El juicio del 14N en Logroño, visto para sentencia

En sus conclusiones, la Fiscalía ha rebajado a cinco años y nueve meses la condena solicitada para Pablo Alberdi y ha mantenido la petición inicial de dos años para Jorge Merino. Los dos activistas mantienen su inocencia.

Juicio 14N Logroño
Jairo Morga Último día del juicio a Pablo Alberdi y Jorge Merino, acusados por la huelga general del 14N en Logroño.
11 abr 2018 17:46
El alegato final del abogado Endika Zulueta que finiquitaba el juicio por los incidentes tras la Huelga General del 14 de noviembre de 2012 en Logroño ha terminado con media sala llorando. Lágrimas de alivio tras los cinco años largos de condena que ha supuesto para los acusados y su entorno la desorbitada petición de penas de prisión y la tardanza en llegarse a juzgar los hechos. Estas últimas palabras del letrado de Pablo Alberdi Gago se han referido a la tensión de estos tres días de vista, sobre todo para los acusados y sus familias: “Han soportado una alta petición de prisión desde hace más de cinco años, y con eso van a cargar aunque resulten absueltos. Los policías han conseguido su objetivo, máxime cuando por dignidad los acusados no han querido aceptar un acuerdo para evitar la prisión a cambio de reconocer unos hechos que no cometieron. Mi respeto y admiración para ambos”.

El tercer acusado —Iñaki Iribarren, que ha ido por libre durante todo el proceso— sí que aceptó el lunes la propuesta de acuerdo del fiscal y del abogado del Estado: ha sido condenado seis meses de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo y a pagar las costas del proceso judicial, sustituyéndose el medio año de cárcel por una multa de 720 euros.

En el primer día del juicio, además de la declaración de Jorge Merino Sacristán y de Pablo Alberdi, que han negado haber cometido los delitos que se les imputan, declararon los dos testigos principales de la acusación: el jefe del dispositivo policial durante la jornada de huelga general y el policía que identificó a Pablo como autor de una pedrada en la rodilla a otro agente.

Las grabaciones que la propia policía hizo durante los altercados no han sido aportadas en la instrucción

Dado que las grabaciones que la propia policía hizo durante los altercados no han sido aportadas en la instrucción, las únicas pruebas acusatorias eran los testimonios de hasta doce miembros del Cuerpo Nacional de Policía. Fernando Fernández Beneite, en la actualidad polémico Jefe de la Policía Local de Logroño, declaró con su habitual tono altivo y displicente. Él fue quién ordenó la brutal carga policial que devolvió a La Rioja porras y balas de goma, elementos olvidados en las últimas décadas. En opinión de las defensas, el impacto de un globo de pintura que le manchó la espalda fue el detonante del “avance” de las fuerzas que dirigía, carga que terminó con varios heridos y la detención de Pablo. En cambio, según su testimonio, el impacto de una piedra en la rodilla de un policía destacado ante el Palacete fue el punto de inflexión que le hizo tomar la decisión de disolver la concentración e identificar al autor del lanzamiento.

Los vídeos aportados por la defensa —y aceptados por la jueza como prueba sin la oposición de los letrados acusadores— muestran el impacto de un globo en el escudo de un policía salpicando al responsable del operativo, y cómo segundos después Fernández Beneite comienza la carga. En cambio, las imágenes no muestran ningún objeto impactando en la pierna de un agente en esos instantes.

El otro policía antes citado declaró haber visto cómo una persona encapuchada lanzaba la piedra que alcanzó a su compañero, y que reconoció al agresor, ya sin capucha, en el manifestante que era empujado y aporreado por su jefe durante la primera carga. Este momento de la detención de Pablo Alberdi fue considerado clave por su abogado defensor, ya que, aunque el atestado inicial —firmado por cuatro funcionarios entre los que se encuentran estos dos policías— acusaba a su defendido de lanzar un globo de pintura a Beneite, las imágenes muestran que lo que en realidad portaba eran unos papeles, una bufanda y una pancarta de cartón.

Este segundo policía también acusó a Pablo en su declaración de dar una patada al jefe del dispositivo, hecho que ni se ve en los vídeos, ni figura en el atestado, ni es recogido en los escritos de acusación de fiscalía. Todas estas contradicciones, más el hecho de que la prueba acusatoria se base únicamente en los testimonios policiales —que no gozan de presunción de veracidad al haberse visto perjudicados por los hechos juzgados—, son la causa de que el letrado Zulueta solicite la absolución de su defendido.

En el caso de Jorge Merino, tanto el Ministerio Fiscal como el abogado del Estado le acusan de inducción a desórdenes públicos por haber incitado a ejercer la violencia contra los policías desde el megáfono de la CNT. Por este delito le solicitan dos y tres años de cárcel, respectivamente, aunque durante los tres primeros años de este proceso la pena solicitada se elevaba hasta los nueve ya que también era acusado de atentado a la autoridad y lesiones.

Jorge habló de subir un escalón en la lucha de la clase obrera

Dos de los vídeos reproducidos durante el juicio recogen íntegro el discurso que Merino dio al final de la concentración, demostrándose que no incita a los manifestantes a actuar violentamente, sino “al boicot y al sabotaje”. El tercer policía en testificar fue el único que se refirió al discurso de Jorge en su declaración. Henar Moreno, su abogada, preguntó al testigo si su defendido había llamado a la violencia en sus proclamas. “No, habló de subir un escalón en la lucha de la clase obrera”, contestó.

Por el contrario, varios testigos de la defensa afirmaron que en varias ocasiones durante la manifestación el acusado intentó calmar los ánimos de los más exaltados, como ocurrió cuando se produjeron incidentes en tres comercios de Gran Vía y gritos ante otro cercano a la plaza de El Espolón.

Subir la tensión social no es cometer hechos delictivos, sino el propio derecho a la huelga

La letrada en sus conclusiones, afirmó que “subir la tensión social no es cometer hechos delictivos, sino el propio derecho a la huelga. Por tanto, no hay relación entre sus palabras y el delito determinado”. En cambio, según Moreno, “lo que sí se ha acreditado durante el juicio es la fijación con la CNT, por ejemplo, como ha declarado un testigo, vigilando a miembros de la CNT desde una tienda horas antes de la manifestación”. La letrada también se refirió a esta obsesión con el sindicato anarquista cuando el jefe del operativo explicó en su declaración el lugar que ocupaba el cortejo de la CNT en la manifestación: “En la cola, pero no los últimos. Otras veces iban al final, pero en esta los últimos eran gente normal”. Por todo lo anterior la abogada solicitó la absolución de su defendido.

En sus intervenciones finales tanto el fiscal como el abogado del Estado utilizaron los vídeos presentados como prueba de la defensa para intentar demostrar la culpabilidad de los acusados, aportando por su parte como único hecho probatorio las declaraciones de 12 policías. Ambos han mantenido la calificación del delito y la subsiguiente pena para Jorge Merino, mientras que en el caso de Pablo Alberdi ambos reducen en un año la petición de prisión (a cinco años y nueve meses), ya que el delito de lesiones se rebaja a falta.

Así pues, tras las tres jornadas de juicio queda visto para sentencia este caso que ha originado una gran ola de solidaridad en la sociedad riojana, veredicto que confiamos sirva para desmontar el montaje policial que han tenido que sufrir durante cinco años y medio los tres acusados.

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