Corrupción
El Supremo condena a Ábalos a 24 años, a Koldo García a otros 19 y salva a Aldama de la cárcel
El Tribunal Supremo ha condenado al exministro de Transportes José Luis Ábalos a 24 años y tres meses de prisión, a su exasesor Koldo García a 19 años, ocho meses y un día, y al empresario Víctor de Aldama a cuatro años y medio por los delitos cometidos en el marco de una organización criminal dedicada a la corrupción pública. La Sala de lo Penal ha actuado por unanimidad tras un juicio que se extendió durante 14 sesiones celebradas entre abril y mayo.
Los magistrados declaran probado que los tres acusados constituyeron una estructura criminal con reparto definido de funciones y vocación de permanencia, cuyo germen se sitúa en un viaje a Oaxaca (México), donde diseñaron un plan para lucrarse aprovechando el cargo que Ábalos ostentaba como ministro y como secretario de organización del PSOE. Ábalos ejercía de jefe y aportaba su autoridad institucional; Koldo García actuaba como correa de transmisión y ejecutor de sus decisiones; y Aldama localizaba empresas o particulares interesados en obtener favores de la Administración, a cambio de comisiones que después repartía entre los tres.
Las condenas, delito a delito
Ábalos ha sido condenado por organización criminal, un delito continuado de cohecho y varios delitos más de cohecho, dos de tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y un tercer delito de tráfico de influencias. La suma de todas las penas asciende a 24 años y tres meses, aunque la aplicación del límite del Código Penal fija su cumplimiento efectivo en 16 años de prisión.
Koldo García ha recibido condenas por los mismos tipos delictivos, con penas algo inferiores dado su rango funcionarial subordinado. El total suma 19 años, ocho meses y un día, con un máximo de cumplimiento efectivo de 15 años.
Aldama ha sido condenado por organización criminal y varios delitos de cohecho activo. El tribunal le ha aplicado la atenuante analógica de colaboración como muy cualificada, con una rebaja de dos grados en los delitos más graves y de un grado en el resto, lo que ha reducido sustancialmente su condena.
Los hechos probados
El alto tribunal da por acreditado el pago mensual de 10.000 euros a Ábalos para cubrir sus “gastos fijos”, sufragado por Aldama entre octubre de 2019 y junio de 2022. A ello se sumó el abono del alquiler de la vivienda que ocupaba Jéssica Rodríguez, entonces pareja del exministro, en el edificio Torre de Madrid, por 2.700 euros al mes entre marzo de 2019 y septiembre de 2021, lo que supuso un total de 82.298 euros. Como garantía adicional de los pagos futuros, Aldama y Ábalos suscribieron un contrato de arrendamiento con opción a compra de un piso en el Paseo de la Castellana por 750.000 euros, cuando su valor real de mercado era de casi 1,44 millones.
En el capítulo de las mascarillas, el tribunal acredita que los tres acusados maniobraron para que la empresa Soluciones de Gestión, vinculada a Aldama, resultara adjudicataria de dos contratos de suministro tramitados por Puertos del Estado y Adif: uno de ocho millones de mascarillas y otro de cinco millones. La adjudicataria ya conocía los términos de la operación antes incluso de que los propios órganos de contratación tuviesen noticia de ella. Las comisiones canalizadas por Aldama a través de sus sociedades ascendieron a más de 6,6 millones de euros, de los cuales Ábalos y García solicitaron dos millones y 500.000 euros, respectivamente.
También quedan probadas la contratación de Claudia Montes en la empresa pública Logirail a instancias de Ábalos —quien escribió a García para pedirle que la colocara “en Renfe, Adif o alguna de sus subcontratas” y este respondió “lo arreglo”— y la de Jéssica Rodríguez, primero en Ineco y después en Tragsatec, sin que ninguna de las dos llegara a desempeñar trabajo alguno a cambio de los salarios percibidos con cargo a fondos públicos. El tribunal califica este último episodio como malversación de patrimonio público en concurso con tráfico de influencias.
Asimismo, el fallo tiene por acreditado que Ábalos y García gestionaron la emisión de una nota de prensa del Ministerio de Transportes para tranquilizar a los acreedores de Air Europa durante la pandemia, a cambio de lo cual disfrutaron gratuitamente de una villa en Marbella durante diez días en agosto de 2020. Por las gestiones relacionadas con la concesión de una licencia de hidrocarburos a la empresa Villafuel, Aldama cedió además a Ábalos el uso de un chalé en la urbanización La Alcaidesa, en La Línea de la Concepción (Cádiz).
La advertencia del tribunal sobre la corrupción
La sentencia dedica un extenso apartado a reflexionar sobre el daño que la corrupción causa al sistema democrático. Los magistrados advierten de que su “efecto más grave” es el deterioro de la confianza ciudadana en las instituciones, al quebrar la expectativa de que el poder se ejerce en beneficio del conjunto de la ciudadanía. El tribunal subraya la especial gravedad del caso por tratarse de conductas ejecutadas desde “el más alto rango de los órganos constitucionales”, en referencia a la condición de ministro y de secretario de organización del partido en el Gobierno que ostentaba Ábalos, y recurre a la reciente Directiva europea de 2026 sobre lucha contra la corrupción para enmarcar jurídicamente su argumentación.
La situación de Aldama: sin prisión, con condiciones
Pese a su condena, Aldama no ingresará en prisión. El tribunal suspende la ejecución de su pena al considerar que ninguno de los delitos por los que ha sido condenado supera individualmente los dos años de prisión, lo que abre la vía a la suspensión extraordinaria prevista en el Código Penal. La decisión se sustenta en la colaboración activa que prestó desde el inicio de la investigación: aportó documentación sobre viajes, pagos y contratos, reconoció su participación e implicó a los otros dos acusados, lo que el tribunal califica de contribución “decisiva” e “insustituible” dado que los mecanismos de control interno de la Administración habían fracasado al estar el propio ministro integrado en la trama.
La suspensión queda condicionada a que Aldama no vuelva a delinquir en los próximos cinco años, realice un año de trabajos en beneficio de la comunidad y comparezca semestralmente ante el tribunal para dar cuenta de sus actividades laborales y empresariales. El tribunal advierte de que si Aldama no consiente los trabajos comunitarios, ello puede interpretarse como rechazo a la propia suspensión, lo que le abocaría al cumplimiento efectivo de la condena.
Las peticiones de las acusaciones y la posición de los acusados
La Fiscalía Anticorrupción había solicitado 24 años para Ábalos, 19 y medio para García y 7 para Aldama. Las acusaciones populares lideradas por el PP reclamaban 30 años para los dos primeros y cinco para el empresario. Ábalos y García, en prisión provisional desde noviembre pasado, se declararon inocentes a lo largo del juicio y pidieron la absolución. Aldama, por el contrario, reconoció su participación en los hechos desde el inicio de la instrucción.
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