo de un límite a aplicación de las deducciones por doble imposición; y la obligación de integrar automáticamente en la base imponible los deterioros de participaciones que hayan sido deducidos en ejercicios anteriores. Las dos primeras medidas sólo son aplicables a las grandes empresas, mientras que la tercera puede afectar a cualquier sujeto pasivo del IS.
Según señala el TC, dichas modificaciones vulneran el art 86.1 de la Constitución Española, pues mediante dicho instrumento normativo no se puede “afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I”. En concreto, estima afectado el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos que establece el art. 31.1 de la propia Constitución.
También señala que un Decreto Ley no puede “alterar ni el régimen general ni aquellos elementos esenciales de los tributos que inciden en la determinación de la carga tributaria”, en relación con lo que la reforma de Montoro hizo con la base imponible y la cuota del impuesto. Por lo que, en suma, el TC concluye que los preceptos señalados han tenido un impacto notable en elementos estructurales de una pieza fundamental del sistema tributario como es el IS, afectando a la esencia del deber de contribuir de los obligados por este tributo, por lo que deben declararse inconstitucionales y nulos.
Pero, pese a su inconstitucionalidad, de la misma forma que ocurrió con el fallo de inconstitucionalidad del impuesto de plusvalía municipal, el TC especifica en su nota que la sentencia no tiene un efecto retroactivo bajo las exigencias del principio de seguridad jurídica, salvo para liquidaciones que hayan sido impugnadas o estén pendientes de revisión.
La reforma del impuesto fue llevada por Montoro con la intención de recaudar unos 4.300 millones de euros más al año por parte de las empresas, con la intención de cumplir con las exigencias de reducir el déficit por debajo del 3% marcadas por Bruselas para las cuentas públicas de 2017.
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